Juan Francisco Rosa deberá responder por casi una decena de delitos dentro del caso Stratvs y, junto a él, el imputado que más cargos acumula es el arquitecto de la bodega y dueño de una parte de los terrenos donde se levantó, Miguel Ángel Armas Matallana. Pero junto a ellos y la sociedad BTL Lanzarote, la juez considera que deben sentarse en el banquillo otras quince personas, que ocupaban, y algunas siguen ocupando, relevantes cargos en el Ayuntamiento de Yaiza, en el Cabildo de Lanzarote y en el Gobierno de Canarias. En el auto en el que da por concluida la instrucción de la causa, la juez Silvia Muñoz relata la participación de cada uno de ellos.
Armando Villavicencio Delgado:
Era el secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) cuando dio luz verde a la construcción de Stratvs y está imputado por un delito de prevaricación urbanística. Según la juez, Villavicencio se basó en un informe de un trabajador de Gesplán que, aunque informaba favorablemente, hacía "constar la falta de información administrativa" y, además, en su dictamen utilizaba "preceptos jurídicos" que en realidad debían llevar a "la denegación de lo solicitado". Pese a ello, Armando Villavicencio Delgado ratificó ese informe y dio su visto bueno a la construcción de la bodega, sin tener en cuenta la "manifesta confrontación" de los preceptos que citaba el propio informe y obviando "las omisiones documentales" que ponía "de manifiesto". El técnico de Gesplán que firmaba ese informe estuvo imputado en la causa, pero finalmente se archivaron los cargos contra él, ya que ni siquiera tenía competencias para emitir un informe en ese expediente.
Juan Cesar Muñoz Sosa:
Era el director general de Urbanismo cuando se concedió el permiso y está imputado por un delito de prevaricación urbanística. Según la juez, el 24 de marzo de 1999 autorizó tanto la construcción del almacén-bodega de 900 metros cuadrados como las obras de restauración de vivienda de 243 metros cuadrados, pese a que había informes negativos y otros que, aún siendo positivos, advertían de las "omisiones documentales del expediente". La resolución fue notificada al día siguiente a Juan Francisco Rosa, pese a que no figuraba como promotor del proyecto, ya que los permisos ni siquiera se solicitaron a su nombre.
Según el auto, Muñoz Sosa no recabó la información que faltaba en el expediente, pese a que hizo constar esa carencia. Incluso, en la resolución en la que autorizó el proyecto, él mismo señalaba que se había solicitado informe al Ayuntamiento de Yaiza sin "recibir contestación", que la Consejería de Agricultura del Gobierno de Canarias había informado de forma "desfavorable" y que el Servicio de Medio Ambiente del Cabildo había emitido un informe negativo, señalando que la actividad era "incompatible" con la conservación de ese suelo, calificado como rústico de protección.
Faustino García Márquez:
Era el jefe de Servicios de la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias y está imputado por un delito de prevaricación urbanística. Según la juez, basándose en un informe negativo (en lo que respectaba a la construcción del almacén-bodega) del jefe de la Sección de Ordenación Natural y en otro en el mismo sentido del Servicio de Medio Ambiente del Cabildo, Faustino García Márquez informó el 23 de octubre de 1998 negativamente a la construcción de un almacén (y positivamente sólo a la rehabilitación de la vivienda). Sin embargo, meses después emitió un nuevo informe favorable a la construcción.
Según el auto, "en contradicción con lo anterior, y con conocimiento de su frontal confrontación con el derecho, puesto que no varían los argumentos contenidos en la resolución anterior de signo negativo, en fecha 10 de marzo de 1999, Faustino García Marquez informó a favor, sin justificar en modo alguno el cambio radical de criterio, para el que utilizó los mismos argumentos fácticos y jurídicos que para denegarlo".
José Francisco Reyes:
El ex alcalde de Yaiza está imputado por un delito de prevaricación urbanística y otro de prevaricación. Bajo su mandato, firmó la primera licencia de obras de Stratvs, además de dos decretos posteriores autorizando la prórroga de esa licencia. Respecto al primer permiso de julio de 1999, "para la restauración de vivienda y construcción de sótano almacén", la juez subraya que lo concedió pese a que había un informe negativo de secretario del Ayuntamiento, y "pese a la falta de proyecto de ejecución visado por el Colegio de Arquitectos, que ni se presentó con carácter previo ni posteriormente, omitiendo cualquier tipo de control o requerimiento de aportación de documentación".
