Tribunales

La juez ordena abrir diligencias contra el testigo amigo de Dimas y tilda de mofa su declaración

Considera que prestó una declaración ?parca, parcial y con lagunas deliberadas y en nada creíbles? y pide que se le investigue por un delito de falso testimonio

La juez ordena abrir diligencias contra el testigo amigo de Dimas y tilda de mofa su declaración

La declaración que prestó uno de los testigos durante el juicio de Los Rostros “no puede sino tildarse de mofa hacia la Administración de Justicia”. Eso es lo que sostiene la juez del Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife, Margarita Gómez, que ha ordenado que se abran diligencias contra este testigo, David Gutiérrez Marichal, ya que considera que pudo incurrir en un delito de falso testimonio.

En la sentencia condenatoria contra Dimas Martín, la magistrada señala que este testigo, que afirmó ser amigo del líder histórico del PIL, prestó una declaración “parca, parcial y con lagunas deliberadas y en nada creíbles”. Y todo ello pese a “haber sido apercibido de la posibilidad de incurrir en delito de falso testimonio, insistiendo a pesar de ello en contestar de forma reticente o a cosas distintas de lo que se le preguntaba, pretendiendo no entender las preguntas claras y exentas de dificultad que le formulaba el Ministerio Fiscal”, señala la juez, recordando que ella misma advirtió al testigo durante su declaración.

Gutiérrez Marichal fue llamado a declarar en el juicio como responsable de la ejecución de las obras en la vivienda familiar de Dimas Martín, pero durante la visita repitió una y otra vez que no recordaba nada. Ni haber ido a la finca, ni para qué había ido, ni con quién se iba a reunir. Ni siquiera reconoció su voz en las conversaciones telefónicas que se escucharon durante el juicio, y que fueron interceptadas por la UCO dentro de la investigación del caso Unión.

 

"Queda patente que realizaba trabajos en la construcción del acusado"


“No obstante sus esfuerzos por evadir las preguntas que se le formulaban, queda patente que realizaba trabajos en la construcción del acusado”, señala la magistrada en la sentencia, agregando que es indistinto si lo hacía “por amistad” o “como un trabajo remunerado”, que fue lo que negó con más rotundidad el testigo.

La magistrada recuerda que cuando un agente de la Guardia Civil fue a realizar una inspección en las obras de Los Rostros en el año 2009, a quien encontró allí fue a David Gutiérrez Marichal, que “se identificó como el encargado de las obras”. Sin embargo, en el juicio, tras haber dicho primero que no recordaba haber ido en esa fecha, terminó señalando que “no estaba en la finca, sino llegando a la finca, y que el agente le dio el alto sin más cuando iba caminando, preguntándole quién era”, tal como reproduce la juez en la sentencia.

Además, hace referencia también a las conversaciones telefónicas que el fiscal pidió que se escucharan durante la declaración de este testigo, ante sus “problemas de memoria” para recordar los hechos por los que se le estaba preguntando. Y en esas conversaciones, se le escucha hablar con Dimas Martín, que “le pregunta por el desarrollo de la obra, dándole instrucciones sobre la misma”. Sin embargo, la respuesta entonces del testigo fue manifestar que “no se reconoce en la audición”. “Y contesta a la pregunta de si esa es su voz que ‘lo será’, añadiendo que él nunca ha mantenido una conversación tan larga, refiriéndose a que duraba más de un minuto”, subraya la magistrada.

 

"Respondió que tiene una enfermedad, pero que no recuerda cuál"


Además, la sentencia recuerda también que el fiscal Javier Ródenas llegó a preguntar al testigo “por su falta de memoria y si tenía enfermedad diagnosticada al respecto”, a lo que Gutiérrez Marichal “respondió que sí, pero que no se acuerda de qué enfermedad y acaba su intervención señalando que lo único que él ha escuchado tras la audición es lluvia”.

Por todo ello, la magistrada pide que se deduzca testimonio de lo ocurrido en el juicio y que se abran diligencias para investigarle por un delito de falso testimonio. Al respecto, subraya la “gran importancia” que tiene la declaración de los testigos en el juicio y recuerda que en el Código Penal está castigado “faltar sustancialmente y de forma maliciosa a la verdad”.

En concreto, la juez considera que podría haber incurrido en un delito tipificado en el artículo 460, que se aplica “cuando el testigo, perito o intérprete, sin faltar sustancialmente a la verdad, la alterare con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes que le fueran conocidos”. Para esos casos, se contemplan penas de “multa de seis a doce meses y, en su caso, de suspensión de empleo o cargo público, profesión u oficio, de seis meses a tres años”.