El incumplimiento de la orden de suspensión de la obra conlleva la retirada de la maquinaria y materiales, cuyos gastos correrán a cargo de la persona infractora, además de la imposición de diez multas coercitivas sucesivas

Orden de precintado a una obra de extracción de áridos en Las Viñas por incumplir la legalidad

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) procederá al precinto de una extracción de áridos, realizada de forma ilegal en la zona conocida como Las Viñas en el municipio de Tías. ...

26 de marzo de 2007 (16:10 CET)
Orden de precintado a una obra de extracción de áridos en Las Viñas por incumplir la legalidad
Orden de precintado a una obra de extracción de áridos en Las Viñas por incumplir la legalidad

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) procederá al precinto de una extracción de áridos, realizada de forma ilegal en la zona conocida como Las Viñas en el municipio de Tías. Una orden publicada este lunes 26 de marzo en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), ante la imposibilidad de su notificación al promotor, establece la suspensión de esta obra al carecer de la necesaria calificación territorial, previa a la licencia urbanística, en cumplimiento del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias.

El anuncio advierte de que el incumplimiento de la orden de suspensión de la obra conlleva la retirada de la maquinaria y materiales, cuyos gastos correrán a cargo de la persona infractora, además de la imposición de diez multas coercitivas sucesivas, por periodos de diez días y con una cuantía que supone el 5% del coste de las obras y, en todo caso y como mínimo de 601,01 euros, mientras persista la ilegalidad de la construcción.

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural ha dado al infractor un plazo de tres meses para que legalice la obra, realizada sin los permisos necesarios. De igual manera, éste tiene el derecho a una reducción del 90 por ciento del coste de la multa si repone la realidad física alterada a su estado anterior en los términos establecidos por la Administración. La persona afectada se puede acoger a este beneficio siempre que lo solicite con anterioridad a la finalización del correspondiente procedimiento de recaudación de la sanción.

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