Las Jornadas de "La Prueba Ilícita en el proceso penal" completaron su segundo y último día de sesiones el pasado viernes, con una exposición de ponencias que abordaron en profundidad la problemática de la prueba ilícita en el proceso penal, así como el papel de las distintas partes implicadas.
En este sentido, Guillermo García Panasco, fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Las Palmas, inició el día con una intervención dedicada a la función del Ministerio Fiscal y a las posibilidades que éste tiene de practicar pruebas en el ámbito de las diligencias de investigación. "A día de hoy tenemos una regulación escasa que genera dudas. Yo soy partidario de explotar al máximo todas las posibilidades, puesto que, además, soy un firme defensor de que el Ministerio Fiscal asuma un mayor protagonismo en la investigación de los delitos", puntualiza el propio García Panasco antes de aclarar los márgenes de la prueba ilícita: "Es nula de pleno derecho la que vulnera derechos fundamentales. Pero la que vulnera algún tipo de normativa ordinaria o de responsabilidad procesal, no necesariamente es ilícita en el sentido de que es inválida, porque el resultado de esa prueba se podría obtener de la misma manera por otros medios probatorios".
Ejemplos relacionados con lo dicho fueron expuestos por Antonio del Moral, fiscal de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, durante su intervención: "Si a un narcotraficante le cogen 500 kilos de cocaína, y la policía pensó que el delito era flagrante, y no lo era, y no pidió mandamiento judicial, al narcotraficante habrá que darle la mano y ponerlo en libertad. Esto hace que la gente se pregunte cómo un error judicial puede suponer semejante injusticia".La respuesta a esta pregunta es la que intentan dar las últimas tendencias jurisprudenciales relacionadas con la prueba ilícita, que entran en el problema de desentrañar la aparente contradicción entre teoría de la prueba ilícita y posible absolución de los culpables.
La percepción social al respecto tiende a simplificar en la injusticia de una solución que permite que el culpable quede en libertad. García Panasco resuelve este debate: "Si una prueba es nula es nula, independientemente de que el delito que se pretendía investigar fuese de una gravedad extraordinaria. En la investigación penal, la verdad no se puede conseguir a cualquier precio, y eso es una garantía para todos los ciudadanos".
Ya por la tarde, don Eduardo de Urbano Castrillo, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, profundizó en la conexión de antijuridicidad de esta prueba y en los criterios jurisdiccionales actuales, resaltando la relevancia que parece cobrar la confesión del acusado para resolver la prueba ilícita: "El gran debate ahora es saber qué pasa con la confesión del acusado. Hay quien sostiene, que es la doctrina mayoritaria, que si él lo reconoce da igual que haya habido pruebas ilícitas. Yo sostengo, sin embargo, que es muy extraño que una persona, sabiendo que las pruebas que le incriminan son ilícitas, declare voluntariamente que es el culpable. La jurisprudencia dice que si hay un abogado que asista vale, pero quizás el tema que hay que plantearse es con qué grado de información contaba el abogado para asistirle".
Por último, y de cara a poner el cierre a estas jornadas de "La Prueba Ilícita en el proceso penal", organizadas por Juriscomer Canarias, Carlos Climent Durán, magistrado de Valencia, centró su trabajo en un análisis más concreto de la prueba ilícita, abordándola desde la perspectiva de su relación con los registros ilícitos, tanto domiciliarios como de vehículos y personales. Fue la última ponencia de un total de nueve que, durante dos días, han convertido a Lanzarote en punto central de atención de la Justicia en España, atrayendo hasta la isla a un gran número de importantes juristas y magistrados nacionales.