El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado la convocatoria de ayudas de emergencia del Cabildo de Lanzarote, destinadas a "garantizar el derecho a la protección social de las personas y unidades familiares en situación de vulnerabilidad socioeconómica de la Isla".
A partir de este jueves y hasta el 15 de noviembre, se podrán presentar las solicitudes de las ayudas a través del registro propio de Prestaciones y/o Bienestar Social, en el registro central, o a través de la sede electrónica del Cabildo.
No obstante, desde la Consejería de Bienestar Social precisan que la persona que solicita la Ayuda de Emergencia Social, antes de formalizar su solicitud, debe ser derivada por su Ayuntamiento. A partir de ahí, la trabajadora social del Cabildo le atenderá, le pedirá la documentación oportuna y se formaliza la solicitud.
La primera institución insular ha consignado un crédito presupuestario de 245.000 euros para las ayudas de emergencia social de este ejercicio.
La presidenta del Cabildo, María Dolores Corujo, ha recordado el gran impacto que la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 ha tenido en la economía de la Isla y en sus habitantes, “afectando especialmente a las familias más vulnerables”. En este sentido, “es imprescindible que todas las administraciones trabajemos de forma conjunta para dar cobertura a los ciudadanos”, ha apuntado Corujo.
Por su parte, la consejera de Bienestar Social, Isabel Martín, ha explicado que estas bases establecen el procedimiento para realizar la valoración y la concesión de estas ayudas económicas de emergencia social en un momento en que “lamentablemente vemos crecer el número de personas y unidades familiares en riesgo de exclusión y las organizaciones que atienden a la población se sienten desbordadas”.
Cuantía
La cuantía máxima anual a percibir será de 3.000 euros por unidad familiar de convivencia y podrán acceder a la prestación de emergencia social las personas mayores de edad o emancipadas empadronadas en alguno de los municipios de Lanzarote o transeúntes que vivan en un pueblo o ciudad de manera transitoria o que solo estén de paso, siempre que puedan acreditar que se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
Además, tendrán que haber justificado debidamente en tiempo y forma las ayudas recibidas con anterioridad y, en su caso, haber devuelto las cuantías reclamadas.
Por el tipo de ayuda de que se trata, los solicitantes quedarán exentos del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Plazos
La resolución de las solicitudes presentadas conforme al procedimiento establecido deberá producirse en un plazo máximo de tres meses. Con carácter excepcional y en aquellos supuestos en que la situación del beneficiario presente extrema urgencia y gravedad, se podrá resolver el expediente en un plazo máximo de tres días hábiles a contar desde la presentación de la solicitud con todos los documentos preceptivos.
La concesión de la prestación económica quedará sujeta a la previa comprobación de la existencia de situación de vulnerabilidad socioeconómica. Esta información quedará reflejada en un Informe Técnico emitido por el Trabajador/a Social del Área de Bienestar Social del Cabildo de Lanzarote que valora el caso y emitirá una propuesta considerando favorable o desfavorable la concesión de dicha ayuda fundamentando las razones y la cuantía concedida.
Riesgo de pobreza
Para determinar el riesgo de pobreza o exclusión social se usará el indicador AROPE, según el cual se encuentra en riesgo de pobreza una unidad de consumo por debajo del 60% de la mediana, que en Canarias se sitúa en 9.448 euros al año o 790 euros mensuales.
También se incluye a los hogares en los que sus miembros en edad de trabajar lo hicieron menos del 20% de su potencial de trabajo en el año de referencia y a aquellos que se encuentren en situación de carencia material severa.