La Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el Plan Especial Paisaje Protegido de La Geria. El TSJC ha estimado así el recurso interpuesto por los propietarios de una finca contra el acuerdo de la Cotmac, de 30 de junio de 2010, por el que se aprobaba la memoria ambiental y la aprobación definitiva y de forma parcial de este documento.
La sentencia, fechada el 14 de marzo, y a la que ha tenido acceso La Voz de Lanzarote, es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo. En esta causa también se personó la administración denunciada, es decir, el Gobierno de Canarias, que solicitaba que se desestimara este recurso con imposición a la recurrente de las costas procesales.
Sin embargo, la sentencia considera que durante el trámite de aprobación del Plan Especial de La Geria se realizaron una serie de modificaciones "sustanciales" y, ante estos cambios, los informes señalaban la "necesidad de un nuevo trámite de información pública", que no se llevó a cabo. En este sentido, el fallo menciona un artículo en el que se especifica que el trámite de consulta y el trámite de informe dispone que "la consulta deberá repetirse si en la tramitación posterior del procedimiento se introducen modificaciones que supongan cambios sustanciales en el documento consultado".
Por ello, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias considera que estas modificaciones "precisaban de un nuevo periodo de exposición pública". "Se desconoce por qué la administración, en la resolución final, desestimó la importancia de las modificaciones que habían indicado los informes jurídicos y se apartó en la ponencia técnica", señala la sentencia. "Esta falta de motivación, máximo teniendo en cuenta que el informe jurídico señala un precedente del que el acuerdo impugnado se habría apartado, nos lleva a estimar el recurso por incurrir la resolución impugnada en arbitrariedad", recoge el fallo.
En este mismo sentido, en la sentencia el TSJC insiste en que "no se ofrece explicación alguna del porqué la Cotmac decide apartarse de los informes a los efectos del preceptivo sometimiento a información pública de las modificaciones a las que se referían todos esos informes". "Esto incurre en una falta de motivación determinante de su anulación", señala el fallo.
Nulidad "de pleno derecho"
Cabe recordar que el demandante suplicaba que se acordara la nulidad "de pleno derecho" del acuerdo de la Cotmac por el que se aprobaba definitivamente el Plan Especial de La Geria. Aseguraba en su recurso que tanto el documento de ordenación territorial como el documento de evaluación ambiental fueron aprobados "prescindiendo total y absolutamente de los trámites esenciales legalmente establecidos para el procedimiento de incoacción, tramitación, aprobación, publicación y entrada en vigor" del documento.
Por ello, la parte demandante consideraba que se debía anular el acuerdo de la Cotmac y su "consiguiente entrada en vigor" por ser "contrario a derecho". Señalaba en su recurso, asimismo, que este acuerdo fue dictado "vulnerando la formación de voluntad del órgano colegiado de la Cotmac, así como de los informes preceptivos y vinculantes".
Además, insistía en que la aprobación de este documento vulneraba "las condiciones básicas de igualdad de derechos y deberes constitucionales previstos en la Constitución Española en relación con el Texto Refundido de la Ley de Suelos y Valoraciones, y demas legislación urbanística de aplicación".