EL TSJC TUMBÓ EL ANTERIOR PLANEAMIENTO POR PROHIBIR LAS DESALADORAS PRIVADAS

El nuevo Plan Hidrológico de Lanzarote permite las desaladoras privadas si cumplen unos condicionantes

Aunque recoge que la gestión a nivel insular de la desalación sigue correspondiendo "exclusivamente" al Consorcio del Agua, contempla la "autorización" para la instalación de plantas desaladoras privadas con cánones por captación y vertidos

8 de enero de 2019 (13:19 CET)
El nuevo Plan Hidrológico de Lanzarote permite las desaladoras privadas si cumplen unos condicionantes
El nuevo Plan Hidrológico de Lanzarote permite las desaladoras privadas si cumplen unos condicionantes

El nuevo Plan Hidrológico de Lanzarote, aprobado por el Gobierno de Canarias a finales de diciembre, permite la instalación de plantas desaladoras privadas en contra de lo que estipulaba el anterior planeamiento, que precisamente fue tumbado por la Justicia por prohibir la desalación privada. No obstante, se contempla la "autorización", pero sujeta a una serie de "condicionantes". 

En concreto, aunque en la planificación hidrológica se recoge que "la gestión a nivel insular de la desalación de agua para abastecimiento urbano, turístico y usos complementarios, industriales y agrícolas está reservada y corresponde exclusivamente al Consorcio del Agua de Lanzarote", se contempla la autorización para la instalación de plantas desaladoras por iniciativa privada, aunque se señala que ésta "se otorgará de conformidad con el régimen establecido en la legislación vigente y con sujeción a los condicionantes derivados del estudio de distribución de costes del modelo de desalación insular"

Entre estos "condicionantes" se apunta "la aplicación de cánones de captación, de vertidos, ambiental, de incentivo a la reducción de dotaciones unitarias de consumo, sobre externalidades y de disponibilidad del recurso o integridad del sistema hidráulico, entre otros". 

Además, se señala que en cada una de las autorizaciones otorgadas "se limitarán, de forma expresa, los vertidos de salmueras a pozos, los coeficientes de rechazos y la distancia de puntos de vertidos a extracción" y que "toda captación de agua para las desaladoras contará con un vallado perimetral de seguridad", que se deberá mantener "con las medidas adecuadas para evitar posibles contaminantes del agua captada". 

 

Expedientes sancionadores por infracciones


Así, en el nuevo Plan Hidrológico de Lanzarote se recoge que "los propietarios de instalación de producción industrial de aguas, que estén en servicio sin autorización, quedan obligados a declararlas ante el Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, suministrándole información similar a la exigida para la autorización o concesión de este tipo de instalaciones". 

En cuanto a la tramitación de expedientes sancionadores que procedan por infracciones administrativas, se recoge que será el Consejo Insular de Aguas de Lanzarote quien los tramitará, correspondiendo al Gobierno de Canarias la inspección y supervisión de la actividad sancionadora del mismo. 

 

El Cabildo anunció en 2017 expedientes para clausurar 48 desaladoras 


En este sentido, hay que recordar que el Cabildo anunció en julio de 2017 expedientes para clausurar hasta 48 desaladoras privadas en Lanzarote, casi todas en hoteles y complejos de apartamentos, ya que defendía que solo Canal Gestión Lanzarote podía desalar agua en la isla, al haber obtenido la concesión del Consorcio del Agua. Ello motivó que tanto la patronal hotelera Asolan como la empresa Daminvest S.L., propietaria de los hoteles VIK, denunciarán la planificación hidrológica de la isla en los tribunales, quien se pronunció a través de dos sentencias tumbando el planeamiento. 

En concreto, el TSJC concluía que el monopolio de agua es "inconstitucional", señalando que prohibir las desaladoras privadas supone una "flagrante violación" de la Constitución Española y que también vulnera la Ley de Aguas de Canarias.

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