Tribunales

La Audiencia Provincial juzga a cuatro personas acusadas de introducir y vender droga en Lanzarote

La Fiscalía señala que el "cabeza" del entramado se valía de otro de los acusados para recoger a los "correos humanos" que llegaban a Madrid desde Lanzarote y le proporciona la droga

Fachada juzgados de Arrecife. Foto: José Luis Carrasco. Empleo.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial juzgará el próximo martes a cuatro acusados de introducir y distribuir droga en Lanzarote. 

El Ministerio Fiscal en su escrito de acusación sitúa a "la cabeza del entramado" a M.A.C.P., condenado por un delito de Atentado no computable a efectos de reincidencia. Este hombre presuntamente dirigía la introducción de cocaína en la isla, para luego distribuirla de forma ilícita. Para ello, se valía de "correos humanos" o "mulas". 

La Fiscalía señala que el "cabeza" del entramado se valía de otro de los acusados A.J.R.R. para recoger a los "correos humanos" que llegaban a Madrid desde Lanzarote y le proporciona alojamiento, así como sustancia estupefaciente para trasladarla a la isla.

Al mismo tiempo, de acuerdo con el Ministerio Público, se apoyaba de N.R.P.B. y de D.F.M.M. para vender la cocaína.

El Ministerio Fiscal señaló que D.F.M.M. y M.A.C.P. idearon que la acusada J.L.G.V. trasladara la droga el pasado 27 de julio de 2019 en un vuelo entre Madrid y Lanzarote. En este caso, la acusada J.L.G.V. presuntamente trasladó 911 gramos de cocaína con una riqueza del 29,36% que alcanzaría en el mercado ilítico 34.933,855 euros.

A raíz de ello, el 22 de noviembre de 2019, se registró el domicilio del acusado N.R.P.B., localizado en la calle Huelva de Arrecife. En el registro se interceptaron 25,56 gramos de cocaína con una riqueza del 28,75% que ascendía a 948,513 euros. Además se le incautó un móvil. 

El mismo 22 de noviembre de 2019, también se registró en domicilio de M.A.C.P., en la calle Tinamala de Arrecife, se incautó dos teléfonos móviles, una tablet, una tarjeta de Lycamovil y una prensa hidráulica. 

Mientras que al acusado D.F.M.M. se le intervino un móvil, así como una tarjeta SIM y 1.260,95 euros en efectivo. 

Por su parte, la acusada J.L.G.V. permaneció en prisión provisional desde el 30 de julio de 2019 hasta el 16 de noviembre de 2020, mientras que A.J.R.R. permaneció solo diez días del 17 de diciembre de 2019 al 27 de diciembre de ese mismo año.

La Fiscalía considera que estos hechos constituyen un delito contra la salud pública en modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud.

Para M.A.C.P. solicita una pena de seis años de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y multa de 107.707,104€. 

Mientras que para el resto pide cinco años y seis meses de prisión, e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y multa de 107.707,104€