Tribunales

Rosa se queda solo recurriendo la sentencia que anuló el Plan de La Geria

Afirma que existe "interés casacional" para el recurso por la "enorme trascendencia del Plan invalidado" y sostiene que los vinos de La Geria ya eran "muy apreciados en la edad antigua, en particular en la era romana"

Rosa se queda solo recurriendo la sentencia que anuló el Plan de La Geria

El empresario Juan Francisco Rosa ha decidido continuar en solitario la batalla en los tribunales para intentar mantener vivo el Plan Especial de La Geria, ya que afirma que la anulación de este documento le "perjudica". De hecho, Rosa ha utilizado este Plan como una de las principales bazas de su defensa en el caso Stratvs, donde la Fiscalía le pide 15 años de prisión por delitos urbanísticos, contra el medio ambiente y contra el patrimonio, entre otros, por la construcción y explotación ilegal de esa bodega. Según alegó el propio empresario en su defensa en la causa penal, Stratvs quedó "perfectamente legalizada" con la aprobación de ese Plan que ha sido anulado.

Tras conocerse el fallo que el pasado 2 de noviembre anuló el documento, el presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, compareció ante los medios para anunciar que pediría al Gobierno de Canarias que recurriera la sentencia y que, si el Ejecutivo regional no lo hacía, se plantearía hacerlo la Corporación insular. Sin embargo, un mes después, el consejero de Política Territorial del Cabildo, Marcos Bergaz, confirmó que no presentarían ese recurso, ya que los informes solicitados a los servicios jurídicos concluían que no sería siquiera admitido a trámite, al no existir "interés casacional". Y tampoco ha recurrido el fallo el Gobierno de Canarias, tal como aseguraron el pasado viernes a La Voz desde la Consejería de Política Territorial, que ya daba por anulado definitivamente el documento.

Sin embargo, quien sí ha decidido recurrir es Juan Francisco Rosa, a través de la sociedad titular de la bodega, BTL Lanzarote. Y lo ha hecho a última hora, agotando todos los plazos legales previstos e incluso sumando más días, ya que alega que tras dictarse la sentencia, se pidió por una de las partes una aclaración del fallo, relativa al pago de las costas del procedimiento, a la que no se respondió hasta el 29 de noviembre. Así, su defensa sostiene que el plazo para recurrir terminaba el pasado viernes 13 de enero, que es cuando está fechado su escrito, y que podía presentarse hasta este lunes 16, que es cuando ha sido notificado.

 

Los vinos de Lanzarote, "muy apreciados en la era romana"


En realidad, lo que ha hecho Rosa es dirigirse a la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que fue quien dictó la sentencia admitiendo el recurso presentado por Agustín Márquez y anulando el Plan, para anunciar su intención de presentar un recurso contra ese fallo ante el Tribunal Supremo. Y entre otras cosas, se centra en justificar por qué sí existe "interés casacional" para que su recurso sea admitido a trámite. Para ello, lo que hace Rosa es defender la importancia del Plan anulado. "Es el instrumento de ordenación de un importantísimo espacio natural –sorprendente y, también, contradictoriamente-, creado por el hombre con inmensa tenacidad e ingenio, que ha dado lugar a un bellísimo paisaje, convertido en el medio de vida de muchas personas que, en general, lo cuidan con mimo", sostiene en el escrito.

Además, vincula el éxito de este espacio "al éxito de sus bodegas" y a "los vinos malvasía y moscatel de Lanzarote". Sobre esos vinos, llega a afirmar que ya eran "muy apreciados en la edad antigua, en particular en la era romana". Cabe recordar que la bodega más antigua de la isla, que a su vez es la más antigua de Canarias, es El Grifo, que empezó a funcionar en el siglo XVIII, tras las erupciones volcánicas de 1775. Y las primeras referencias sobre la plantación de viñas en las islas datan del siglo XV, diez siglos después de la caída del imperio romano y del fin de la "edad antigua". En el caso de Stratvs, tiene poco más de 10 años y se construyó de forma ilegal, aunque ha pretendido obtener un trato igual al de las bodegas históricas de La Geria.

