El Cabildo recurrirá el fallo del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas, pero asegura que en cualquier caso se podrá solventar la situación

La Justicia anula el contrato de elaboración del PTE pero el Cabildo asegura que la sentencia "no tendrá efectos prácticos"

El Cabildo de Lanzarote tiene "fundadas esperanzas" de que prospere en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el recurso de apelación que presentará en próximos días, contra la sentencia que anuló la adjudicación del ...

11 de julio de 2007 (16:00 CET)
La Justicia anula el contrato de elaboración del PTE pero el Cabildo asegura que la sentencia no tendrá efectos prácticos
La Justicia anula el contrato de elaboración del PTE pero el Cabildo asegura que la sentencia no tendrá efectos prácticos

El Cabildo de Lanzarote tiene "fundadas esperanzas" de que prospere en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el recurso de apelación que presentará en próximos días, contra la sentencia que anuló la adjudicación del contrato para la elaboración del Plan Territorial Especial de Ordenación Turística Insular (PTEOTI).

Según explican desde la Primera Corporación, "tales expectativas se fundan en que los Servicios Jurídicos de la Corporación, sin perjuicio del debido acatamiento al pronunciamiento del Juzgado, estiman que éste parte de una premisa manifiestamente equivocada". Y es que el fallo considera a la Fundación César Manrique (FCM) como parte interesada en el procedimiento de adjudicación del concurso, "cuando esto no se corresponde con la realidad", según subrayan desde el Cabildo.

Además, desde la institución también sostienen que los técnicos informantes del Cabildo no mantienen relación de ningún tipo con las empresas que participaron en el concurso, y recuerdan que este mismo Juzgado (Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria) ya sostuvo "similar error respecto de los técnicos del Cabildo en un recurso interpuesto por la FCM contra una licencia turística otorgada por el Ayuntamiento de Yaiza en las parcelas 3 y 4 de Las Coloradas, recurso que fue declarado inadmisible por el citado Juzgado".

Entonces, el alto Tribunal canario, en sentencia de 15 de enero de 2007, enmendó la plana a la resolución judicial, admitió el recurso, declaró la nulidad de la licencia mencionada, -por vulnerar la ordenación territorial y urbanística-, y rechazó las dudas planteadas por los demandantes sobre la imparcialidad de los técnicos del Cabildo, confirmando la independencia de los mismos.

Nulos efectos prácticos

En cualquier caso, desde el Cabildo agregan que "aún en la peor de las hipótesis, es decir, que el TSJC no estimase el recurso de apelación del Cabildo, la sentencia tendría nulos efectos prácticos, pues no se puede olvidar que la sociedad recurrente resultó clasificada la última en la valoración de las diferentes ofertas presentadas al concurso, sin que en vía administrativa ni judicial registraran recurso alguno el resto de las sociedades que optaron a la adjudicación".

En todo caso, agregan que "el vicio formal apreciado por el Juzgado sería perfectamente subsanable con otro informe que validara el ahora cuestionado", y citan como ejemplo lo sucedido con la anulación del decreto del Gobierno de Canarias que creó la Cámara de Comercio de Lanzarote, y que posteriormente fue convalidado con otro que ha permitido el pleno restablecimiento legal de esa Cámara insular.

Además, desde la Corporación han querido destacar que "la sentencia del Juzgado no cuestiona en sí misma la adjudicación del concurso, el importe de licitación ni reprocha la legalidad del contenido del Plan Territorial Especial".

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