Además, pese a que esa licencia establecía que las obras debían iniciarse en seis meses, la construcción no empezó hasta cuatro años después, cuando el permiso ya había caducado. Aún así, el Ayuntamiento no actuó. Además, cuando dos años después de iniciar las obras se pidió una prórroga de la primera licencia, Reyes la autorizó, "pese a poder constatarse de manera objetiva, clara y flagrante por parte del alcalde que las obras se habían realizado sin respetar los términos (plazo, condiciones, ubicación…) de la licencia inicial" y pese a que "las dimensiones distaban mucho de lo autorizado" y ni las obras ni la ubicación se ajustaban al proyecto. Junto a la prórroga, Reyes también autorizó la transferencia de la licencia a Juan Francisco Rosa, que por primera vez apareció como promotor del proyecto (hasta entonces, los permisos se pedían a nombre de la mujer del arquitecto).
Por último, Reyes también fue quien inició el expediente para otorgar la licencia de actividad clasificada (que se culminó ya bajo la alcaldía de Gladys Acuña). El 29 de mayo de 2006, "siendo conocedor del exceso no autorizado ni autorizable de la construcción", Reyes "acordó la remisión del expediente al Cabildo de Lanzarote, previa afirmación en el expediente de que procedía la concesión de la licencia de actividad, a sabiendas de que no procedía".
Gladys Acuña:
La actual alcaldesa está imputada por un delito de prevaricación urbanística y otro de prevaricación medioambiental, tanto por acción como por omisión. Los primeros hechos que se le imputan se remontan a diciembre de 2008, cuando la Junta de Gobierno del Ayuntamiento concedió la licencia de actividad clasificada a Stratvs, con el voto favorable de Acuña y de los otros tres ediles que participaron en la reunión. Según el auto, concedieron ese permiso pese a que conocían "lo no autorizable tanto de la instalación en su magnitud, como en su actividad, que de facto se convirtieron en múltiples actividades", y "a sabiendas de que la construcción ya excedía y en mucho lo autorizado en el año 1999, y que la actividad en sí, no podía autorizarse".
Al aprobar la autorización introdujeron dos condicionantes, pero la juez subraya que nunca tuvieron intención de cumplirlos ni de exigir su cumplimiento. De hecho, "ni se controlaron con carácter previo a la concesión de la licencia de actividad clasificada ni posteriormente". El primero de ellos era que los técnicos competentes visitaran la bodega para comprobar que se ajustaba al proyecto que se había autorizado (y que era la rehabilitación de una vivienda y una bodega almacén de 900 metros, cuando el complejo Stratvs tiene más de 12.000 metros cuadrados). Sin embargo, esa visita nunca se realizó ni fue ordenada por la alcaldesa, según la juez.
El segundo de los condicionantes era que la entidad debía estar en posesión de la autorización de vertidos otorgada por el Consejo Insular de Aguas. Con esto, según la juez, pretendían "salvar formalmente el escollo que les suponía conocer que obraban informes" de Salud Pública, que desde el año 2006 venían advirtiendo de que las instalaciones no cumplían con la normativa en materia de evacuación de aguas residuales.
"El Ayuntamiento conocía en el momento de conceder la licencia de actividad clasificada la existencia de una industria en funcionamiento no solo limitada a la actividad de bodega, sino también de tienda y restauración, así como los vertidos inconsentidos y, pese a ello, omitiendo de manera patente, clara e inobjetable, todo tipo de control, concedió la licencia de actividad clasificada", subraya el auto.
Además, la juez imputa a Gladys Acuña un delito de prevaricación urbanística por omisión, ya que al menos después de su imputación y primera declaración en esta causa, debía ser ya plenamente consciente de las "graves irregularidades urbanísticas y medioambientales" y, pese a ello, no adoptó medidas, siendo el Juzgado quien finalmente ordenó en diciembre de 2013 el precinto de la bodega.
Juan Lorenzo Tavío Santana:
Como concejal del grupo de gobierno por el PIL, participó en la Junta en la que se concedió a Stratvs la licencia de actividad, autorizando su apertura. Está imputado por un delito de prevaricación urbanística.
Evaristo García Pérez:
También era concejal del PIL y participó en la Junta en la que se concedió a Stratvs la licencia de actividad. Al autorizar ese permiso, se establecieron condicionantes que nunca se cumplieron. Está imputado por un delito de prevaricación urbanística.
Leonardo Rodríguez García:
El concejal de CC era teniente alcalde y concejal de Urbanismo de Yaiza cuando se concedió la licencia de actividades clasificadas a Stratvs, y participó en la Junta de Gobierno en la que se concedió ese permiso.
Además, el auto señala que el día antes de esa junta, el día 18 de diciembre de 2008, Leonardo Rodríguez recibió en su teléfono móvil (que en ese momento estaba intervenido por la UCO dentro del caso Unión) un mensaje de voz de quien se identificaba como la secretaria de Juan Francisco Rosa, pidiéndole que llamara al empresario cuando pudiera, "puesto que le tenía comentar un tema de la bodega". Ese mismo día, el concejal devolvió a llamada a Rosa, en una conversación que se ha incorporado al caso Stratvs y que, según la juez, "pone de manifiesto la complicidad y las buenas relaciones entre ambos". En esa llamada, según relata la juez, Rosa le dice que "sólo le falta la licencia para legalizar la bodega y que se vota al día siguiente, con ánimo de favorecerse de la buena relación con el señor Rodríguez para obtener el voto favorable de la Junta".
