Las ventajas de la normativa para las trabajadoras

No sólo el contratante deberá pagar más para darle de alta a la empleada del hogar en la Seguridad Social. Ahora, con esta nueva normativa, las trabajadoras tendrán derecho a 30 días de vacaciones, algo que podrían llegar ...

5 de mayo de 2012 (20:30 CET)

No sólo el contratante deberá pagar más para darle de alta a la empleada del hogar en la Seguridad Social. Ahora, con esta nueva normativa, las trabajadoras tendrán derecho a 30 días de vacaciones, algo que podrían llegar a no aceptar los contratantes. "Además, ellas pueden escoger 15 días cuando ellas quieran y también tienen 14 días festivos, que podrán ser retribuidos o acumulados a las vacaciones, pero esto tendrá que fijarse en el contrato para que no haya dudas", explica Alma María Perdomo, abogada laboralista. Con esta normativa, las empleadas también tendrán permisos retributivos, como derecho a cogerse días por matrimonio, de permiso, por nacimiento o por mudanza.

Además, con esta nueva ley también se regula la extinción del contrato. Así, las señoras de la limpieza tienen el derecho ahora a cobrar 20 días por año trabajado en caso de despido declarado improcedente. "Imaginemos que entramos en casa y que nos han robado. No podemos probarlo pero echamos a la señora de la limpieza, sin darle indemnización. Ella te envía a los Juzgados y pierdes. Pues hay que pagar", afirma Perdomo.

Con la nueva ley, las empleadas del hogar tienen la obligación de disponer de un contrato si superan las cuatro semanas trabajando. "Eso sí, hay que darles de alta en la Seguridad Social desde la primera hora. Además, si pasa un mes y el empleador no le ha hecho contrato, ésta puede reclamar porque está en su derecho", explica.

Si trabajan más horas de las establecidas, cobrarán horas extras, tendrán dos pagas extras, a no ser de que estén prorrateadas, y su salario en especie deberá ser cuantificable. "Esto suele ocurrir en las empleadas que están internas. Tienen un salario, más el alojamiento y la comida. En este caso, el salario en especie, por ley, es el 30 por ciento de la nómina. Es decir, el contratante no puede poner un precio de 500 euros, por ejemplo, por la habitación y pagarle en líquido sólo 300 euros. Entonces, para evitarlo la ley contempla este límite del 30 por ciento. Así, si cobra 1.000 euros, le quitarán 300 euros por la habitación y la comida, porque el salario mínimo de una empleada interna se establece ahora en 641 euros", expone Alma María Perdomo.

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