Inalsa, a la espera de que se resuelva el concurso eólico

El lunes se publicó el dictamen que anula el decreto del Gobierno autonómico que regula la instalación y explotación de parques eólicos.

20 de diciembre de 2005 (18:40 CET)
Inalsa, a la espera de que se resuelva el concurso eólico
Inalsa, a la espera de que se resuelva el concurso eólico

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado el decreto del Gobierno autonómico que regula la instalación y explotación de los parques eólicos en el ámbito de las islas.

Según publicó el diario Canarias 7 el decreto 5/2003 de 30 de abril del Gobierno de Canarias que regula la instalación y explotación de los parques eólicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma (BOC de 5 de mayo de 2003) no fue informado por el Consejo Consultivo como era preceptivo, y por tanto es nulo.

No obstante, la Comunidad Autónoma puede recurrir la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, la parte que ha ganado el recurso, Pecsa, podría solicitar ahora la ejecución provisional del fallo y trata de obtener la nulidad de los actos derivados del decreto como es el caso del concurso eólico.

En el caso de Lanzarote, esto supone retrasar el fallo de dos procesos. En primer lugar al de autoconsumo al que se presentaron Inalsa y Aena y que supondría una importante mejora para la compañía a la que se le adjudicase.

En segundo lugar el llamado concurso de turno libre al que se presentaron más de 50 empresas, entre ellas Inalsa, para tener 32 megawatios. Además, en el caso de la compañía de agua, también pidió 30 megawatios en Tenerife y otros 14 en Gran Canaria.

Sobre este aspecto, el consejero delegado de Inalsa, Mario Pérez, aseguró que esta sentencia es una mala noticia debido a que supone un nuevo retraso en un proceso que tendría que estar resuelto desde el pasado mes de mayo. "Desde la Consejería de Industria nos han dicho que sus servicios jurídicos estudiarán la sentencia para ver si la recurren o no", concluyó Mario Pérez.

Proceso

Pecsa acudió a la Sala planteando un conjunto de supuestas irregularidades en la tramitación del decreto. Sin embargo, la Sala sólo ha estimado una como motivo de nulidad plena que se aprobó sin que existiera el informe preceptivo del Consejo Consultivo de Canarias. De esta forma, el Tribunal concede la razón a Pecsa y establece que, al tratarse de un reglamento ejecutivo (y no de un reglamento independiente, como afirmaba la Comunidad Autónoma) tenía que pasar, obligatoriamente, a dictamen del Consultivo.

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