El consejero de Política Territorial, Domingo Berriel, ha asegurado en el Parlamento que "el Gobierno alentará el tránsito sosegado a la legalidad" de todos aquellos hoteles a los que le han sido anuladas sus licencias por sentencia judicial, tanto en Lanzarote como en el resto de las islas.
Berriel, que respondía a una pregunta del diputado socialista Manuel Fajardo Palarea, ha asegurado que "es intención" del Ejecutivo que la Ley de Medidas Urgentes "despliegue toda su eficacia para conseguir mejorar la cualificación de la oferta" y, por tanto, poder generar empleo, y que la legalización de plazas hoteleras anuladas "dependerá de los motivos de su anulación y de los nuevos requisitos que sus promotores presenten".
Las declaraciones de Berriel fueron duramente contestadas por Fajardo, al considerar que ha quedado demostrado que el Ejecutivo a extendido entre los ciudadanos "que la Ley no es igual para todos, que a unos se les aplica duramente y a otros se la redacta conforme a sus necesidades".
El socialista acusó al Gobierno de "lanzar un mensaje de lo más alentador para los infractores, pues ya saben que les ha salido rentable incumplir la norma", y exigió a Berriel que respondiera si esa flexibilidad "se va a aplicar al resto de ciudadanos que incumplen las directrices urbanísticas" en sus viviendas particulares.
Requisitos
Berriel insistió en que la Ley de Medidas Urgentes establece los requisitos para otorgar un nuevo título habilitante para los promotores turísticos. En este sentido, explicó que en primer lugar, las edificaciones deberán contar con las autorizaciones previas necesarias, matizando que la Ley de Medidas Urgentes establece que podrán otorgarse dichas autorizaciones siempre que sean solicitadas dentro de los dos años siguientes a la publicación de la expresada ley, cuando tengan por objeto o sean consecuencia de "la sustitución de las correspondientes a igual número de plazas, en suelos urbanos de uso turístico o urbanizables turísticos sectorizados y ordenados, dentro del mismo término municipal, que tengan todos los derechos urbanísticos vigentes a la entrada en vigor de la ley, siempre que las autorizaciones previas sustituidas no estén incursas en caducidad y las nuevas tengan por objeto plazas alojativas de igual o superior categoría a las sustituidas".
Luego, según el consejero, "quienes contaran con esas autorizaciones previas, que no anuladas ni incursas en caducidad, siempre que no disminuyan su categoría, podrán conservarlas e incluso sustituirlas dentro del mismo municipio".
El responsable de Ordenación del Territorio aclaró en último lugar que la actuación deberá "encontrar también amparo en el planeamiento urbanístico y territorial aplicable, ya que este es un requisito que el Gobierno ha expresado siempre como exigencia ineludible, ya que si la actuación resultara contraria al mismo, ésta debe adaptarse a la norma y nunca debe ser el planeamiento urbanístico el que se adapte a la edificación".