El fiscal Javier Ródenas ha pedido a la juez instructora el sobreseimiento de una pieza separada del caso "Unión" y el archivo de las imputaciones contra Luis Lleó, Fernando Becerra, Honorio Nicolás García Bravo, Eugenio Romero Betancort y Carlos Alberto Sánchez Ojeda. En esta pieza separada se investigaba el supuesto ofrecimiento de Lleó a través de Becerra de comisiones presuntamente ilegales para que estos empresarios de la Cámara de Comercio influyeran en el resto de vocales de la entidad con el objetivo de que el pleno aprobara la adquisición de una planta del edificio "Marina de Naos", propiedad de Lleó, algo que nunca se llevó a cabo.
Además, también se investigaba la posibilidad de un delito de tráfico de influencias por las gestiones realizadas entre Lleó y Carlos Sánchez Ojeda. El fiscal considera que se debe sobreseer provisionalmente las actuaciones contra estas personas, que fueron imputadas y detenidas en el marco de la Operación "Unión".
El fiscal señala que se deben archivar estas imputaciones puesto que el ilícito penal del delito de cohecho "encuentra su origen precisamente en el hecho de que la acción recaiga en funcionarios públicos, en tanto que los mismos tienen encomendadas funciones dignas de tutela penal". En esta pieza separada, sin embargo, los imputados son empresarios de la Cámara de Comercio que están sometidos "al derecho privado".
Por tanto, el fiscal considera que la adquisición en su caso de un edificio o la ampliación de las oficinas de la Cámara de Comercio "no supone el que se ejercite por los vocales imputados una función pública", por cuanto los vocales no tienen la consideración de funcionarios públicos. "El hecho de proponer al pleno de la Cámara la conveniencia de la adquisición del edificio no supone participación alguna en el ejercicio de la función pública", afirma Ródenas.
El fiscal apunta a que sería distinto si los hechos investigados se hubiesen cometido con posterioridad a la reforma de la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio de 2010, "en la que presumiblemente podrían encajar los hechos investigados", ya que se ha cubierto un "vacío legal, consistente en la atipicidad de las conductas corruptas entre particulares".
Respecto al presunto delito de tráfico de influencias imputado a Carlos Alberto Sánchez Ojeda por la supuesta mediación con cargos públicos del Gobierno de Canarias para que el Ejecutivo adquiriera el edificio Marina de Naos, propiedad de Lleó, el fiscal señala que "no ha quedado indiciariamente acreditado". Así, insiste en que el propio informe de la Unión Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil de 30 de marzo de 2012 hacía constar también que "no se había podido constatar a ciencia cierta" que Sánchez Ojeda "ejerciera presión sobre miembros del Gobierno de Canarias".
Prueba anulada
Además, este informe de la UCO se sirve y analiza los correos electrónicos contenidos en un disco duro, hallado en el registro de las oficinas del grupo Nexar, propiedad de Luis LLeó. Pero cabe recordar que este registro fue declarado nulo y, por tanto, no puede producir "ningún efecto en el procedimiento", según afirma Ródenas.