LA SENTENCIA TAMBIÉN ORDENA QUE DEVUELVAN LOS 250.000 EUROS MALVERSADOS

Carlos Sáenz, Arrocha y el dueño de Proselan, condenados a 5 años y 3 meses de cárcel

El caso Unión suma así su tercera sentencia condenatoria, esta vez por la pieza 13. La Audiencia también ordena que devuelvan al Ayuntamiento los 250.000 euros malversados, con pagos por servicios no prestados...

22 de enero de 2016 (06:56 CET)
Carlos Sáenz, Arrocha y el dueño de Proselan, condenados a 5 años y 3 meses de cárcel
Carlos Sáenz, Arrocha y el dueño de Proselan, condenados a 5 años y 3 meses de cárcel

El caso Unión acaba de sumar su tercera sentencia condenatoria. La Audiencia Provincial de Las Palmas ya ha emitido su fallo tras el juicio de Proselan y ha impuesto penas de 5 años y 3 meses de cárcel y 9 de inhabilitación absoluta al interventor de Arrecife, Carlos Sáenz, al que era jefe de la Oficina Técnica, Rafael Arrocha, y al empresario José Daniel Hernández, por el saqueo de un cuarto de millón de euros del Ayuntamiento, pagando facturas por servicios no prestados.

Además, todos ellos tendrán que devolver de forma solidaria al Consistorio de Arrecife el dinero malversado, que asciende en total a 251.953 euros. De la mitad de esa cifra deberá responder también como responsable civil subsidiaria la empresa Proselan, ya que parte de las facturas se giraron a nombre de esta sociedad y el resto directamente a nombre de José Daniel Hernández.

En cuanto al cuarto acusado que se sentó en el banquillo en ese juicio, el ex concejal de Hacienda José Miguel Rodríguez, la Audiencia le ha impuesto una condena de 1 año y 4 meses de cárcel y 3 de inhabilitación. En su caso, siguiendo el criterio planteado por la Fiscalía, se ha rebajado la pena al considerar como atenuantes la confesión de los delitos y la reparación del daño, ya que antes del juicio devolvió incluso una parte del dinero malversado.

 

"Se concertaron" para sustraer fondos públicos


Tal como sostenía el fiscal Ignacio Stampa en su escrito de acusación, la Audiencia considera acreditado que Sáenz, Arrocha y Rodríguez incurrieron en un delito continuado de malversación, en concurso con otro delito de prevaricación. Por estos mismos delitos, en concurso además con otro de falsedad en documento mercantil, condena también al empresario. Según la sentencia, Hernández elaboró y presentó al Ayuntamiento facturas falsas, "con perfecto conocimiento de que las mismas no se correspondían a la prestación de servicio alguno". Y todo ello, tras haberse "concertado" con los otros tres acusados para sustraer este dinero del Ayuntamiento.  "Los indicios solo pueden apuntar a un previo acuerdo", señala la Audiencia, que considera que para malversar ese dinero público fue "necesaria intervención de todos los acusados".

Con esos delitos probados, las penas podían oscilar entre un mínimo de 5 años y 3 meses, que es lo que se ha impuesto, y un máximo de 6 años, que es lo que pedía la Fiscalía. Al respecto, la Audiencia explica que ha optado por aplicar "las penas mínimas", "atendiendo a la carencia de antecedentes penales y a la lejanía de los hechos", que ocurrieron entre los años 2008 y 2009. 

En ese periodo, José Daniel Hernández presentó al Ayuntamiento 14 facturas por supuestos trabajos de electricidad en distintas fiestas de Arrecife. El importe total de las facturas era de unos 350.000 euros, aunque casi 100.000 no llegó a cobrarlos, ya que se bloqueó el pago tras el estallido del caso Unión y la ruptura del grupo de gobierno de Arrecife. En todos los casos, las facturas se abonaron con el visto bueno de Carlos Sáenz, Rafael Arrocha y José Miguel Rodríguez, pese a que eran conocedores, según la sentencia, de que correspondían a "servicios de electricidad que efectivamente nunca se ejecutaron, con el consiguiente lucro personal y correlativo quebranto para las arcas públicas municipales".

 

La confesión del concejal, otra "prueba de cargo"


Durante el juicio, uno de los cuatro acusados, el ex concejal José Miguel Rodríguez, admitió haber contribuido a malversar ese dinero. Incluso, tal como recoge la sentencia, reconoció que "era el modo de operar en el Ayuntamiento de Arrecife en esa época para enriquecerse" y que "a veces se lucraban unos y en otras ocasiones se lucraban otros".

En cuanto al alegato de las defensas, que intentaron restar valor a esa declaración, la sentencia subraya que el hecho de que Rodríguez haya obtenido una rebaja en las penas por esa confesión "no la desacredita ni ensombrece su fiabilidad". Además. subraya que está "corroborada por las investigaciones y documentos" recabados durante la instrucción y presentados por la Fiscalía en el juicio.

"A la vista de las pruebas personales y documentales tenemos dos opciones. Bien entender que la confesión de José Miguel Rodríguez carece de apoyo alguno y por lo tanto sólo cabe un pronunciamiento absolutorio, bien entender que ante las contundentes pruebas de cargo aportadas por las acusaciones, las de descargo aportadas por las defensas carecen de valor enervatorio alguno. Es palmario que nos hemos inclinado por esta opción", concluye el ponente, el magistrado Carlos Vielba.

