FUE SUSPENDIDA DURANTE SIETE DÍAS Y RECURRIÓ LA RESOLUCIÓN, PERO SIN ÉXITO

La Justicia confirma la sanción a una policía nacional que "protagonizó un escándalo" en el bar Kopas

La sentencia considera acreditado que la agente, que no estaba de servicio, se encontraba ebria e insultó a los responsables del local. Después, se puso a bailar cuando llegó la policía

5 de marzo de 2018 (22:39 CET)
La Justicia confirma la sanción a una policía nacional que protagonizó un escándalo en el bar Kopas
La Justicia confirma la sanción a una policía nacional que protagonizó un escándalo en el bar Kopas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la sanción impuesta a una agente de la Policía Nacional que fue suspendida de sus funciones durante siete días tras "protagonizar un escándalo" en el hall de entrada a la discoteca Kopas de Arrecife. La funcionaria recurrió esa resolución sancionadora, que fue dictada en enero de 2016 por el director general de la Policía, pero la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM ha rechazado su recurso, al considerar probado que incurrió en una falta grave prevista en el régimen disciplinario de la Policía Nacional, que sanciona la conducta de "embriagarse o consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas fuera del servicio, cuando tales circunstancias tengan carácter habitual o afecten a la imagen del Cuerpo Nacional de Policía".

Los hechos ocurrieron en junio de 2015, sobre la 1 de la madrugada, cuando la agente estaba fuera de servicio y acudió a esta discoteca. Según señala la sentencia, estando en el exterior del local y en el hall de entrada "protagonizó un escándalo, hallándose en estado de embriaguez, y en estas circunstancias, insultó y amenazó a uno de los responsables de dicho establecimiento, al que le dijo ‘calvo de mierda’ y que iba a arruinarle y a joderle la vida, a la vez que decía que era Policía y se identificaba con los distintivos policiales del Cuerpo Nacional de Policía (placa emblema y carnet)". 

Agentes de este mismo cuerpo policial acudieron entonces a la discoteca, tras ser requeridos por el personal del local, pero cuando llegaron su compañera desatendió sus indicaciones. "¿Quién eres tú?", "no estoy hablando contigo", le dijo a uno de ellos, según el parte que presentaron después los agentes. En él se detallaban varios "síntomas de embriaguez", entre los que incluían los "insultos" que profirió y el hecho de que se identificara como policía, así como "habla pastosa, repetición de ideas, ojos vidriosos, dificultades motrices para mantenerse en pie, habla incoherente; habla balbuceante y aliento etílico".

 

Alega que la instrucción del expediente fue "malintencionada"


Tras ser sancionada en un procedimiento interno, la agente presentó un recurso en los tribunales, que es el que ahora ha sido desestimado. En su defensa, sostenía que el procedimiento disciplinario que se inició contra ella era nulo, "al derivar de una información reservada" en la que "de manera torticera, malintencionada e interesada solo se recibió declaración a los agentes que firmaban las minutas, así como al propio responsable de la discoteca en que tuvieron lugar los hechos".

También alegaba que las declaraciones de los testigos no fueron "coherentes ni unánimes" y que caían "en graves y numerosas incoherencias, quedando privadas así de valor probatorio". Incluso, acusaba a algunos de "faltar a la verdad". Sin embargo, la sentencia considera que la recurrente "se esfuerza en vano en echar de lado los testimonios" y concluye que "con suficiente grado de verificación", esos testimonios "acreditan su estado de embriaguez".

"Nada menos que nueve testimonios, cinco de ellos de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que se personaron en la discoteca a requerimiento de la Sala del 091, y todos ellos confirman de manera coincidente, unánime e inequívoca el estado de embriaguez y que mantenía una actitud altiva y desafiante", señala la sentencia. Además, a esas declaraciones se sumaron las de otros testigos particulares que estaban aquella noche en el bar, y que "manifiestan de forma unánime, sin contradicciones y coherentemente" que esta policía "mostró su carnet profesional y su placa emblema a los porteros de la discoteca, y observaron cómo profería insultos y amenazas", así como "que se encontraba ebria".

Incluso, la sentencia agrega que "llegaba al extremo el estado de la recurrente que se puso a bailar, a modo de burla, ante la presencia de los policías que llegaron". "Y no, no hace falta un alcoholímetro u otro instrumento de medición para considerar acredita la embriaguez de la recurrente", añade el Tribunal. Por eso, desestima el recurso y confirma la sanción, imponiéndole además el pago de las costas judiciales generadas.

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