IMPONE A LA CORPORACIÓN EL PAGO DE LAS COSTAS GENERADAS

El TSJC rechaza un recurso "errático" y "carente de rigor" del Cabildo en el pleito de la Cueva

La Corporación pretendía que no se dictase sentencia definitiva y que se diera directamente por válido el acuerdo extrajudicial

5 de abril de 2017 (23:03 CET)
El TSJC rechaza un recurso "errático" y "carente de rigor" del Cabildo en el pleito de la Cueva
El TSJC rechaza un recurso "errático" y "carente de rigor" del Cabildo en el pleito de la Cueva

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha rechazado un recurso presentado por el Cabildo de Lanzarote en el pleito de la Cueva de Los Verdes, calificando de "erráticas" sus alegaciones y señalando que el texto "carece de rigor". Con ese recurso, la Corporación pretendía que se anulara la fecha prevista para emitir el fallo definitivo en ese procedimiento y que se archivasen los recursos presentados por el propio Cabildo y por la EPEL de los Centros Turísticos contra la sentencia de primera instancia.

Aquel fallo condenó al Cabildo a devolver la Cueva al Ayuntamiento de Haría y a pagar una indemnización millonaria. Sin embargo, tras el cambio de gobierno en el Consistorio norteño, ambas instituciones alcanzaron un acuerdo extrajudicial, que aún no ha sido avalado por los tribunales.

El pasado 23 de enero, el TSJC dictó una providencia señalando la fecha para la votación y fallo, y esa providencia fue la que recurrió el Cabildo, que aparece como apelante junto a los Centros Turísticos. Con su recurso, pedía que se dejara sin efecto el señalamiento para la votación y fallo del recurso, y que se procediera directamente a avalar el acuerdo alcanzado entre las partes, pero el Tribunal ha dejado claro que sí habrá sentencia.

 

"Se cual sea su contenido, se resuelve por sentencia"


"Sea cual sea su contenido, el recurso de apelación se resuelve por sentencia", y "por ello no puede dejarse sin efecto", responde la nueva resolución del TSJC, fechada el pasado 10 de marzo. Además de señalar que "el recurso carece de rigor y debe ser desestimado", el auto judicial también cuestiona los pasos "erráticos" de la Corporación en los últimos meses.

Así, recuerda que el pasado 8 de noviembre "pidió al Tribunal la terminación del proceso" y reiteró esa solicitud en otro escrito presentado el 28 de diciembre. "No se alcanza a comprender cómo ahora se alega la falta de celebración de vista y conclusiones escritas, que es contradictorio con sus ulteriores solicitudes de terminación del proceso", sostiene el TSJC.

Además de rechazar las pretensiones de la institución insular, el auto le impone el pago de las costas generadas con este nuevo recurso.

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