La sección tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas dictó una sentencia el pasado día 1 de julio en la que desestima el recurso de apelación presentado por el empresario Juan Francisco Rosa contra la sentencia que absolvió al que fuera diputado nacional del PSOE de Lanzarote, Miguel González, a quien demandó en los tribunales por considerar que el político socialista había vulnerado su derecho al honor.
El citado recurso se presentó contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Arrecife, con fecha 2 de noviembre de 2011, en la cual se desestimaba una demanda que interpuso el empresario por la publicación a mediados de 2010 de dos artículos firmados por el parlamentario socialista y publicados en la página web del PSOE lanzaroteño.
En los artículos, titulados "Los Blackwater de JFR" y "Redactor-jefe pasea perro de director", de los cuales se hicieron eco varios medios de comunicación de Canarias, Miguel González ponía de manifiesto la existencia en Lanzarote de sectores empresariales "muy poderosos que a su vez controlaban determinados medios de comunicación", cuya línea editorial "se centraba en el ataque y la descalificación permanente a la dirección insular del PSOE durante aquellos años", según ha recordado el partido a través de un comunicado.
Miguel González, diputado nacional por la provincia de Las Palmas en la legislatura de 2008 hasta 2011, explicaba en ambos artículos que la posición "firme" del PSOE frente a los casos de corrupción urbanística protagonizados "por un grupo de promotores inmobiliarios y constructores locales había provocado la movilización de los poderes económicos interesados en mantener su statu quo, de tal forma que utilizaron medios de comunicación de su propiedad y a ciertos periodistas para arremeter contra los dirigentes socialistas".
"Meras críticas"
Ahora, en su sentencia, la Audiencia Provincial de Las Palmas señala que "la jurisprudencia refuerza la prevalencia de la libertad de expresión respecto del derecho al honor en contextos de contienda política", y califica los términos empleados por el articulista de "meras críticas". Y es que la sentencia parte de la base de que quien publicó estos artículos es un responsable político del PSOE, que emitió opiniones "fuertemente críticas respecto a un empresario muy conocido en la sociedad lanzaroteña, que ha reconocido en el interrogatorio de parte ser militante de otra formación, Coalición Canaria". Por ello, las opiniones deben contextualizarse en al ámbito de la "refriega política entre partidos, y la crispación producida en la sociedad civil de la isla de Lanzarote por los procedimientos abiertos por supuestos de corrupción.
"Se trata de meras críticas, todo lo desabridas que se quieran, de un cargo electo de un partido político que reprocha a un militante de otro partido, persona de gran relevancia empresarial en el entorno de la isla de Lanzarote, haber conseguido, sin especificar cómo, que dos políticos cercanos a él accedan a la presidencia del Cabildo y a una Alcaldía", se recoge en este fallo.
También indica la sentencia que "el político acusa al empresario de constituir una suerte de poder fáctico con influencia decisiva sobre medios de comunicación y políticos locales, pero no expresa insultos ni imputaciones delictivas". Así, el tribunal desestima el recurso presentado por Juan Francisco Rosa y lo condena expresamente a abonar las costas del proceso.
Por su parte, Miguel González, que en la actualidad no es cargo público u orgánico del PSOE y milita en la Agrupación Socialista de Teguise, considera que los jueces "han protegido el derecho fundamental a la libertad de expresión". "Estoy convencido que todos los ciudadanos, como integrantes de una sociedad democrática, tenemos el derecho pero también el deber de denunciar todo aquello que consideremos injusto o ilegal, independientemente de que aquellos que bordean la Ley sean muy poderosos", ha indicado.