Están dirigidas a familias con escasos recursos económicos y el objetivo es frenar el deterioro y las deficientes condiciones de habitabilidad de estas casas, así como evitar que desaparezcan

El Gobierno invierte 200.000 euros en Lanzarote para rehabilitar viviendas en el medio rural

La Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno canario, a través del Instituto Canario de la Vivienda, está ingresando en estas fechas a los ayuntamientos canarios los fondos destinados a las subvenciones ...

26 de agosto de 2008 (12:01 CET)
El Gobierno invierte 200.000 euros en Lanzarote para rehabilitar viviendas en el medio rural
El Gobierno invierte 200.000 euros en Lanzarote para rehabilitar viviendas en el medio rural

La Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno canario, a través del Instituto Canario de la Vivienda, está ingresando en estas fechas a los ayuntamientos canarios los fondos destinados a las subvenciones para la rehabilitación de viviendas en el medio rural correspondiente al ejercicio 2008 y que ascienden a un total de cuatro millones de euros. En Lanzarote, la Consejería ha librado los fondos correspondientes a esta partida por valor de 200.000 euros.

Esta medida, según destaca la consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias, Inés Rojas, supone "una gran inyección económica que el Gobierno canario entrega cada año para ayudar a las familias con menos recursos económicos y dificultades sociales en la conservación de sus viviendas ubicadas en el medio rural."

"Entre otras cuestiones ?precisa Inés Rojas- esta subvención nos permite reducir la demanda de viviendas sociales a las que ser verían abocados los propietarios por no disponer de medios para rehabilitar su vivienda y por otro lado, mantenemos las poblaciones asentadas en el medio rural y recuperamos un patrimonio de gran valor ambiental y arquitectónico".

El deterioro y las deficientes condiciones de habitabilidad de un amplio número de viviendas ubicadas en el medio rural, ocupadas por familias con escasos recursos económicos y el consiguiente desarraigo de las citadas zonas de población, provoca, en estas áreas, importantes problemas económicos, sociales y culturales.

La medida tiene por objeto facilitar la rehabilitación de estas viviendas, haciendo especial hincapié en las viviendas de los municipios de montaña no costeros.

Las subvenciones de rehabilitación, previstas en el Decreto 27/2006, de 7 de marzo, pretenden ayudar a mejorar las condiciones de habitabilidad de este tipo de viviendas y evitar así que desaparezcan con su abandono, los lazos de tipo afectivo, familiar, social y laboral que existen respecto a las mismas por parte de sus ocupantes.

La finalidad del Programa de Rehabilitación de Viviendas del Medio Rural es incentivar la rehabilitación de viviendas ubicadas en zonas rurales o en el extrarradio de los núcleos urbanos que, bien por su antigüedad, bien por la precariedad económica de sus propietarios, presenten algún tipo de deficiencia higiénico-sanitaria o de habitabilidad.

Se consideran viviendas del medio rural las que se encuentren enclavadas en municipios con una población inferior a 10.000 habitantes, así como las que, perteneciendo a términos municipales de mayor población, se encuentren separadas del casco urbano y en una zona en la que predomine la economía del sector primario.

Las ayudas están orientadas a sectores de población con escasa capacidad económica. En general, se podrán solicitar estas subvenciones para realizar obras que proporcionen a la vivienda las condiciones de habitabilidad mínimas; así como adaptaciones que faciliten ahorro de consumo energético o permitan la adecuación de las instalaciones a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendios o planeamiento. También se pueden solicitar ayudas para la supresión de barreras arquitectónicas, así como para rehabilitar cubiertas y fachadas y reforzar o sustituir elementos estructurales de los inmuebles.

El importe de la subvención será de hasta un 50% del presupuesto necesario para la ejecución de la obra, sin que dicha subvención pueda superar la cuantía de 6.000 euros por beneficiario. Dicho importe se destinará exclusivamente a sufragar gastos de materiales de construcción, maquinaria, transporte de los mismos, y gastos por documentos técnicos, sin que el importe de la subvención pueda exceder del coste de dichos conceptos, ni pueda aplicarse a cubrir gastos correspondientes a mano de obra.

Para ser beneficiario de estas subvenciones los propietarios deben acreditar sus ingresos, que se trata de su domicilio habitual, ubicada en medio rural y justifiquen que las condiciones de habitabilidad de la vivienda resulten insuficientes.

LO MAS LEÍDO