Prohibir las bebidas alcohólicas en partidos de niños: una de las claves de la ley de alcohol y menores

El Ministerio de Sanidad, a través de su página web, ha publicado los detalles de este anteproyecto de ley, relacionadas con el ámbito educativo, familiar, sociosanitario, publicitario, deportivo y de comunicación comercial, entre otros

1 de agosto de 2024 (11:50 CET)
Un grupo de jóvenes toman un alcohol. Foto: Isabella Mendes.
Un grupo de jóvenes toman un alcohol. Foto: Isabella Mendes.

El anteproyecto de la ley de alcohol y menores, propuesta del Ministerio de Sanidad, y que se ha llevado este martes al Consejo de Ministros, va a tratar algunas de las claves para promover un consumo responsable de alcohol en la sociedad y proteger la salud de los menores. 

El Ministerio de Sanidad, a través de su página web, ha publicado las medidas clave de este anteproyecto de ley, relacionadas con el ámbito educativo, familiar, sociosanitario, publicitario, deportivo y de comunicación comercial, entre otros.

En el ámbito familiar, se implementarán programas para concienciar a las familias sobre los riesgos del alcohol y dotarlas de herramientas para prevenir su consumo en menores, prestando también especial atención a familias en riesgo de exclusión social o con menores afectados por el consumo de bebidas alcohólicas.

La ley también engloba la parte educativa, con nuevos contenidos sobre prevención del consumo de alcohol en primaria, secundaria, formación profesional, bachillerato y planes de estudios universitarios y de formación del profesorado. Además, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán actuar realizando pruebas de alcoholemia en lugares y circunstancias específicas donde el consumo de alcohol esté prohibido. 

Con este anteproyecto se prohíbe el consumo de alcohol para todas las personas en centros docentes, centros de protección de menores y residencias de estudiantes, y en centros deportivos y de ocio.

En lo que respecta a la venta de alcohol, se regulará para proteger a los menores de edad, prohibiendo la venta ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública. También en los demás lugares y circunstancias establecidos en otra ley estatal o autonómica o en una ordenanza municipal. Las máquinas de dispensación no podrán instalarse en la vía pública, ni en lugares donde esté prohibida la venta o consumo de bebidas alcohólicas.

Entre la normativa habrá limitaciones en publicidad y comunicación comercial, se prohibirá en los lugares donde no se puede consumir alcohol y tampoco se podrá emplazar publicidad en la vía pública, o en lugares visibles desde la misma. Además, se prohíbe cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad de bebidas alcohólicas o productos que simulen ser una bebida alcohólica, dirigida a menores de edad.

Ahora, el anteproyecto debe recabar ahora los informes y dictámenes de diferentes ministerios y organismos y pasar por audiencia pública antes de volver a la mesa del Consejo de Ministros para iniciar su tramitación parlamentaria.

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