Al día siguiente, según el auto, tras votar favorablemente a la concesión de la licencia, Leonardo Rodríguez "llamó hasta en dos ocasiones a Juan Francisco Rosa, sin que conste en el teléfono intervenido judicialmente que consiguiera contactar con él". Finalmente, el día 22 de diciembre de 2008 Leonardo Rodríguez se acercó a la casa de Juan Francisco Rosa "a entregarle algo, probablemente la licencia", señala la juez.
José Antonio Rodríguez:
La imputación del que era (y es) concejal de Urbanismo está relacionada con un decreto que firmó ejerciendo de alcalde accidental, en junio de 2005, en reemplazo de José Francisco Reyes. Concretamente, tras los decretos firmados por Reyes prorrogando la primera licencia de Stratvs, Rodríguez firmó un tercer decreto. En él, "se incluye de manera intencionada sobre los anteriores dictados por el señor Reyes la palabra bodega". Hasta ese momento, lo que se había autorizado era la rehabilitación de la vivienda y la construcción de un "almacén".
Además, al igual que a Gladys Acuña, la juez le imputa un delito por omisión, al no adoptar medidas para el cierre de Stratvs, como concejal de Urbanismo, pese a tener perfecto conocimiento "de las graves irregularidades urbanísticas y medioambientales".
Pablo Carrasco Cabrera:
Como aparejador de la Oficina Técnica de Yaiza, informó hasta en dos ocasiones a favor de otorgar permisos a Stratvs, por lo que está imputado por delitos de prevaricación urbanística. Su primer informe lo realizó en 1999, cuando se presentó la primera solicitud de licencia de obras en el Ayuntamiento. Según la juez, Carrasco informó favorablemente, "orillando de manera intencionada los preceptos normativos aplicables y omitiendo cualquier comprobación de la documentación técnica del expediente y los informes negativos previos, como el del secretario del Ayuntamiento de Yaiza, que advirtió en informe de carácter jurídico la falta de preceptiva calificación territorial".
La licencia daba un plazo de seis meses para iniciar las obras, pero éstas comenzaron cuatro años después, en 2003, sin tener un permiso en vigor. Cuando finalmente en 2005 se pidió una prórroga de la primera licencia, Carrasco volvió a emitir un informe favorable. Y lo hizo, según la juez, "conociendo que la solicitud incumplía todos los condicionantes recogidos en el primero de los Decretos de fecha 27 de julio de 1999, ya que era fácilmente constatable que las dimensiones distaban mucho de lo autorizado, que las obras no se ajustaban al proyecto, que la ubicación de la construcción tampoco era coincidente y que las obras se estaban realizando fuera del término que acordó la licencia de obras del año 1999. Datos todos ellos que silenció de manera voluntaria en el informe, con la connivencia del señor Reyes, para facilitar la concesión de la prórroga, como si la misma fuera un acto reglado de la Administración".
Vicente Bartolomé Fuentes:
El secretario del Ayuntamiento de Yaiza, que informó contra la concesión de la licencia de obras de Stratvs en 1999, informó después a favor de la concesión de la licencia de actividades clasificadas para la apertura de la bodega. Según el auto, "conocía que la actividad era contraria" a la Ley de Actividades Clasificadas y, sin embargo, "omitió reflejarlo en su informe jurídico de agosto de 2005", cuando se inició ese expediente.
Además, en la Junta de Gobierno que se celebró ya bajo la Alcaldía de Gladys Acuña, y en la que se concedió esa licencia, Vicente Bartolomé Fuentes estuvo presente como secretario y también informó favorablemente.
Andrés Morales González:
Como técnico del Ayuntamiento de Yaiza, informó en dos ocasiones dentro del expediente para conceder a Stratvs la licencia de actividades clasificadas. La primera fue en agosto de 2005, cuando realizó un informe al iniciarse ese expediente, y "omitió" deliberadamente, según la juez, que "la actividad, de nueva aparición, era contraria a lo dispuesto la Ley de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas". Además, "era conocedor", según el auto, "de que la construcción en ese momento alcanzaba además unas dimensiones que excedían en mucho de lo autorizado por la licencia de obra".
Posteriormente, en mayo de 2006 y en el seno del expediente municipal de actividad clasificada, Andrés Morales emitió nuevo informe favorable a la autorización de dicha actividad, "a pesar de ser plenamente conocedor de todos los impedimentos legales que concurrían para ello". Morales deberá responder por un presunto delito de prevaricación urbanística y otro delito de prevaricación.
