El Ayuntamiento de Yaiza presentó el pasado viernes 16 de junio un escrito en el registro general de entrada del Cabildo de Lanzarote mediante el que comunicó a la primera corporación insular todas las licencias urbanísticas de obras que han sido concedidas por el consistorio sureño entre los años 1991 y 1998, adjuntando copia de cada una de ellas. En total, fueron 192 las licencias otorgadas por ese Consistorio en ese periodo, según dicho informe.
Con la notificación al Cabildo de las licencias otorgadas por el alcalde de Yaiza durante esos siete años, la primera corporaciónha conseguido, por fin, disponer de todas las licencias de obras que el municipio sureño ha venido dando desde la entrada en vigor del Plan Insular de Lanzarote hasta finales del pasado año 2005.
Para ello ha sido necesaria una dura lucha judicial que se ha prolongado durante cinco años, debido a la constante negativa del alcalde de Yaiza a cumplir el deber legal que le obliga a notificar todas las licencias urbanísticas al Cabildo de Lanzarote para que éste compruebe si las mismas se ajustan a lo que dispone el Plan Insular de Ordenaciónde Lanzarote.
El de Yaiza era el único Ayuntamiento de la isla que se había seguido negando a notificar las licencias urbanísticas al Cabildo, porque incluso el Ayuntamiento de Teguise, que en un principio se mostró reacio a notificar las licencias al Cabildo, desde el año 2004 procedió de forma voluntaria a normaliza su situación, y desde entonces también notifica al Cabildo -como lo hacen todos los ayuntamientos insulares- las licencias que concede en su municipio.
De este modo se ha acabado con el sistemático incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Yaiza del deber de notificación de licencias al Cabildo, restaurándose de este modo la legalidad en esta materia, pues desde el pasado viernes el Cabildo ya dispone de la información urbanística completa de todos los municipios de la isla.
Obligaciones
Sin embargo, llegar a conseguir este objetivo no ha sido fácil para el Cabildo lanzaroteño, porque aunque todas las leyes urbanísticas de Canarias recogen desde el año 1990 la obligación de los ayuntamientos de notificar las licencias al Cabildo, lo cierto es que en Lanzarote había ayuntamientos que, como el de Yaiza, venían incumpliendo reiteradamente dichas normas legales.
Por ello, después de solicitar en reiteradas ocasiones al Ayuntamiento sureño que cumpliera sus obligaciones a este respecto sin resultado alguno, el Cabildo se vio obligado a interponer un recurso judicial en el que se dictó una primera medida cautelar a principios del año 2003, que ordenó al Ayuntamiento la entrega al Cabildo de todas las licencias concedidas durante la tramitación de la moratoria (1998 a 2000), a lo que siguió otra orden judicial que también obligó al ayuntamiento a notificar todas las licencias concedidas desde el año 2001 en adelante, lo que hizo que el alcalde entregara el pasado 6 de abril las licencias otorgadas entre 2.001 y 2005, habiendo culminado el proceso judicial con una Sentencia que ha dado la razón al Cabildo de Lanzarote en todos sus términos, condenando al Ayuntamiento de Yaiza a notificar al Cabildo todas las licencias desde 1991 hasta hoy; sentencia que el Ayuntamiento seguía resistiéndose a cumplir hasta que el Cabildo denunció ante la Sala la desobediencia municipal el pasado 20 de abril, a raíz de lo cual el Tribunal dio un último plazo de cinco días al Ayuntamiento para que procediera en consecuencia, lo que ha culminado con la entrega las licencias de 1991 a 1998.
Sin embargo, aún restan por notificar las licencias que el alcalde de Yaiza ha venido dando durante todo el año 2006, de las cuales no ha notificado ninguna al Cabildo de Lanzarote, lo cual podría dar lugar a que por parte del Cabildo se acuda ya directamente a la vía penal, puesto que la Ley es muy clara y es el Ayuntamiento el que tiene que notificar al cabildo todas las licencias que concede "dentro de los 15 días siguientes a su otorgamiento", por lo que el Consistorio debe entregar cada licencia al Cabildo en ese plazo sin necesidad de ningún requerimiento al efecto.