VE "IRRELEVANTE" SI LAS FINCAS QUE INTENTARON EMBARGAR SON SUYAS

Dimas paga 150 euros mensuales para devolver los 2,4 millones que malversó en el Complejo Agroindustrial

No se ha podido concretar el embargo sobre las fincas que aparecían a su nombre pero, en su recurso reclamando la libertad condicional, Dimas alegó que esos bienes "cubrirían buena parte de la deuda, considerando irrelevante si son suyas o no"?

12 de junio de 2014 (18:02 CET)
Dimas paga 150 euros mensuales para devolver los 2,4 millones que malversó en el Complejo Agroindustrial
Dimas paga 150 euros mensuales para devolver los 2,4 millones que malversó en el Complejo Agroindustrial

Ocho años después de empezar a cumplir la condena del Complejo Agroindustrial, Dimas Martín sólo ha pagado un 0,8 por ciento de la responsabilidad civil que se le impuso, y por la que tenía que devolver casi 2,4 millones de euros malversados durante su gestión al frente del Complejo Agroindustrial. De la multa, por valor de otros 2,4 millones, no ha pagado nada durante este periodo.

Ése es el principal argumento de la Audiencia Provincial para rechazar un nuevo recurso del líder histórico del PIL, que pretendía disfrutar ya de la libertad condicional. "Ni siquiera se advierte en el penado voluntad real de reparar el daño cometido", subraya el auto de la Audiencia, que señala que hasta diciembre de 2013, Dimas Martín sólo había abonado 21.350 euros.

Además, aunque apunta que entre los años 2008 y 2009 llegó a efectuar ingresos mensuales de hasta 550 euros, desde mediados de 2009 y hasta la actualidad sólo abona 150 euros mensuales. Y eso, pese a que a finales de 2012 se le concedió el tercer grado (que hasta entonces se le había denegado por el impago de la responsabilidad civil), con el argumento de que así podría trabajar y devolver el dinero.

"Tras la concesión del tercer grado en septiembre de 2012, no ha hecho absolutamente nada relevante para incrementar significativamente ese abono, pues sigue pagando lo mismo", sostiene la Audiencia en su auto, rechazando así el acceso de Dimas al siguiente grado penitenciario, de libertad condicional.

Además, agrega que "el contrato de trabajo en firme que alegó para la obtención del tercer grado se ha convertido en la prestación de servicios como autónomo para una entidad mercantil de la que él mismo es socio".

 

Dimas considera "irrelevante" si las fincas a embargar "son o no suyas"


Tal y como ya hizo en anteriores autos rechazando la concesión del tercer grado, la Audiencia insiste en que el intento de embargar propiedades a Dimas Martín ha resultado "infructuoso". Y es que aunque varias fincas figuran a su nombre en registros oficiales, la supuesta titularidad recae luego en terceras personas. 

Pese a ello, el propio Dimas alegó en su defensa que "se han embargado una serie de fincas cuyo valor cubriría buena parte de la deuda, considerando irrelevante el debate sobre si son o no suyas". Al respecto, la Audiencia subraya que "nada ha hecho" Dimas Martín "a fin de facilitar la vía de apremio" sobre esa fincas, cuyos embargos no pudieron hacerse efectivos. 

"Sorprendentemente, el apelante alude en su recurso que el valor de tales fincas reduciría la deuda, pese a que considera por completo irrelevante el debate de si son o no suyas. Si son suyas, ha dispuesto de tiempo más que suficiente desde que está en tercer grado para aportar los títulos de propiedad, cumpliendo de paso lo que ya se le exigiere por esta Sala en diligencia de 11 de mayo de 2010 –hace pues más de cuatro años-, facilitando así la vía de apremio. Pero si no son suyas, cabe preguntarse cómo puede hacer mención a su valor para reducir la deuda", cuestiona. 

 

Por los baños, en tercer grado desde el inicio


El incumplimiento con el pago de la responsabilidad civil que se le impuso llevó a denegar reiteradamente el tercer grado a Dimas Martín, o incluso a anular los que se le concedieron en su momento, cuando había cumplido una mínima parte de la condena. 

Finalmente, y "pese a tal reiteración de argumentos jurídicos" en distintos autos, avalando que continuara en segundo grado, en septiembre de 2012 el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Número 2 de Canarias le concedió el régimen de semilibertad.

"No va a entrar esta Sala en el acierto o desacierto de dicha resolución, en cuanto ni es objeto del recurso, ni podemos obviar que no siendo recurrida la misma es firme", señala al respecto la Audiencia, dejando la duda de qué habría ocurrido si esa decisión del Juzgado de Vigilancia hubiera sido recurrida en su momento.

Además, las consecuencias de la concesión de ese tercer grado no afectaron sólo al cumplimiento de la condena por la causa del Complejo, sino que también se han trasladado a la que está cumpliendo ahora, por el caso de los baños de Los Dolores.

En concreto, los ocho años de cárcel por el caso del Complejo Agroindustrial terminó de cumplirlos en abril de este año. Sin embargo, al ser ya firme la sentencia de Los Dolores, se hizo una "refundición de condenas", por lo que se sumaron los años de cárcel de ambas sentencias, tratándolas como una sola. Y de esta forma, al empezar a cumplir la pena correspondiente a los baños de Los Dolores, lo hizo ya en tercer grado penitenciario, que implica ir a la cárcel sólo a dormir de lunes a jueves.

Lo que sí ha rechazado la Audiencia es concederle la libertad condicional, subrayando además que al refundir las dos condenas, aún faltan casi dos años para que termine su cumplimiento, que llegará concretamente el 19 de mayo de 2016.

LO MAS LEÍDO