LOS RESIDUOS FUERON ABANDONADOS PRESUNTAMENTE EN SUELO RÚSTICO

La Apmun exige la retirada de chatarra y escombros de un solar y advierte a la dueña de multas de hasta 300.000 euros

Agentes de Medio Ambiente denunciaron unos hechos constatados en enero, en Vega de Yágamo, en Arrecife, donde hay diversos escombros, incluidos vehículos y restos de maquinaria, presuntamente abandonados en suelo rústico?

6 de agosto de 2014 (15:09 CET)
La Apmun exige la retirada de chatarra y escombros de un solar y advierte a la dueña de multas de hasta 300.000 euros
La Apmun exige la retirada de chatarra y escombros de un solar y advierte a la dueña de multas de hasta 300.000 euros

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) ha requerido a la propietaria de un solar en Arrecife que acredite en el "improrrogable" plazo de 15 días la retirada de los residuos que se han detectado en un lugar conocido como Vega de Yágamo. Además, le advierte a través del Boletín Oficial de Canarias (BOC) de que estos hechos son constitutivos de una presunta infracción de la Ley de Residuos de Canarias y que podría acarrear la imposición de una multa desde 300,51 hasta 300.506,05 euros.

La Agencia recibió una denuncia de agentes de Medio Ambiente sobre unos hechos constatados el 5 de enero de 2014, en Vega de Yágamo, en el término municipal de Arrecife. En la denuncia, se hizo constar la existencia de diversos residuos como escombros, tierras, chatarra, vehículos y restos de maquinaria.

Todos ellos presuntamente abandonados en suelo rústico, con incumplimiento de las determinaciones legales respecto de su gestión, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Residuos de Canarias. Esta circunstancia motivó la apertura del expediente por parte de la Apmun. El día 11 de febrero se realizó un requerimiento a la propietaria, pero no se le pudo practicar la notificación, por lo que se ha publicado este miércoles en el BOC. 

La Agencia, además de exigirle a la propietaria del solar que retire los residuos y los entregue en las instalaciones legales previstas en un plazo de 15 días, le pide que adopte "cuantas medidas sean necesarias para impedir en lo sucesivo el vertido de los mencionados residuos, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente en materia de residuos".

Esto será tenido en cuenta como atenuante en el correspondiente procedimiento sancionador que se inicie al respecto y sin perjuicio, de ser necesario, de la imposición de las multas. 

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