VE "CLAROS INDICIOS DELICTIVOS" EN LO QUE COBRÓ COMO "ASESOR" DE YAIZA

La Audiencia rechaza el último recurso de Camero, que tendrá que ir a juicio

Avala la instrucción de la pieza separada del caso Yate y concluye que hay "claros indicios delictivos" contra los cuatro acusados. Todos deberán responder por la presunta malversación de casi un millón de euros con los pagos a Fernández Camero, que cobraba por supuestos servicios no prestados...

2 de febrero de 2016 (17:16 CET)
La Audiencia rechaza el último recurso de Camero, que tendrá que ir a juicio
La Audiencia rechaza el último recurso de Camero, que tendrá que ir a juicio

Felipe Fernández Camero no podrá evitar sentarse en el banquillo de los acusados por el presunto "expolio" de un millón de euros del Ayuntamiento de Yaiza. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas acaba de rechazar su último recurso, contra el auto que puso fin a la instrucción de esta causa. En su nueva resolución, la Audiencia afirma que se mantienen "punto por punto" los argumentos que planteó en enero de 2014, cuando ordenó continuar la investigación sobre esos pagos por servicios presuntamente no prestados.

Ahora, completada esa instrucción por parte del Juzgado de Instrucción Número 1 de Arrecife, la Audiencia Provincial concluye que hay "claros indicios delictivos" en la conducta de Fernández Camero, del ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, del ex secretario, Vicente Bartolomé Fuentes, y del ex trabajador municipal Antonio Fernández Martín. Para los tres primeros, la Fiscalía pide seis años de prisión y para el cuarto, cinco años y nueve meses. Todos ellos habían recurrido el auto del Juzgado que puso fin a la instrucción de la causa, pero sus recursos han sido rechazados por la Audiencia, en una resolución fechada el pasado 25 de enero.

Esta causa contra Camero surgió como una pieza separada del caso Yate. En ese procedimiento, el abogado estuvo imputado como supuesto "inductor de la conducta presuntamente delictiva de José Francisco Reyes", que se enfrenta a una petición de 25 años de cárcel por la concesión masiva de licencias ilegales en Playa Blanca. Sin embargo, en el caso de Fernández Camero, los cargos contra él se acabaron archivando, al no poderse acreditar que hubiera asesorado a Reyes. 

Precisamente por esa falta de pruebas de su asesoramiento, el fiscal Ignacio Stampa pidió entonces abrir esta nueva pieza. Y es que entre otras cosas, Camero cobraba unos 2.000 euros del Ayuntamiento todos los meses por supuestos servicios como asesor, pese a que no hay constancia de que se prestaran. Además de ese pago mensual, Camero cobraba también como letrado de la Corporación en distintos pleitos. Y todo ello, mientras a su vez trabajaba (directamente o a través de su despacho) para los promotores que obtuvieron licencias ilegales en Playa Blanca.

 

"Solapamiento de servicios profesionales"


Respecto a esos pagos mensuales que recibía Camero, la Audiencia reitera que no se ha "justificado" que el Ayuntamiento "tuviera que recurrir a los servicios del imputado de forma permanente a lo largo de los doce meses del año y, además, contratara a aquel como letrado en numerosas causas". De hecho, considera que hubo un "solapamiento de servicios profesionales de carácter jurídico", al cobrar como asesor y luego como abogado en los pleitos. 

"Ese asesoramiento podría ser prestado por el señor Fernández Camero como letrado en ejercicio, sin necesidad de percibir una retribución fija todos los meses a cargo de los presupuestos municipales", subraya el auto. Además, ve indicios de una "evidente y grosera" prevaricación, ya que también considera que se incumplió "la más elemental normativa en materia de contratación administrativa".

En su defensa, Camero sostuvo que se trataba de trabajos distintos y calificó de "prueba diabólica" el tener que demostrar que ese asesoramiento se llevó a cabo. Sin embargo, la Audiencia rechaza ese argumento. "Si los servicios se prestaron de forma continuada, todos aquellos que formaban parte de la Corporación municipal, y no resulten imputados, podrán testificar al respecto", subraya el auto, que agrega que durante la instrucción, no se ha aportado ni un solo testigo que permita confirmar que existía ese asesoramiento "continuado y permanente", como para justificar el cobro de una cantidad fija mensual.

