La Fiscalía pedía un año de prisión por falsificación en documento, oficial, privado o mercantil,para E.R., la mujer del piloto que murió en 1998 en un accidente aéreo en Guacimeta. Tras el accidente se celebró un juicio contra el controlador aéreo como posible responsable. E.R. se presentó como acusación particular y aportó una fotocopia del Libro de Registro de Vuelos e Información de la Aeronave al procedimiento penal, que había sido manipulada. Tras este juicio, se abrió causa contra ella y tuvo que sentarse en el banquillo de los acusados. Ahora ha sido condenada, pero por falsedad en documento privado, ya que se trataba de una fotocopia, y se ha rebajado la pena de prisión de seis meses.
El Tribunal ha considerado probado que aportó el documento manipulado "tendente a asegurar la posible responsabilidad penal y civil directa del controlador", en detrimento de la empresa de la que ella es apoderada y socia y que era la propietaria de la aeronave. La sentencia da por comprobado que la finalidad era "perjudicar" al controlador para el que pedía dos años de prisión y más de un millón de euros.
Según la sentencia, en el juicio quedó demostrado "de forma clara y concluyente", mediante prueba pericial y cotejando los documentos, que existían diferencias entre el Libro de Registro que se presentó tras el accidente en las dependencias de la Guardia Civil de Tías y las fotocopias del mismo que fueron aportadas posteriormente a la causa contra el controlador. Concretamente se habían modificado tres puntos: Los espacios relativos a los vuelos operados desde el día 6-6-98 hasta el día 26-8-98, el sello de "Sporavia" que certifica la revisión obligatoria de 200 horas y un sello/visado de la Dirección General de Aviación Civil de 16-6-98.
Es para el Tribunal una alteración de la verdad, porque esas revisiones no se llevaron a cabo según ha quedado demostrado, y estima que aunque no se ha comprobado que la autora material de los cambios sea E.R., el delito de falsedad en documento privado es imputable por el uso que se haga de ese documento. Y en este caso, fue E.R quien hizo uso de "forma voluntaria y meditada" del Libro para inculpar a una tercera persona en una causa.