Tribunales

La Justicia de Lanzarote otorga la custodia de la menor sustraída en Bélgica a su padre

La madre viajó por diferentes países sin el consentimiento ni el conocimiento del progenitor. El Tribunal expone que este "ofrece mayor estabilidad social y laboral", mientras mantiene la patria potestad entre ambos

Gerónimo Fernández y su hija en una fotografía. Foto: Cedida.

La Plaza número 4 del Tribunal de Instancia de Arrecife (Sección Civil) ha estimado de forma parcial la demanda de patria potestad, así como de guarda y custodia interpuesta por Gerónimo Fernández, el padre que denunció que su expareja y madre de la niña había sustraído a la menor y se la había llevado por diferentes países sin su consentimiento.

El Tribunal ha otorgado la guarda y custodia de la menor de cuatro años a su padre, es decir, la niña vivirá con él y será el padre quien se encargue de su cuidado diario. La Sala ha respaldado su decisión en que el padre "ofrece mayor estabilidad social y laboral" y ha indicado "su actitud conciliadora". Sin embargo, el Juzgado ha resuelto que la patria potestad sea compartida por ambos progenitores, a pesar de que el padre pedía ejercerla en exclusiva.

La patria potestad contempla que, tanto el padre como la madre, puedan decidir sobre la residencia, la educación, la sanidad o la formación religiosa y espiritual de la niña. La Sala expone que "no se trata de imponer la voluntad de uno o de otro", sino de "la adopción conjunta de decisiones". Al tiempo en que insta a "reconducir la relación del núcleo familiar", estableciendo canales y mecanismos de comunicación. 

El reciente fallo judicial ha expuesto que "no es compatible con las reglas de la lógica" que, como aseguró la madre, el padre esté utilizando a la menor "como arma contra ella" y que "decidiera enfrascarse en una lucha titánica judicial" para recuperar a la menor. La madre aseguró que en Bélgica no quiso entregar a la menor porque "le daba miedo no verla más" y aseguró que el tiempo en que ambos convivieron "usaba a su hija como un arma contra ella". 

Al tiempo en que ha indicado que la actitud de la madre ha sido "totalmente obstaculizadora" y que ha realizado diversos viajes a diversos países sin el consentimiento del padre, ni el conocimiento de sus destinos. Además, la progenitora deberá costear una pensión de alimentos de 150 euros al mes, que se irá actualizando en función del Índice de Precios de Consumo. Mientras tanto, los gastos extraordinarios serán compartidos. 

 

Un procedimiento de restitución de la menor en Bélgica

En agosto de 2025 este mismo Juzgado estimó que la salida de la menor del territorio español fue "ilícita" y ordenó que la niña entonces de tres años fuera devuelta a Lanzarote en un plazo de diez días. Tras el recurso de la madre ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, la decisión de devolver a la niña a la isla quedó en manos de la justicia belga, donde en ese momento se encontraba la menor y el país natal de la madre. 

El padre solicitó en octubre de 2025 a los juzgados belgas el retorno de su hija. Este pasado marzo, el Tribunal de Primera Instancia de Amberes, en Bélgica, accedió a la solicitud del padre y ordenó el "regreso inmediato" de la niña a Lanzarote y que esta fuera entregada a su progenitor. Si la madre no la entregaba tras expirar un plazo de tres días desde la notificación, debía pagar 500 euros por día de retraso. 

En una resolución del pasado 7 de mayo, la Sala ha mantenido la prohibición de que la menor salga del país y la retirada de su pasaporte, así como la prohibición de que se expida uno nuevo. Del mismo modo que cualquier cambio de domicilio fuera de la isla necesitará una autorización de ambos progenitores o una autorización judicial previa. 

 

Un régimen de visitas tuteladas 

Durante los dos primeros meses, el régimen de visitas de la madre con la menor se hará inicialmente de forma tutelada en un Punto de Encuentro Familiar (PEF). La madre podrá estar con la niña durante tres días entre semana y también los sábados. Tras este tiempo, desde el espacio se deberá emitir un informe favorable, para poder continuar las visitas de forma no tutelada en el mismo lugar durante otros cuatro meses. 

Transcurrido medio año, será necesario un nuevo informe favorable del PEF para poder compartir con su hija fines de semanas alternos. En las semanas donde no tenga visitas de fin de semana, podrá compartir tres tardes de lunes a viernes. Mientras que cuando le corresponda disfrutar ese fin de semana, podrá compartir dos tardes entre semana. 

Durante los seis primeros meses, las visitas en periodos vacacionales seguirán realizándose en el Punto de Encuentro. Si se producen todos los informes favorables, al cabo de medio año podrán dividirse las vacaciones de Navidad, la Semana Santa y el verano.

El progenitor ha agradecido a su abogado, Alfonso Fernández Viña; Karin Verbist, abogada en Bélgica durante el procedimiento de restitución internacional y a Javier Somoza y a toda la asociación Nisde, por el "acompañamiento constante, el apoyo humano y la ayuda brindada no solo a mí, sino también a muchas familias que atraviesan situaciones similares".

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