La causa penal abierta por la construcción y gestión de la bodega Stratvs tiene un nuevo imputado: la sociedad BTL Lanzarote (en la que se integró hace unos años la sociedad "Juan Francisco Rosa e Hijos S.L."). En un auto dictado el pasado 4 de diciembre, la titular del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Arrecife, Silvia Muñoz, acuerda esta medida basándose en la reforma del Código Penal del año 2010, que abrió la puerta a imputar a "personas jurídicas", es decir, a empresas, en procedimientos penales.
Esta reforma perseguía involucrar a socios y altos directivos en la prevención de comportamientos delictivos dentro de las empresas, y también mejorar la eficacia del proceso penal, en los casos en los que no se puede identificar a la persona que cometió los hechos.
En el caso de Stratvs, ya estaba imputado el dueño y administrador de la sociedad, Juan Francisco Rosa, pero ahora lo está también su empresa, que es dueña de la bodega y de otras importantes propiedades de la familia.
En su auto, la juez cita a un representante legal de BTL Lanzarote para que comparezca en el Juzgado el próximo miércoles 18 de diciembre, a las 9:30 horas, y para que a continuación participe en la comparecencia convocada para decidir si se ordena el cierre de las instalaciones, tal como ha solicitado una de las partes personas en la causa.
En el enjuiciamiento de una sociedad, es un representante legal quien debe comparecer ante la Justicia (acompañado de un abogado, como cualquier imputado más), y las posibles penas recaen sobre la empresa. Las más habituales son multas, pero el Código Penal también contempla penas como la disolución de la sociedad; la suspensión de las actividades; la clausura de locales y establecimientos; la prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito; la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social; e incluso la intervención judicial.
De 2010 en adelante
La responsabilidad penal de la sociedad sólo afectará a lo sucedido desde 2010 en adelante, ya que en ese año fue cuando se reformó el Código Penal. Al respecto, la juez señala en su auto que con posterioridad a la entrada en vigor de esa modificación del Código Penal, "subsisten hechos permanentes constitutivos de delito, como la construcción carente de las preceptivas autorizaciones en paisaje natural protegido con vulneración de las normas sobre ordenación del territorio de la instalación Stratvs y sus anexos", así como "contra el patrimonio Histórico, posible actividad contaminante o/y estafa a la Administración Tributaria". Entre otras cosas, se refiere a obras posteriores a la construcción de la bodega y a posibles vertidos contaminantes.
En cuanto a los hechos previos a 2010, el anterior Código Penal no permitía imputar, pero sí exigir responsabilidades civiles a las sociedades. Así, la juez también hace recaer esa responsabilidad tanto sobre BTL Lanzarote como sobre la sociedad "Juan Francisco Rosa e Hijos S.L.", que en su momento fue titular de la bodega pero después fue absorbida por BTL Lanzarote.
Por su parte, Juan Francisco Rosa está imputado por una larga lista de delitos tanto urbanísticos y medioambientales como económicos, cometidos presuntamente desde que se inició la construcción de la bodega hasta la actualidad. En su auto, la juez recuerda que hay presuntos delitos contra la Ordenación del Territorio y el Urbanismo, contra el Patrimonio Histórico y contra el Medio Ambiente; delitos contra la Administración Pública y delito de falsedad documental, así como "delito contra el patrimonio y orden socioeconómico".
Junto a Rosa y la sociedad BTL, en la causa están imputadas otras 16 personas, incluido el arquitecto de la bodega, así como cargos y ex cargos públicos y técnicos del Ayuntamiento de Yaiza y del Gobierno de Canarias.