HA DECIDIDO EXPULSARLES DEL PROCEDIMIENTO, DEL QUE YA FUE APARTADO EL JUEZ

El juez Lis permitió personarse como acusación a "sospechosos" del supuesto robo de autos de Unión

Así lo sostiene la Audiencia Provincial, que ha decidido expulsarles del procedimiento que investiga el supuesto robo o extravío de autos. Señala que no serían perjudicados, sino los principales "beneficiados". El juez también fue apartado de la causa el pasado mes de marzo, al existir dudas sobre su imparcialidad...

7 de diciembre de 2015 (07:24 CET)
El juez Lis permitió personarse como acusación a sospechosos del supuesto robo de autos de Unión
El juez Lis permitió personarse como acusación a sospechosos del supuesto robo de autos de Unión

El juez Rafael Lis, que instruía la causa por el presunto robo o extravío de autos en el caso Unión, permitió personarse como acusación particular a personas que podrían ser directamente "beneficiadas" por esas supuestas sustracciones. Incluso, serían "los máximos sospechosos" de los hechos que se investigaban en ese procedimiento. Así lo sostiene la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, en un auto en el que anula las personación en esa causa de tres imputados del caso Unión.

Actualmente, el juez Lis ya no instruye ese procedimiento, ya que fue recusado al existir dudas sobre su imparcialidad. El pasado mes de marzo, la Audiencia aceptó la recusación (solicitada por Pamparacuatro y respaldada por la Fiscalía), ya que entendió que existía un "interés indirecto" y una "duda razonable sobre los prejuicios o prevenciones" que pudiera tener el juez "en relación a una de las partes". Concretamente, la mujer de Lis fue contratada por Juan Francisco Rosa para representarle en el caso Stratvs, poco después de que este juez se hiciera cargo de la causa por el robo de autos. Rosa está también acusado en el caso Unión y se había personado en ese procedimiento que instruía Lis.

Ahora, la Audiencia ha anulado la decisión del magistrado de aceptar tres personaciones: la del abogado Felipe Fernández Camero, la del empresario Luis Lleó y la del directivo de Urbaser Francisco José Martínez Llerandi. "Son precisamente los que resultarían beneficiados de la presunta sustracción o extravío de las resoluciones, porque unas eventuales nulidades podrían dejar sin efecto sus imputaciones", sostiene la Audiencia, que agrega que "nada de extraño tiene que se les pueda atribuir la condición de máximos sospechosos de tales sustracciones o extravíos".

Por eso, sostiene que el juez Lis no debió permitir su personación como acusación en la causa y que "debió esperar a que la instrucción avanzara hasta descartarse su participación en los hechos". Además, tal como había solicitado la Fiscalía, la Audiencia ordena también que "se dejen sin efecto todas las diligencias pedidas" por esas acusaciones particulares. Al respecto, el auto de la Audiencia subraya que los acusados de Unión personados en esa causa por el robo de autos fueron conociendo "el devenir de la instrucción", asistieron a declaraciones testificales y plantearon las "cuestiones que estimaron oportunas", incluyendo la solicitud de práctica de diligencias y la presentación de recursos.

 

Lis siguió instruyendo otra causa separada pese a su recusación


Tras la recusación de Lis, la causa pasó a manos de un nuevo juez, que finalmente decidió archivar las actuaciones (actualmente, esa resolución está pendiente de los recursos que se presentaron por las distintas partes del procedimiento). Sin embargo, pese a que fue apartado de esa causa, el juez Lis siguió instruyendo otro procedimiento que él mismo separó del caso principal. Concretamente, una ampliación de denuncia que presentó uno de los principales imputados en Unión, Luis Lleó, en la que planteaba supuestos hechos que ya han sido rechazados tanto por el Juzgado que instruye Unión como por la Audiencia Provincial.

Tras tener conocimiento de esa causa separada, la Fiscalía pidió la recusación del juez también en ese procedimiento, en el que durante meses solo participó activamente el propio Lleó. De hecho, sostiene que se realizó "de espaldas" al Ministerio Fiscal y a los denunciados, que son el secretario del Juzgado Número 5 y dos integrantes de la UCO de la Guardia Civil. Además de esa denuncia, Lleó ha formulado otras contra el juez y el fiscal que iniciaron el caso Unión, aunque todas han sido rechazadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que es el único que tiene competencias para investigar a jueces y fiscales.

Así, la única que ha seguido abierta es la que presentó en el Juzgado de Rafael Lis. "Nos encontraríamos ante la vulneración de un precepto legal para instruir un procedimiento paralelo a espaldas de las partes y en beneficio y clara toma de postura de uno de los denunciantes", señalaba en su escrito de recusación la fiscal jefe de Arrecife, Yolanda López.

 

"Solo una hipótesis", por "desgracia para los imputados de Unión"


En su nuevo auto, fechado el pasado 30 de noviembre, la Audiencia también subraya que lo que denunció César Romero Pamparacuatro no fue que se hubieran introducido resoluciones falsas en el procedimiento, sino que habían desaparecido algunos originales que sí tenían su firma, a diferencia de lo que ocurría con las copias que quedaron en las actuaciones. "No duda que las resoluciones que firmó son las mismas", destaca la Audiencia.

En cuanto a la personación de imputados en Unión como acusación particular, insiste en que en ningún caso tienen condición de perjudicados. Al respecto, insiste en que podrían "utilizar" esto "en su defensa" en el caso Unión, por lo que no serían "perjudicados, sino beneficiados", si realmente existiera alguna causa de nulidad, que han sido descartas hasta ahora. 

"Supongamos por un momento la hipótesis", señala la Audiencia, "de que las resoluciones que el instructor no firmó  y que se refieren a los que están personados son todas nulas, por la razón que sea. Parece evidente que en tal caso, esa nulidad les beneficiaría y en tal supuesto, nos preguntamos si dirigirían la acusación contra el causante de la nulidad, es decir, contra aquél que les ha librado del sometimiento a juicio en el otro procedimiento, siendo la respuesta evidentemente negativa". En cualquier caso, la Audiencia Provincial también agrega que este escenario, "desgraciadamente para los imputados del caso Unión", es "solo una hipótesis".

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