LA DECISIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL YA HABÍA SIDO AVALADA POR EL JUZGADO

El Constitucional no admite el recurso de Gladys Acuña y confirma que queda fuera de las elecciones

Ha dictado una providencia este jueves acordando no admitirlo siquiera a trámite, por lo que cierra la última vía que le quedaba a la ex alcaldesa de Yaiza

9 de mayo de 2019 (21:00 CET)
El Constitucional no admite el recurso de Gladys Acuña y confirma que queda fuera de las elecciones
El Constitucional no admite el recurso de Gladys Acuña y confirma que queda fuera de las elecciones

El Tribunal Constitucional ha rechazado este jueves el recurso presentado por Gladys Acuña, confirmando así que no podrá presentarse a las próximas elecciones locales y autonómicas. Según han señalado a La Voz desde el Tribunal, la Sala ha entendido que ese recurso es "extemporáneo" al haberse presentado fuera de plazo, por lo que ha dictado una providencia acordando no admitirlo siquiera a trámite.

La ex alcaldesa de Yaiza ya había visto también rechazados los dos recursos que presentó ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en un intento de que se anulara la decisión adoptada por la Junta Electoral Provincial. En esa resolución, que fue avalada por el Juzgado, la Junta concluyó que las candidaturas de Acuña al Cabildo con Lanzarote Avanza y al Parlamento con Coalición Canaria eran ilegales, dado que sobre ella pesa una condena de inhabilitación por un delito de prevaricación urbanística y otro de prevaricación por omisión en el caso Stratvs.

"Me están criminalizando a mí y a nuestro proyecto político", cuestionó Gladys Acuña al anunciar tanto los recursos ante el Juzgado como su intención de llegar hasta el Constitucional, que es el que ahora le ha cerrado la última vía que le quedaba para intentar salvar sus candidaturas. En ellos, la ex alcaldesa sostenía que su inhabilitación es solo para ocupar un cargo municipal -que fue desde donde se cometieron los delitos por los que resultó condenada en primera instancia-, y que por tanto sí podía concurrir al Cabildo y al Parlamento. Sin embargo, tanto la Junta Electoral como el Juzgado han aplicado la doctrina que ha sentado recientemente el Tribunal Supremo, en una sentencia referida al político majorero Domingo González Arroyo.

"La sociedad contemporánea reclama que empleos y cargos públicos de base representativa no puedan ser ocupados por sujetos que hubieren sido objeto de inhabilitación especial tras una condena penal, independientemente del ámbito de la administración pública en que hubiera tenido la comisión del delito", señalaba ese fallo.

En cuanto al hecho de que la sentencia de Stratvs aún no sea firme, cabe recordar que la actual legislación obliga a las personas condenadas por delitos contra la administración pública a abandonar sus cargos desde que se dicta el fallo de primera instancia. De hecho, eso fue lo que obligó a Acuña a dejar la Alcaldía cuando se conoció la sentencia del caso Stratvs, en la que fue condenada junto a otras siete personas.

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