Tribunales

Condenado el diario ABC por vulnerar el honor del juez Pamparacuatro con el caso Unión

El periódico y uno de sus redactores deberán indeminizar solidariamente con 30.000 euros al magistrado, por publicar de manera inveraz que el juez estaba siendo investigado por falsedad en la causa

El magistrado César Romero Pamparacuatro

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puerto de la Cruz (Santa Cruz de Tenerife) ha condenado al periódico de tirada nacional ABC y a uno de sus redactores por intromisión ilegítima del derecho al honor del magistrado César Romero Pamparacuatro, al publicar de manera inveraz que el juez estaba siendo investigado por falsedad en el caso Unión. Según el fallo, deberán indeminizar solidariamente con 30.000 euros al magistrado, actual titular del Juzgado de Instrucción número 1 de La Laguna. 

Además de la indemnización, la sentencia obliga al periódico ABC a publicar en su edición de papel, al día siguiente de que la resolución adquiera firmeza -se trata de una resolución recurrible - el encabezamiento y el fallo, en varias páginas y secciones del diario y bajo el titular “Condena al diario ABC y a Javier Chicote por lesión del derecho al honor del magistradon don César Romero Pamparacuatro”.

Según recapitula la resolución judicial, el 14 de diciembre de 2015, en la edición nacional del ABC, en la sección España, y ocupando “completamente las páginas 28 y 29” se publicaron dos informaciones bajo sendos titulares “de gran tipografía y en negrita”, incluyendo subtítulos, siendo el primero de ellos 'Un juez, un secretario y dos guardias civiles falsearon el mayor caso de corrupción de Lanzarote', y el segundo 'La actuación de los funcionarios puede llevar a la nulidad del caso'.

Igualmente, según agrega el fallo, en ese mismo periódico y fecha, y en la sección 'A los cuatro vientos', se publicó un suelto bajo el título 'Lanzarote, caso Unión: cerco a un juez, un secretario y dos guardias civiles'.

La sentencia afirma que cuando el periódico publicó estas informaciones referentes al sumario conocido como caso Unión, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, único órgano competente para imputar delitos a un juez ejerciente en las islas, no dirigía ninguna investigación contra el magistrado Pamparacuatro, y el juez que entonces asumía la instrucción de este caso (Rafael Lis, tras el cambio de destino de Pamparacuatro) en ningún momento había presentado cargos contra su compañero. “Es por ello que en modo alguno puede sostenerse que ni que existiera investigación judicial alguna contra el actor, ni que de auto alguno se desprendieran indicios de responsabilidad criminal contra el mismo”, dice la sentencia.

Concluye el fallo que la conducta del medio y del periodista que firmó la información no fue diligente, y por tanto la información no fue veraz en lo que concierne al calificar que está siendo investigado y que existen indicios contra él al atribuyendo trascendencia penal respecto de él de la de las irregularidades en las investigaciones judiciales en las que este había participado”.

La sentencia agrega que el medio “no actuó de forma diligente y que con los citados titulares, fundamentalmente se limitó a difundir simples rumores o invenciones que desacreditaban los procesos judiciales que se seguían sobre determinados casos de corrupción para lo cual difamó a quien participó en la investigación y la instrucción de tales casos, en concreto, el aquí demandante." "Al no ser veraces, puesto que no consta que el demandado actuara diligentemente para comprobar que sus afirmaciones se correspondían con la realidad, la intromisión en el honor del demandante es ilegítima y desproporcionada”, añade. 

No obstante, la sentencia es susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife.