Canarias

Un Juzgado canario perdona una deuda de 42.400 euros a un padre que se endeudó tras su separación

“Cuando me llamaron para decirme que se me habían exonerado las deudas, fue como si volviera a nacer, porque pensaba que moriría endeudado y embargado”, confiesa el afectado

Ciudad de la justicia de Las Palmas de Gran Canaria.

El titular de la Plaza número 1 del Tribunal de Instancia (Sección Mercantil) de Las Palmas de Gran Canaria ha perdonado una deuda de 42.471 euros a un hombre que llegó a una situación de insolvencia tras solicitar varios préstamos para cubrir las necesidades básicas y la manutención de su hija tras haberse separado de su pareja. 

El juez ha exonerado del pasivo insatisfecho a este hombre, apoyándose en la Ley de la Segunda Oportunidad. La insolvencia del hombre fue consecuencia de una concatenación de circunstancias personales que lo pusieron en una situación de absoluta vulnerabilidad. Tras más de 20 años de vida en pareja, hace aproximadamente 15 se produjo la ruptura definitiva de esa relación. Según ha explicado Bergadà Abogados, especializada en Derecho concursal, él era quien generaba los ingresos familiares.

A partir de ese momento, tuvo que empezar de cero, sin respaldo económico ni apoyo familiar y asumiendo en solitario la responsabilidad de sostener a su hija menor. Para poder cubrir gastos básicos, se vio en la necesidad de solicitar diversos préstamos, con la esperanza de poder remontar poco a poco su estado económico. “Fue una necesidad económica y los bancos me ofrecían préstamos. Todo eran facilidades para contratarlos, por lo que fui encadenando uno tras otro”, ha recordado.

A pesar de sus limitados recursos, fue cumpliendo con sus obligaciones financieras, además de abonar mensualmente la manutención de su hija, lo que redujo drásticamente su capacidad económica.

La abogada que ha llevado el caso y socia fundadora de Bergadà Abogados, Marta Bergadà, explica que “se trataba de un claro supuesto de insolvencia sobrevenida. No actuó con irresponsabilidad ni con ánimo de eludir sus obligaciones, sino que llegó a esa situación tras una ruptura personal traumática que lo dejó sin ahorros, sin apoyo económico y con la responsabilidad exclusiva de sostener a su hija menor”. Además, señala que “hizo todo lo que estaba en sus manos: Pidió préstamos para cubrir necesidades básicas, cumplió con la manutención de su hija y destinó cada euro que ingresaba a intentar ponerse al día.”

En su intento por mejorar la situación y acceder a un trabajo mejor remunerado, incluso se trasladó temporalmente a Colombia. Pero lejos de encontrar estabilidad, se endeudó más para cubrir los gastos de vivienda, manutención y desplazamiento. “Fueron años muy complicados y duros. Siempre intentaba pagar como fuera lo que debía y destapaba un agujero para cubrir otro. Era una lucha constante”, expresa el hombre.

Con el tiempo, las deudas superaron su capacidad de pago y la presión económica comenzó a afectar no sólo a su estabilidad financiera, sino también a su salud emocional. De hecho, cada ingreso que percibía lo destinaba prioritariamente al pago de las deudas, al sustento de su hija y a cubrir mínimamente las necesidades más elementales, quedando atrapado en un círculo de deudas sin salida. 

 

Imposible afrontar sus deudas

De este modo, pese a su esfuerzo y voluntad de cumplir, llegó un punto en el que le resultó imposible afrontar sus obligaciones financieras. De hecho, Marta Bergadà indica que “estaba en una situación límite. Incluso, cabe remarcar que no generó deudas de forma temeraria, sino que priorizó siempre el sustento de su hija y el cumplimiento de sus obligaciones dentro de sus posibilidades”.

El punto de inflexión se produjo en septiembre de 2025, cuando un familiar le habló de un conocido que había logrado cancelar sus deudas mediante la Ley de la Segunda Oportunidad. “Me explicó que ese amigo suyo había realizado todo el procedimiento, le habían concedido la exoneración del pasivo insatisfecho y ahora estaba bien”, comenta. Así, los dos se pusieron a buscar información y conocieron a Bergadà Abogados, contactaron con la boutique legal y el hombre estableció una primera reunión. Marta Bergadà indica que “con la documentación que nos aportó vimos claramente que se trataba de un deudor de buena fe e iniciamos el procedimiento”. 

A su vez, el hombre añade que “lo llevé muy bien, porque estuve muy bien informado”. Incluso, puntualiza que “recibía muchas llamadas por parte de las empresas de recobro de deudas y de las entidades bancarias, llegando a escribir mensajes cuando no respondía al momento. Pero el equipo de Bergadà Abogados me explicó cómo tenía que afrontar esa situación”.

La noticia se produjo recientemente, cuando el titular de la Plaza número 1 del Tribunal de Instancia (Sección Mercantil) de Las Palmas de Gran Canaria perdonó al cliente de Bergadà Abogados una deuda de 42.471 euros. “Cuando me llamaron para decirme que se me habían exonerado las deudas, fue como si volviera a nacer, porque pensaba que moriría endeudado y embargado”. Por esta razón, “ahora el futuro se ve diferente y con mucha más tranquilidad. Tengo una mayor paz y eso es lo mejor. Por ello, estoy muy agradecido al equipo de Bergadà Abogados por el trabajo que han hecho”, ha concluido.

Finalmente, Marta Bergadà ha señalado que “esta sentencia envía un mensaje claro: La insolvencia no es un fracaso moral, sino una situación económica que puede y debe tener una solución legal cuando concurren los requisitos”. Asimismo, ha remarcado que “decisiones judiciales como esta refuerzan la seguridad jurídica del mecanismo de Segunda Oportunidad y demuestran que los tribunales están aplicando la norma con sensibilidad hacia la realidad social que hay detrás de cada expediente. No se trata de premiar el impago, sino de proteger a quienes han actuado de forma responsable y han quedado atrapados en una situación que objetivamente no podían revertir”.