"No es intrascendente o irrelevante desde la perspectiva casacional", insiste el escrito de Rosa para defender el recurso, dado que la última reforma de la jurisdicción contencioso administrativa establece que el Tribunal Supremo puede determinar si existe o no ese "interés casacional" para admitir a trámite un recurso de esas características, debiendo fundarse en la infracción de normas del Derecho estatal o de la Unión europea que sea relevante y determinante del fallo impugnado. De hecho, precisamente por eso el Gobierno canario y el Cabildo han decidido no recurrir, al no encontrar argumentos que pudieran ser admitidos a trámite. Rosa, por su parte, se aferra a la "enorme trascendencia del Plan invalidado", sin el que afirma que el "singular, bello y fructífero paisaje protegido" de La Geria queda "huérfano de ordenación".

 

Lo que hizo la Cotmac "es lo que procedía", según Rosa


En su escrito, la defensa de Juan Francisco Rosa señala que "no está conforme con la sentencia" del TSJC y que es "contraria a sus pretensiones", "por lo que le es perjudicial". En cuanto al motivo en el que basa su recurso, asegura que el fallo "infringe normas estatales y jurisprudencia", aunque en esencia se centra en cuestionar la valoración realizada por el TSJC al anular la aprobación del Plan.

En esa sentencia, el Tribunal concluía que el Gobierno de Canarias no ejecutó debidamente el fallo que anuló el primer Plan de La Geria, ya que en lugar de iniciar de nuevo la tramitación, lo que hizo fue "convalidar" trámites seguidos con el primer documento y volver a aprobarlo. Sin embargo, tal como hizo al oponerse al recurso de Agustín Márzquez, la defensa de Rosa insiste ahora en que ése era el trámite que se debía seguir. "Es lo que procedía", sostiene en su escrito, en el que afirma que la valoración del TSJC "no se ajusta a la realidad".

En su escrito, Rosa también hace referencia a otro de los puntos de la sentencia, que señalaba que la Cotmac "introdujo de forma indebida y falsa un inciso inexistente en el fallo". Concretamente, al tomar conocimiento de esa resolución judicial, la Cotmac señaló en su acuerdo que la sentencia anulaba el Plan "retrotrayendo el expediente al momento anterior a la aprobación", cuando el fallo, tal como subrayó el pasado mes de noviembre el TSJC, "en ningún caso se limita a la nulidad de un determinado trámite, sino que se explicita la causa que origina la declaración de nulidad de pleno derecho".

Al respecto, el empresario admite que "es cierto que la sentencia no lo consignó", pero considera que "sin duda" eso no altera las cosas", ya que retrotraer el expediente "es lo que acuerda la Cotmac" y, "por otra parte, es lo que procedía". Además, cuestiona que lo que hace la nueva sentencia es "anular de forma implícita" ese acuerdo de la Cotmac de septiembre de 2012, tomando conocimiento del fallo, y no el que se impugnaba, que es el que aprobó de nuevo el Plan, de forma definitiva y parcial, en enero de 2013.

Entre los preceptos legales que supuestamente incumple el fallo, según Rosa, está el que obliga a "ejecutar una sentencia en sus propios términos", ya que según él eso es lo que hizo el Gobierno de Canarias, aunque el TSJC concluyó justo lo contrario y por eso volvió a anular el documento.

 

Jurisprudencia basada en el decreto de las prospecciones


La otra supuesta "infracción" de la sentencia, según la defensa de Rosa, es contra la jurisprudiencia del Tribunal Supremo, ya que sostiene que "anular disposiciones generales reglamentarias no invalida la totalidad de las mismas". Para sostenerlo, cita solo resoluciones relativas a un caso concreto: el decreto que autorizó las prospecciones petrolíferas frente a Lanzarote y Fuerteventura en el año 2012, después de que los primeros permisos otorgados a Repsol fueran anulados por los tribunales.

Así, el empresario extrapola este caso,  que nada tiene que ver con la aprobación de un planeamiento y que hace referencia a una sentencia concreta, con el trámite que debía seguirse para volver a aprobar el Plan de La Geria. Y según su defensa, esto ya lo alegó en primera instancia y fue "silenciado por la sentencia". Es decir, que no fue estimado al dictar el fallo que pretende recurrir.

Ahora, Rosa pide que el TSJC admita su escrito y dicte un auto "emplazando a las partes para su comparecencia dentro de 30 días ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, con remisión de los autos originales y el expediente administrativo". Y con ello, de momento, ha conseguido que la anulación del Plan de La Geria no sea firme, al menos hasta que el Tribunal decida si admite a trámite su recurso.