Las obras consisten en la construcción de un muro y la instalación de una piscina, las cuales se han realizado sin la preceptiva calificación territorial y demás títulos habilitantes

La APMUN ordena suspender y precintar obras ilegales en Yaiza

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) ha resuelto suspender y precintar unas obras, presuntamente ilegales, en el municipio lanzaroteño de Yaiza, consistentes en la elevación de un muro y reforma de una ...

18 de noviembre de 2008 (06:09 CET)
La APMUN ordena suspender y precintar obras ilegales en Yaiza
La APMUN ordena suspender y precintar obras ilegales en Yaiza

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) ha resuelto suspender y precintar unas obras, presuntamente ilegales, en el municipio lanzaroteño de Yaiza, consistentes en la elevación de un muro y reforma de una piscina, sin la preceptiva calificación territorial y demás títulos habilitantes.

Al no haber podido notificarlo al interesado en su domicilio, la APMUN lo ha anunciado en el Boletín Oficial de Canarias, que además advierte que el incumplimiento de la presente orden dará lugar a la retirada de la maquinaria y materiales, siendo de su cuenta los gastos que se ocasionen; a la imposición, mientras persista, de hasta diez multas coercitivas sucesivas, impuestas por períodos de diez días y en cuantía, en cada ocasión, del 5 por ciento del coste de las obras y, en todo caso y como mínimo, de 601,01 euros; y a poner en conocimiento de la jurisdicción penal los hechos por ser presuntamente constitutivos de un delito tipificado en el artículo 556 del Código Penal.

Asimismo, se requiere al interesado para que, en el plazo de tres meses, legalice las obras mediante la solicitud de la correspondiente calificación territorial, previa a la licencia urbanística, así como le informa que la reposición de la realidad alterada a su estado anterior, en los términos dispuestos por la Administración, implica el derecho a la reducción de un 75 por ciento de la multa que deba imponerse en el procedimiento sancionador.

Finalmente, el organismo consorcial solicitará a las compañías suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, telefonía y cable la no concesión de los servicios correspondientes, de conformidad con el artículo 176.2; cuyo incumplimiento constituye una infracción grave sancionada con multa de 6.010,13 a 150.253,03 euros, según el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

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