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Así son las principales restricciones que entran en vigor desde este viernes en Lanzarote

El cierre de la isla a entradas y salidas, la ampliación del toque de queda y la prohibición de reuniones son los mayores cambios, aunque cada uno contempla excepciones

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Lanzarote afrontará desde este viernes y hasta dentro de al menos 14 días nuevas restricciones, que se suman a las que ya estaban en vigor. En la práctica, la principal consecuencia de la entrada de la isla en el nivel de alerta 3 implicará el 'cierre' de la isla a entradas y salidas no justificadas, así como una mayor limitación de movimientos y de reunión, pero no afectará ni a la continuidad de la actividad comercial y de hostelería -que sí tendrá más restricciones-, ni tampoco a las clases, que se mantendrán como hasta ahora.

Las principales restricciones que implica el nuevo nivel, endurecidas desde el pasado fin de semana, son las siguientes:

 

Limitación de entrada y salida de la isla

Solo podrán viajar fuera de Lanzarote o regresar a la isla las personas que lo hagan por causas “debidamente justificadas”, contempladas en el decreto por el que se declaró el estado de alarma:

- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

- Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada

 

Toque de queda nocturno

Se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22:00 h y las 06:00 h todos los días. Esto supone adelantar una hora el inicio del toque de queda, que desde el pasado lunes ya estaba fijado en las 23 horas.

Al igual que con las entradas y salidas de la isla, sí se podrá salir de casa en ese horario por causas justificadas, entre las que se incluyen: 

- Adquisición de medicamentos y productos sanitarios en oficinas de farmacia.

- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

- Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.

- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

- Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

- Asistencia y cuidado de animales domésticos o en explotaciones ganaderas.

 

Se restringen las reuniones sociales y familiares

El decreto establece que en el nivel de alerta 3, la permanencia de personas tanto en espacios de uso público como privado, cerrados o al aire libre, quedará limitada a las personas convivientes, salvo en hostelería y restauración y respetando el número máximo de 4 usuarios por mesa. Esto implica que durante al menos 14 días no se podrá quedar con nadie, salvo que sea en un bar o restaurante.

 

Nuevas restricciones en bares y restaurantes

De acuerdo con la nueva limitación horaria establecida por el toque de queda, los establecimientos de hostelería y restauración deberán cerrar antes de las 22 horas. 

Además, se prohíbe el servicio en las zonas interiores (salvo en centros sanitarios, centros de trabajo para el consumo de personal y alojamientos turísticos para el uso exclusivo de los huéspedes), por lo que se deberá atender en las terrazas. El número máximo de comensales por mesa será de cuatro personas, y en este caso sí podrán juntarse no convivientes, siempre que no superen esa cifra.

 

Cierre de establecimientos y locales de juegos y apuestas

En el nivel de alerta 3, los casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos y de juegos, locales de apuestas externas y otros locales e instalaciones asimilables deberán permanecer cerrados.

 

Prohibido el deporte en interiores y limitaciones máximas al aire libre

En el nivel de alerta 3 se prohíbe la práctica de actividad física y deportiva en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos. En cuanto a la actividad al aire libre, “puede llevarse a cabo individualmente y siempre que pueda mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente”.

El decreto establece que no podrán practicarse deportes de equipo ni aquellas prácticas o ejercicios en los que no pueda garantizarse el mantenimiento de dicha distancia en todo momento. 

 

Prohibidas las visitas en hospitales y centros sociosanitarios

En los centros hospitalarios se suspenden las visitas externas salvo en el caso de menores de edad, gestantes, de acompañamiento a pacientes terminales y aquellas otras situaciones clínicas que se consideren necesarias a criterio del facultativo.

En las residencias de mayores, se suspenden las salidas de los residentes fuera de los centros y las visitas externas, salvo en el caso de acompañamiento a pacientes terminales y aquellas otras situaciones que se consideren necesarias a criterio de la dirección del centro por motivo sanitario. De esta limitación estarán exentos aquellos pacientes que sean casos confirmados con infección resuelta.

 

Transporte público

Durante el horario del toque de queda, solo se permitirá el uso del transporte público a las personas que acrediten desplazamientos para la realización de actividades esenciales.

Además, al igual se había establecido ya desde la entrada en el nivel de alerta 2, el aforo máximo deberá ser del 50%.