Canarias

Víctimas de violencia sexual en la Iglesia católica: Guía para solicitar reparación y justicia

El Gobierno de España, la Iglesia católica y el Defensor del Pueblo acuerdan un sistema de reparación mixto y la puesta en marcha de una oficina que recibirá las solicitudes

Unas manos con un colgante con una cruz católica. Foto: Tima Miroshnichenko,

El Gobierno de España, la Iglesia católica y el Defensor del Pueblo han acordado un sistema de reparación destinado a las víctimas de violencia sexual en el ámbito de Iglesia.

El Defensor del Pueblo ya recogió en su informe sobre los abusos sexuales en la Iglesia Católica casos de abusos sexuales en Lanzarote y cifró en 25 los detectados en todo el archipiélago. Cada localización puede corresponder a más de una víctima y de un agresor.  

A partir de este miércoles, este sistema mixto y pionero hará que la Iglesia católica asuma su responsabilidad y las reparaciones a las víctimas, que podrán ser simbólicas, restaurativas o económicas.

 

Solicitudes a través del Gobierno de España 

Según ha informado el Gobierno de España, la nueva oficina, adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, recibirá las solicitudes de reparación a través de su sede electrónica, con todas las garantías de seguridad y privacidad. Además, ofrecerá orientación a las víctimas vía correo electrónico (reparacion.abusosIC@mpr.es) y por teléfono (91 837 22 95).

Las solicitudes recibidas se remitirán a la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo, formada por especialistas y profesionales independientes, que será la responsable de elaborar la propuesta de reparación. Si las partes la aceptan, será definitiva y la Iglesia deberá darle cumplimiento.

Si hubiese discrepancias, se convocará una Comisión Mixta con participación de todas las partes y las asociaciones de víctimas para tratar de llegar a un acuerdo. Si el consenso no fuese posible, el Defensor del Pueblo tendrá la última palabra, reafirmando un principio esencial: la primacía de las instituciones del Estado en la tutela de los derechos de las víctimas.

 

Destinado a víctimas que no puedan acudir a la vía judicial

A este mecanismo de reparación podrán acceder todas las víctimas que ya no pueden recurrir a la vía judicial, con independencia de que antes de la puesta en marcha de este mecanismo hayan recibido anteriormente o no algún tipo de compensación por parte de la Iglesia católica.

El presente procedimiento corresponde a la solicitud de reconocimiento y reparación de las víctimas de abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica, cuyos casos se encuentren prescritos o para los que se ha extinguido la responsabilidad penal y cuando en el momento de producirse los hechos conductas o comportamientos que pudieron atentar contra su libertad sexual:

  • fueran menores de edad,
  • se encontrasen en una situación equiparable,
  • o tuviesen una circunstancia modificativa de su capacidad que suponga que debieran estar sometidos a tutela o curatela.

El Ejecutivo español expone que para acceder a esta reparación los hechos, conductas o comportamientos deben haberse producido en las instituciones dependientes de la Iglesia católica y que los agresores fueran clérigos, miembros de institutos religiosos, sociedades de vida consagrada o laicos en los términos recogidos en el Protocolo.

En la solicitud deberá realizar, si considera oportuno, una breve descripción de los hechos, la cual podrá extenderse durante la fase de valoración del Defensor del Pueblo y las entrevistas que lleve a cabo con los solicitantes.

La solicitud podrá presentarse por la propia persona que sufrió los hechos, conductas o comportamientos o la persona que lo represente, debidamente acreditada.

Podrá encontrar más información y las cuestiones más frecuentes en el folleto informativo adjunto.