En total, el abogado recibió del Ayuntamiento 229.395 euros por ese supuesto trabajo como asesor, a lo que se suman los pagos como abogado. Además, la Corporación le pagó incluso dietas, viajes y hasta taxis sin justificar. Y todo ello, según la Fiscalía, en virtud de un plan que "ideó" Camero y para el que contaba con un "concierto verbal con los otros tres acusados" en esta causa, que seguían sus "instrucciones".

 

Una certificación "íntegramente mendaz"


En cuanto a las pruebas documentales aportadas por la defensa, Fernández Camero presentó en diciembre de 2012 una certificación firmada, supuestamente, por el secretario accidental del Ayuntamiento de Yaiza, que aseguraba que los servicios sí se prestaron. Sin embargo, quien la firmaba era Antonio Fernández Martín, que cuando emitió esa certificación no ejercía el cargo de secretario. Así lo advirtieron el juez instructor y la Fiscalía, que calificó ese documento de "íntegramente mendaz en su contenido y en su forma". Poco después, el propio Fernández Martín fue imputado en la causa, ya que algunos de los pagos a Camero fueron autorizados por él mismo, cuando en algunos momentos del periodo que se investiga sí reemplazó a Bartolomé Fuentes como secretario interventor.

En su auto, la Audiencia concluye que esa certificación "no puede acreditar por sí misma que los servicios se prestaron de forma continuada y permanente". Respecto al resto de la documental aportada por la defensa de Fernández Camero, la Audiencia ya señaló en su día que "consiste en informes y dictámenes jurídicos, fundamentalmente, pero al margen de que no son muy numerosos, los mismos no tienen ningún sello de entrada en las oficinas municipales y otro registro que acredite que fueron efectivamente emitidos en el desarrollo de esa relación contractual permanente entre el imputado y la Corporación municipal y no como letrado contratado por la misma".

 

"Simplemente pretende dilatar la instrucción"


En su recurso pidiendo que se anulara el auto que cerró la instrucción de esta causa, Camero también alegaba que el juez no había admitido otras diligencias que solicitó. Sin embargo, la Audiencia recuerda que el propio auto que rechazó esta solicitud planteaba que "carece de pertinencia, pues simplemente pretende dilatar la instrucción de la presente causa". Concretamente, Fernández Camero pretendía que cada Juzgado certificara los pleitos en los que intervino, cuando esa información ya consta en la causa. 

"No existe ninguna necesidad de aportar a esta causa copia testimoniada, nada menos que de los litigios con sus correspondientes procedimientos de medidas cautelares, recursos de súplica, apelación, casación o amparo y ejecución derivados, en su caso, del litigio principal", concluye el auto, que considera que la diligencia que acordó en su día el juez instructor sobre este tema "es más que suficiente para acreditar en qué litigios ha intervenido".

En cuanto a las posibles dilaciones en esta causa, cabe recordar que con la instrucción ya cerrada, pidió personarse en el procedimiento la Asociación por la Defensa de la Legalidad y Garantías del Proceso Jiménez de Asúa. Esta asociación es la misma que ha intentado entrar en distintas piezas del caso Unión y que fue expulsada por la juez Silvia Muñoz. La propia Fiscalía se opuso a la personación en Unión, al considerar que la asociación podría ser un "caballo de Troya" con "intereses bastardos". Entre otras cosas, el fiscal Javier Ródenas advertía de que una nueva personación a esas alturas del procedimiento solo serviría para retrasarlo. En el caso de la causa contra Camero, el juez instructor sí aceptó la personación, aunque ha sido recurrida por la Fiscalía y aún debe ser resuelto ese recurso.

Además de en este procedimiento, Felipe Fernández Camero está imputado en el caso Unión, en el que fue detenido. En una pieza de esa causa, la única cuya instrucción sigue abierta en el Juzgado Número 5 de Arrecife, se le investiga por su etapa como secretario del Ayuntamiento de Arrecife, concretamente durante la etapa de María Isabel Déniz en la Alcaldía. En esa pieza de Unión también pidió personarse la Asociación de Juristas Jiménez de Asúa.

LO MAS LEÍDO