La Audiencia Provincial ha revocado la sentencia de primera instancia

Miguel Martín es absuelto de un delito contra la ordenación del territorio, por el que había sido condenado a 17 meses de prisión

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha revocado la sentencia por la que se le impuso al ex alcalde de San Bartolomé, Miguel Martín, una pena de un año y cinco meses de prisión, por un ...

6 de marzo de 2012 (17:55 CET)
Miguel Martín es absuelto de un delito contra la ordenación del territorio, por el que había sido condenado a 17 meses de prisión
Miguel Martín es absuelto de un delito contra la ordenación del territorio, por el que había sido condenado a 17 meses de prisión

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha revocado la sentencia por la que se le impuso al ex alcalde de San Bartolomé, Miguel Martín, una pena de un año y cinco meses de prisión, por un delito contra la ordenación del territorio, por la construcción de un muro en una de sus fincas, ubicada en el Espacio Natural Protegido de La Geria.

Martín fue condenado por el Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife, al considerar que quedaba probado que el muro se había construido sin contar con licencia y que el ex alcalde de San Bartolomé había actuado "con absoluto desprecio a la ordenación del territorio", pese a que tenía "perfecto conocimiento de la normativa aplicable y la especial protección que tenía la zona, no sólo por la multiplicidad de propiedades que tiene en la misma, según sus propias manifestaciones, por su dedicación al sector, sino incluso por su condición en su momento de Autoridad Pública".

Los hechos por los que se le condenó en su momento se remontan a principios de enero de 2008, cuando Miguel Martín era todavía concejal de San Bartolomé y presidente del Consejo de la Denominación de Origen del Vino de Lanzarote.

Sin embargo, y tras un recurso presentado por Miguel Martín, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha decidido revocar esta sentencia, al considerar que el muro construido por el ex alcalde de San Bartolomé es "legalizable" conforme a la normativa vigente, en este caso el Plan Especial de La Geria, que declara "como autorizable las instalaciones vinculadas a la actividad agraria".

Eso sí, la nueva sentencia señala que "es indiscutible" que no se había obtenido calificación territorial para la construcción de dicho muro, así como que la obra ejecutada precisa "licencia municipal e informe de compatibilidad".

Asimismo, la sentencia destaca que la actividad vitivinícola del recurrente era "existente" y que la nueva normativa permite a las industrias vitivinícolas "la ampliación de las bodegas ya existentes", así como "la ejecución de muros de protección".

Así, la Audiencia Provincial estima el recurso de Miguel Martín, aunque recuerda que "está incólume la acción administrativa, en el caso de que el apelante no inste a la legalización o, en su caso, contravenga las condiciones de la licencia".

Otra condena

Esta condena que ahora ha sido revocada no era la única que pesaba contra Miguel Martín. El ex alcalde de San Bartolomé fue condenado también por el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, a una pena de dos años de prisión como "autor penalmente responsable de un delito de falsedad en documento privado". Según la sentencia, alteró un documento para agregar nueve millones de pesetas en la demanda de impago contra dos particulares.

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