Blas Noda Gonzalez:
Como encargado del Catastro en el Ayuntamiento de Yaiza, está imputado por un delito de falsedad en documento público, cometido presuntamente cuando ya se había iniciado la instrucción de esta causa. Según el auto, en marzo de 2013, siendo "conocedor de que la edificación principal del complejo Stratvs se ubicaba sobre una finca de la que no era propietario, Juan Francisco Rosa Marrero, en nombre de BTL Lanzarote, dirigió solicitud de modificación de la titularidad de la parcela catastral". Para ello aportó el acta notarial de finalización de obra, en la que según la juez se había "omitido intencionadamente" la referencia catastral.
"Con esos documentos, y sin consultar los archivos catastrales a su disposición para comprobar el anterior titular catastral de la parcela catastral cuyo cambio se solicitaba (de fácil identificación puesto que es la única sobre la que se ubicaba una vivienda preexistente), el sabado 4 de mayo de 2013, Blas Noda González, funcionario adscrito al catastro del Ayuntamiento de Yaiza con 5 años de experiencia en aquel departamento (y 13 en la Administración Pública), procedió al cambio de la titularidad catastral de la parcela sobre la que se ubica la bodega Stratvs, omitiendo de manera intencionada cualquier mínima comprobación, con la intención de satisfacer al solicitante", sostiene la juez.
Todo ello, considera que se hizo "con el necesario beneplácito del anterior titular catastral, Miguel Ángel Armas Matalla", pero no del resto de los titulares de la finca donde se asienta la bodega Stratvs. Además, "posteriormente y sin justificación alguna", Blas Noda "denegó la información solicitada en relación al cambio de titularidad catastral por José Juan Negrín Ramos", personado en esta causa como acusación particular por la presunta usurpación de sus terrenos. Según el auto, Noda le denegó esa información, pese a que Negrín aportó una nota simple registral de la finca, en la que en la que él figuraba como co-propietario, "así como otros documentos que acreditaban su interés legítimo, impidiendo así que pudiera ejercer en vía administrativa sus derechos".
Manuel Jesús Spinola Pérdomo:
Como ingeniero responsable de Actividades Clasificadas del Cabildo, informó favorablemente a otorgar esa licencia de actividad a Stratvs, "pese a tener conocimiento de que el uso de bodega no estaba permitido", según subraya la juez. Spínola está imputado por un delito de prevaricación urbanística.
José Juan Hernández Duchemín:
El gerente de Consejo Insular de Aguas informó favorablemente a la concesión de un permiso provisional a Stratvs para la emisión de vertidos, pese a que había informes que advertían de que éstos eran contaminantes. De hecho, al iniciarse el expediente se realizó una inspección por parte del Vigilante de Cauces, que tomó muestras que arrojaron "parámetros contaminantes".
Inicialmente, Hernández Duchemín trasladó a BTL Lanzarote que el sistema de depuración de la bodega no cumplía con la normativa y le informó de que para conceder la legalización de los vertidos debería instalar un sistema de depuración. Sin embargo, cuando Rosa pidió justo después una autorización provisional, Duchemín informó favorablemente, "pese a que tenía conocimiento de la misma suponía la emisión de vertidos contaminantes".
Aquel permiso era provisional y sin posibilidad de prórroga, pese a lo cual tampoco se actuó cuando este permiso caducó y la bodega siguió funcionando durante años sin tener una autorización en vigor. Además, el permiso que se le dio establecía que se realizarían analísticas periódicas de carácter mensual para "garantizar la calidad de las aguas", pero esas muestras nunca se tomaron. "Aunque dicha autorización fue concedida a sabiendas de la frontal contradicción con el derecho, y conocedor el señor Hernandez Duchemín de los riesgos existentes, no se efectuó control alguno del cumplimiento de la resolución, ni se incoo expediente de cancelación de la autorización de vertidos que incumplió desde el primer momento los condicionantes impuestos, ni se comprobó el incumplimiento continuado de las condiciones que recogía la resolución", subraya la juez.
"A modo de ejemplo", señala que " desde el 24 de noviembre de 2008 hasta la actualidad únicamente se presentaron por el interesado dos analíticas de dudosa procedencia (cuando la resolución establecía analíticas mensuales), y no consta la instalación de depuradora alguna, habiendo el Sr. Duchemín incurrido, en el ambito de sus competencias, en omisión en sus funciones de control, permitiendo con esta omisión la comisión continua de un vertido ilegal por parte de BTL Lanzarote S.L. y su administrador, Juan Francisco Rosa Marrero, con el consiguiente riesgo para el equilibrio de los sistemas naturales, y los riesgos que pudiera conllevar para la exposición humana tales parámetros de contaminación al tratarse de una industria abierta al público".