 

Ausencia de contrato, fracturas fraccionadas y otros "fraudes"


Aunque el eje central de la condena está en que los trabajos por los que pagó el Ayuntamiento no se realizaron, la sentencia enumera otros "fraudes" en el procedimiento, que son precisamente los que permitieron burlar los controles establecidos para vigilar las contrataciones y el uso del dinero de una administración pública. "Impidieron de esta manera la correcta fiscalización de los pagos indebidamente efectuados", sostiene la sentencia, haciendo especial hincapié en el papel que jugó el interventor, que era el responsable de fiscalizar la legalidad de esos pagos y del procedimiento.

Por un lado, no había un contrato previo para realizar esos trabajos (que en realidad eran ficticios según la sentencia). Solo existía un supuesto encargo verbal del jefe de la Oficina Técnica, según declaró el propio Arrocha. Sin embargo, la sentencia subraya que este funcionario ni siquiera tenía competencias para realizar contrataciones. Además, considera acreditado que se "fraccionaron" facturas para fingir que se trataba de un contrato menor (sujeto a menores controles y exigencias). Así, se facturaron por un lado los supuestos trabajos de montaje y por otro los de desmontaje.

Solo por esos supuestos trabajos de "montajes y utilización de líneas, postes, proyectores, cuadros, accesorios y mantenimiento" en las fiestas de San José Obrero, José Daniel Hernández cobró en total unos 45.000 euros sumando las dos facturas. Y por el mismo concepto, recibió más de 55.000 euros por las fiestas de Carnaval. Sin embargo, según declararon varios técnicos del Ayuntamiento durante el juicio, para el Carnaval el Ayuntamiento contrató en realidad a otras dos empresas de electricidad, Leyce e Inelcon, y no a Proselan. 

 

Unos "trabajos" que solo conocían los acusados


En cuanto a las fiestas de Valterra, Titerroy, Argana Baja y San Francisco Javier, los trabajos corrieron en realidad a cargo de trabajadores del propio Consistorio. Y en la mayoría de los casos, el coste de esos trabajos era de "1.000 o 2.000 euros", según declararon los técnicos durante el juicio, y no de más de 45.000, que fue lo que llegó a cobrar ese empresario por cada fiesta de Arrecife en la que supuestamente intervino. Además, en el caso de las fiestas de Chaxiraxi, del barrio de Argana Baja, ni siquiera se realizan esos trabajos, porque los actos se desarrollan dentro del centro sociocultural. 

Después, el propio Arrocha era también quien se encargaba supuestamente de supervisar que los trabajos se hubieran realizado, aunque nadie más en el Ayuntamiento tenía conocimiento de su existencia. De hecho, todos los trabajadores que declararon en el juicio lo hicieron para asegurar que no les constaban ni los trabajos, ni la contratación, ni la necesidad siquiera de esos servicios. Sobre por qué no había tampoco constancia escrita de su supuesta supervisión, Arrocha declaró que en sus visitas para comprobar la realización de los trabajos "tomó notas" y que "estarán en el Ayuntamiento", pero no las aportó al juicio.

"Se amparó, permitió y consintió el cobro de dinero público, con evidente daño a los intereses generales a cuyo servicio se encuentran los gestores de fondos públicos, bajo el paraguas de una prohibida contratación verbal que además no reportó utilidad alguna a las administraciones contratantes", insiste la sentencia. Además, agrega que algunas facturas se abonaron antes incluso de que se hubiera prestado el supuesto servicio.

 

Unos supuestos presupuestos que ni siquiera constaban en el Ayuntamiento


A todo esto, la sentencia añade que ni siquiera se había presentado un presupuesto previo al Ayuntamiento, que hubiera sido obligado incluso aunque se considerara un contrato menor. Durante el juicio, las defensas alegaron que sí existían esos presupuestos y presentaron los documentos, pero la sentencia considera que fueron "confeccionados" para "aparentar la realidad de la contratación", pero que en realidad "no fueron presentados en Registro alguno del Ayuntamiento de Arrecife".

En esos presupuestos, solo consta "la firma de su redactor, así como, a fin de aparentar la regularidad administrativa con su presentación, la firma del acusado Rafael Arrocha, así como el sello de la Oficina Técnica, careciendo, en cualquier caso, de fecha de registro". En esos presupuestos, se incluían conceptos que nada tenían que ver con la breve descripción que recogen las facturas, que son los únicos documentos que sí constaban oficialmente en el Ayuntamiento. Entre otras cosas, según señala varias veces la sentencia, los presupuestos incluían una partida de "servicio de guardia nocturna" de 3.000 euros

Y todo ello pese a que en el juicio, las defensas no aportaron ni un solo trabajador que hubiera realizado esas supuestas labores, ni de electricidad ni de vigilancia. De hecho, tal como confirmaron los peritos durante el juicio, no consta que Proselan tuviera ni un solo empleado, "ni vehículo, ni local". Según declaró un inspector de Hacienda, la empresa recibió "una facturación muy concreta en un periodo de tiempo y luego desapareció". Y esa facturación provenía en su mayor parte del Ayuntamiento de Arrecife. Además, recibió pagos del Ayuntamiento de San Bartolomé, donde Carlos Sáenz también era en esa época interventor.

El mismo perito confirmó que al día siguiente de recibir un ingreso de unos 230.000 euros del Ayuntamiento de Arrecife, José Daniel Hernández retiró ese dinero de su cuenta. Según declaró el empresario, lo hizo para evitar un embargo, porque tenía deudas con Hacienda (lo que también hubiera impedido su contratación por parte de una administración pública). Sin embargo, la sentencia concluye que no se sabe dónde fue a parar ese dinero. Así, aunque aclara que este extremo no ha podido acreditarse, vincula esa duda sobre el paradero del dinero a la posibilidad de que el resto de acusados, ahora condenados, pudieran haber recibido también un beneficio económico al "consentir", "permitir" y "amparar" esa malversación de dinero público.

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