No cuenta ni con calificación territorial ni con licencia municipal

La Apmun ordena demoler una edificación en Güime, que se construyó sin permisos en suelo rústico de protección de valor natural ecológico

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) ha ordenado demoler una edificación de 140 metros cuadrados en Güime, por estar ubicada en suelo rústico de protección de valor natural ...

4 de diciembre de 2012 (19:00 CET)
La Apmun ordena demoler una edificación en Güime, que se construyó sin permisos en suelo rústico de protección de valor natural ecológico
La Apmun ordena demoler una edificación en Güime, que se construyó sin permisos en suelo rústico de protección de valor natural ecológico

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) ha ordenado demoler una edificación de 140 metros cuadrados en Güime, por estar ubicada en suelo rústico de protección de valor natural ecológico, sin contar con la calificación territorial ni con la licencia municipal. La resolución es del 16 de noviembre y este martes ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Los dos infractores responsables de la obra deberán restablecer el "orden jurídico perturbado, mediante la reposición de la realidad física alterada al momento anterior a la comisión de la infracción de estas actuaciones", según se recoge en el BOC.

Por ello, se requiere a estas dos personas para que en un plazo de un mes presenten ante la Agencia de Protección el correspondiente proyecto demolición, "como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado", se indica en el BOC. Asimismo, se advierte de que transcurrido este plazo, si no se cumple con el requerimiento, será la administración la que ejecute subsidiariamente la demolición, con cargo a los infractores.

Esta resolución ha sido notificada tanto a los afectados como al Ayuntamiento de San Bartolomé. Contra este acto que agota la vía administrativa, los afectados pueden interponer un recurso de reposición ante el director ejecutivo de la Agencia de Protección, en el plazo de un mes. También pueden plantear un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado que por turno corresponda en el plazo de dos meses.

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