COMENZÓ A FORZAR A SUS HIJAS ADOPTIVAS CUANDO TENÍAN 8 Y 10 AÑOS

El TS ratifica la condena de 20 años de prisión a un padre por abusos sexuales a sus dos hijas

La Audiencia Consideró probado que este hombre abusó de sus dos hijas adoptivas desde que eran niñas, con 8 y 10 años respectivamente. Fue condenado a 10 años de cárcel por cada delito. Ahora el Supremo ha desestimado su recurso y mantiene esa condena... 

29 de abril de 2016 (11:37 CET)
El TS ratifica la condena de 20 años de prisión a un padre por abusos sexuales a sus dos hijas
El TS ratifica la condena de 20 años de prisión a un padre por abusos sexuales a sus dos hijas

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 20 años de prisión que la Audiencia Provincial de Las Palmas impuso a un hombre por abusar sexualmente de sus dos hijas adoptivas. Esos abusos se prolongaron durante años y desde que las niñas tenían solamente 8 y 10 años de edad, como relató la Fiscalía y consideró probado después la Audiencia. Ahora lo hace también el Tribunal Supremo, que ha desestimado el recurso de casación que interpuso Fermín B.S. y le impone además el pago de las costas procesales. 

Esa sentencia del 9 de julio de 2015, ratificada por este fallo de la Sala Segunda de lo Penal del Supremo, condenó a este hombre por dos delitos continuados de abusos sexuales, imponiéndole una pena de diez años de cárcel por cada uno. Además, el fallo establecía que debía indemnizar a cada una de sus hijas, que en ambos casos continúan padeciendo importantes secuelas psicológicas, con 60.000 euros por daños morales. Y, por último, establecía la prohibición de "aproximarse a las víctimas, a su domicilio y cualquier lugar frecuentado por aquellas, a una distancia inferior a 500 metros, así como comunicarse" con ellas "por cualquier medio" durante 15 años.

El condenado, para quien el juez decretó en julio de 2015 el ingreso en prisión tras la petición de Fiscalía por riesgo de fuga, recurrió el fallo basándose en cinco motivos, entre los que se encuentran varias infracciones de ley, "error en la valoración de la prueba" y, especialmente, la vulneración del principio constitucional de presunción de inocencia. Para este último, Fermín B.S. alegaba que "el testimonio de las testigos está lleno de contradicciones y no existen otras pruebas corraboradoras", recoge el fallo del Supremo. El alto tribunal, no obstante, considera que su recurso "no ha lugar" y lo desestima. 

Subraya, además, que "la suficiencia de la declaración de la víctima para desvirtuar la presunción de inocencia en delitos contra la libertad sexual es muy reiterado" en esa Sala, "por lo que nos vemos obligados a repetir, una vez más, una doctrina jurisprudencial que ya está muy consolidada".

 

Una infancia llena de "abusos"


Las dos niñas fueron adoptadas en 1994, cuando tenían 8 y 6 años, por el condenado y su esposa, junto con un hermano que tenía entonces 7 años. Ya en el momento de la adopción, los tres menores se encontraban "en situación de desamparo, por haber sufrido abusos sexuales en su familia de origen", recoge el fallo de la Audiencia. Dos años después, Fermín B.S. comenzó a forzar a las menores de forma reiterada y muy frecuente, según relata la sentencia, y las sometió a sus abusos durante más de una década. Una de las menores los sufrió hasta los 23 años y la otra hasta que decidió abandonar el domicilio familiar al alcanzar la mayoría de edad.

En algunas ocasiones, este hombre ya condenado llegaba incluso a abusar de ambas a la vez, "en el mismo acto", relataba el fallo. Actualmente ambas rozan la treintena y continúan padeciendo diversas patologías psicológicas por estos hechos.

Fermín B.G., que tiene ahora 62 años, comenzó abusando de la hermana mayor, cuando ésta tenía 10 años.  "Al poco tiempo, los tocamientos se convirtieron en penetraciones vaginales sin preservativo, casi a diario, hasta que ésta cumplió los 17 años, momento en que esta comienza a no acceder a los deseos de su progenitor y se niega a la penetración", relataba la sentencia de instancia. Los contactos sexuales a los que era obligada se convirtieron entonces en "tocamientos y sexo oral", hasta que la joven cumplió 23 años. A día de hoy, padece un "trastorno de estrés postraumático de curso crónico asociado a una sintomatología depresiva grave" por los abusos a los que fue sometida.

En el caso de su hermana, que es dos años menor, este hombre comenzó a perpetrar los "mismos actos" cuando ésta tenía tan sólo 8 años. La sentencia de la Audiencia explicaba que "la primera vez" fue "una noche en el que el procesado entró en el dormitorio de las menores, estando su hermana mayor dormida en la otra cama y se dirigió a la pequeña diciéndole que no ha iba a regañar por haber suspendido un examen". 

Aquella noche fue la primera de una serie de abusos "muy frecuentes", "sin poder precisarse cuantos", que cesaron solo con su marcha de la casa. Al igual que en el caso de la hija mayor, los abusos se producían "primero en la habitación que la menor compartía con su hermana y después en su propia habitación, aunque también en ocasiones ocurrieron en otros lugares de la casa, como el salón, cuando su madre no estaba en la vivienda". A consecuencia de ello, la hermana menor padece actualmente "un trastorno de estrés postraumático".

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