La Justicia declara improcedente el despido de un trabajador de los Centros que participó en los incidentes a las puertas del Cabildo

La jueza de lo Social de Arrecife ha declarado "improcedente" el despido de un trabajador de los Centros Turísticos, que fue apartado de su puesto tras participar en los incidentes que se vivieron a las puertas del Cabildo el pasado ...

26 de enero de 2011 (17:55 CET)
La Justicia declara improcedente el despido de un trabajador de los Centros que participó en los incidentes a las puertas del Cabildo
La Justicia declara improcedente el despido de un trabajador de los Centros que participó en los incidentes a las puertas del Cabildo

La jueza de lo Social de Arrecife ha declarado "improcedente" el despido de un trabajador de los Centros Turísticos, que fue apartado de su puesto tras participar en los incidentes que se vivieron a las puertas del Cabildo el pasado mes de junio, cuando el Consejo de Administración de los CACT debatía el plan de viabilidad para la empresa pública. En aquella jornada, varios trabajadores se concentraron a las puertas de la institución, y algunos de ellos profirieron insultos contra el grupo de gobierno.

Tras conocer la sentencia, la dirección de los Centros ha anunciado que ya "ha dado instrucciones a sus servicios jurídicos laborales para que se formule en estos próximos días un recurso de súplica ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que evite la indemnización al trabajador". Y es que consideran que ha quedado "demostrado en los hechos, según reseña la jueza en su sentencia del pasado 18 de enero, que es cierto "que el actor ( trabajador) incurrió en una parte de las imputaciones que se recogen en la carta de despido".

Precisamente por ello, la juez desestima la petición del trabajador de declarar nulo el despido y, según la dirección de los CACT, "ratifica que la consejera delegada tiene atribuciones para despidos disciplinarios y no acepta la petición del trabajador de declarar el "despido nulo"

Además, desde la dirección agregan que "en esta sentencia, se considera que el comportamiento y declaraciones del citado trabajador son reprochables", aunque "finalmente aplica la teoría gradualista para declarar la improcedencia del despido".

Otros "detalles esenciales"

Desde la dirección de los Centros también se valoran otros detalles de fallo que consideran "esenciales, por sus implicaciones futuras, donde la jueza resalta que ante una situación negativa (como la actual situación de la EPEL) no es descabellado, en modo alguno, fiscalizar y proponer disminuir los gastos de personal".

También sostiene este fallo judicial que "la entidad demandada, además de los gastos de personal, debe soportar otros gastos proporcionalmente superiores, de extraña justificación, al menos en su elevada cuantía, como el denominado canon que se abona a las Administraciones".

Al respecto, la actual consejera delegada de los Centros Turísticos ha reiterado que "se debe arbitrar un replanteamiento sobre este canon". Con respecto a la carga laboral, en estos últimos tiempos la EPEL ha reducido de forma considerable su plantilla con prejubilaciones tras firmarse un acuerdo con los representantes del Comité de Empresa, a instancias de la plantilla labora que aprobó mediante firmas la aplicación del nuevo Plan de Viabilidad para reflotar la empresa pública, "ante las pérdidas durante los últimos años bajo la gestión del anterior consejero delegado".

LO MAS LEÍDO