LOS LINDEROS NO COINCIDEN Y NO ACREDITÓ LA TITULARIDAD DE LA FINCA

El TSJC rechaza el recurso de una empresa que reclamaba 1,5 millones por una finca "imaginaria"

Promociones Parque La Vega ha emprendido otros pleitos reclamando sumas millonarias a Arrecife. En todos los casos son parcelas que segregó de una finca matriz, "para obtener un valor que supera 30 veces el de la compra". Los linderos no coinciden y ni siquiera ha acreditado la titularidad? 

14 de julio de 2016 (23:34 CET)

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha rechazado un nuevo recurso de la entidad Promociones Parque La Vega SL, que desde hace años viene reclamando cantidades millonarias al Ayuntamiento de Arrecife por distintas fincas. En el nuevo fallo, la Sección Segunda del TSJC concluye que la empresa ni siquiera ha "acreditado" ser la titular del terreno que pretendía que se le expropiara, por lo que rechaza que tenga derecho a que se fije un justiprecio o a que el Consistorio le abone cantidad alguna.

En esta ocasión, el recurso era por un solar en la calle Triana, que según la empresa está valorado en más de 1,5 millones de euros. Tanto éste como otros solares por los que ha reclamado compensaciones formaban parte, según la empresa, de una misma finca matriz que adquirió hace diez años. Sin embargo, no es posible determinar "ni su ubicación" exacta ni la "titularidad" de esas fincas. "Ha dividido el terreno que adquirió en 2006 en nueve supuestas parcelas segregadas, imaginarias e inconexas y separadas, para obtener un valor que supera en 30 veces el valor de la compra", concluía un informe técnico que elaboró la Comisión de Valoraciones de Canarias en el año 2011.

Tras esas segregaciones, según la Comisión, "en el Registro de la Propiedad se ha mantenido la descripción de la finca matriz, de manera que evidentemente la descripción registral de la finca no se corresponde con la realidad física". En base a ese informe, la Comisión rechazó una solicitud de la empresa, que en este caso reclamaba que se fijara un justiprecio sobre una finca de la calle Triana. Con ello, la entidad pretendía que el Ayuntamiento le pagara después por la expropiación, ya que la Adaptación Básica del Plan General de Arrecife, aprobada en el año 2003, "clasificaba el solar como dotación local". Sin embargo, según el informe técnico, la escritura de propiedad que aportó "describe una finca inexistente (la inicial de hace más de 70 años) que no se corresponde con la propiedad y que tampoco es posible ubicar con mínima garantía de certeza".

 

Más de 50 segregaciones y linderos que "no coinciden"


En su sentencia, el TSJC resta valor a "lo que (la empresa) llama título de propiedad", ya que subraya que para poder identificar esa finca ha habido que acudir a los linderos existentes en 1944, "sin resultado". El Tribunal concluye que "dichos linderos no se ajustan a la realidad", después de haber realizado "más de 50 segregaciones", a lo que añade que "la finca adquirida en 2006 tampoco es una finca, sino nueve porciones de la misma". 

Además, tras analizar los documentos y los informes aportados por la demandante y por el Ayuntamiento de Arrecife, que figuraba como codemandado junto a la Comisión de Valoraciones, el TSJC concluye que esas fincas "no constan en el Registro de la Propiedad" y que en el Catastro no hay "superficie alguna en esta ubicación a nombre de la entidad Promociones Parque La Vega". Por eso, rechaza el recurso de la empresa y declara ajustada a derecho la decisión de no tramitar el justiprecio sobre esa finca.

En su defensa, la empresa alegaba que no solo debían tenerse en cuenta los datos del Registro de la Propiedad, sino "todos los documentos aportados" en su recurso. Sin embargo, tras analizar esos documentos, el Tribunal insiste en que "no ha quedado acreditada la titularidad".

 

Una "declaración de intenciones" del registrador de la propiedad


Respecto a una certificación registral que aportó la empresa, el TSJC tampoco la da por válida. Y es que subraya que en esa certificación, el registrador de la propiedad habla de "diversos detalles" que "coinciden" y que "hacen suponer" que la finca en cuestión "proviene de la misma finca matriz". "No podemos partir de una suposición ni de la coincidencia de detalles", responde el Tribunal. 

Algo similar había planteado ya el TSJC en otro pleito anterior, por otra de las fincas, en el que la empresa aportó también una certificación registral. Según el TSJC, esa certificación era "toda una declaración de intenciones del señor registrador de la propiedad, sin más valor que el indiciario como prueba documental de carácter público".

Además, la nueva sentencia señala que el perito que aportó la empresa "silenció" el hecho de que en el Catastro, la finca matriz "está dividida" y figura "a nombre de terceros", pero en ningún caso aparece el nombre de Promociones Parque La Vega. Por eso, entre otras cosas, concluye que "sin duda ofrece mayor grado de credibilidad el perito del Ayuntamiento".

 

Un pleito por cada finca segregada


En la sentencia, el Tribunal hace referencia al resto de pleitos emprendidos por esta misma empresa, reclamando otras sumas millonarias por el resto de fincas segregadas, cuyos linderos "no se corresponden con la finca descrita en el título de propiedad". En su informe, la Comisión de Valoraciones señalaba que la entidad "ha formulado tantas hojas de aprecio como fincas y tantos recursos contencioso administrativos como acuerdos de la Comisión de Valoraciones", conforme se han ido rechazando sus pretensiones.

Esas fincas están afectadas por el Instituto César Manrique, por un parque infantil, por una plaza pública, por equipamiento deportivo y viario y por sistemas generales. Sin embargo, los tribunales han ido rechazando todos los recursos presentados por la empresa. Y en la mayoría de los casos, los argumentos son similares a los de este nuevo fallo, es decir, que ni siquiera ha podido acreditar la titularidad del suelo

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