El Consejo Insular de Aguas ha decidido ahora, más de un año después de incautar la desaladora de Montaña Roja, iniciar el trámite para extinguir la autorización que otorgó en 2004 a Club Lanzarote para la "ampliación de la planta desaladora de agua de mar" situada en esa zona. El propio presidente del Consejo y del Cabildo, Pedro San Ginés, firmó un decreto en el que se recogía esta decisión el 25 de septiembre, más de un año después de que la planta fuese incautada por decisión, también, del presidente. Para esa incautación se argumentó precisamente que la empresa carecía de autorización para la producción de agua.
El Consejo concedió esa autorización a la empresa en 2004 por un periodo de 8 años, para ampliar el desalado y producir 4.350 metros cúbicos de agua al día "para el abastecimiento del complejo turístico propiedad de Club Lanzarote". Ahora, el Boletín Oficial de Canarias recoge la decisión de iniciar la extinción de esa autorización, según expone el anuncio del Consejo Insular de Aguas, "por el incumplimiento de las condiciones esenciales de la autorización". Club Lanzarote tendrá ahora 15 días para alegar "cuanto considere oportuno en defensa de sus derechos".
Esta decisión se conoce tan sólo un día después de que el Cabildo remitiese a los medios de comunicación el expediente sancionador que abrió contra Club Lanzarote el mismo día en que el presidente decidió incautar la desaladora como medida cautelar, y que ha terminado ahora. En ese expediente, el propio Consejo concluye que la empresa sí tenía autorización para producir agua en Montaña Roja, a pesar de que éste fue uno de los argumentos que se esgrimieron para justificar la incautación.
El presidente del Cabildo había venido defendiendo que esa autorización había caducado. Pasados los 8 años de vigencia del permiso, Club Lanzarote pidió una prórroga a la que el Consejo no respondió. Según esgrimía, la prórroga había sido denegada "por silencio administrativo" y por tanto Club Lanzarote carecía de autorización. Sin embargo, tal como ya señaló el TSJC al anular la incautación y reconoció después el expediente sancionador, la autorización seguía en vigor. Parar darla por extinguida, en caso de haber incumplimientos, tendría que haberse abierto un expediente y dado audiencia a la empresa.