SEGÚN LA SENTENCIA, FUE DESTITUIDO CON UNA "PALMARIA FALTA DE MOTIVACIÓN"

El TSJC confirma que San Ginés cesó de forma ilegal a Polo Díaz

El Tribunal desestima el recurso del Cabildo y ratifica el derecho del funcionario a ser restituido en el puesto, condenando a la Corporación a pagar las costas del proceso

27 de julio de 2017 (15:20 CET)
El TSJC confirma que San Ginés cesó de forma ilegal a Polo Díaz
El TSJC confirma que San Ginés cesó de forma ilegal a Polo Díaz

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado que el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, destituyó a Polo Díaz como jefe de la Oficina del Plan Insular de forma ilegal. La nueva sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo y fechada el pasado 18 de julio, desestima el recurso de apelación presentado por el Cabildo contra el fallo de primera instancia, que ya había dado la razón al funcionario. Así, el TSJC ratifica que la resolución de San Ginés por la que apartó a Polo Díaz de su puesto en junio de 2015 es nula de pleno derecho.

El Alto Tribunal considera que las razones que llevaron al Juzgado de primera instancia a declarar ilegal el cese del ex director del Plan Insular (al haber apreciado que fue una decisión arbitraria que vulneró los derechos fundamentales del funcionario)  dejando sin efecto su destitución, "son impecables y se bastan por sí solos para desestimar el recurso" interpuesto por el Cabildo. Hasta el punto de que la sala concluye que los fundamentos que llevaron al Juzgado de instancia a declarar ilegal el cese de dicho funcionario "en realidad no puede decirse que hayan sido seriamente cuestionados en el recurso de apelación".

Con esta nueva sentencia, se confirma, en segunda instancia, la nulidad de la resolución de Pedro San Ginés que destituyó al Polo Díaz como director del Plan Insular arbitrariamente, la cual "se deja sin efecto" y, asimismo, "se reconoce el derecho del recurrente a ser reingresado en el puesto de trabajo en que fue cesado, con reintegro de las retribuciones dejadas de percibir desde su cese hasta la fecha de su efectiva reincorporación".

Cuatro sentencias favorables al funcionario que confirman la ilegalidad de los actos del presidente contra Polo Díaz


A las dos sentencias que han confirmado la nulidad de la destitución del director del Plan Insular, se suman otras dos sentencias anteriores de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia y del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de Las Palmas de 22 de diciembre de 2015, que también declararon ilegal otra resolución de Pedro San Ginés contra el citado funcionario. En concreto, la resolución que fue dictada el 22 de octubre de 2010, y en la que el presidente del Cabildo ordenó que dicho funcionario no emitiese informes de compatibilidad con el plan insular en el procedimiento de legalización de un hotel ilegal en Playa Blanca, cuya licencia había sido impugnada por el propio Cabildo.

En este caso, primero fue el Alto Tribunal canario quien dio la razón al funcionario en sentencia de 22 de septiembre de 2013, reconociendo su derecho a impugnar la resolución del presidente del Cabildo que estimó su recusación y le apartó de emitir informes en expedientes urbanísticos propios de su dependencia, rechazando los argumentos del Cabildo defendiendo que el funcionario no podía recurrir judicialmente la decisión del presidente.

Después, fue el Juzgado nº2 de Las Palmas el que en sentencia de 22 de diciembre de 2015, volvió a dar la razón al ex director de la Oficina del PIOT declarando ilegal y dejando sin efecto la resolución del presidente que apartó al funcionario de emitir informes en un expediente en el que estimó la recusación planteada contra el mismo por un promotor, cuando en realidad no existía ninguna causa legal para ello.

 

"Llevó a efecto su personal voluntad, apartándose de la ley"


Se da la circunstancia de que por parecidas razones a las que han sido apreciadas por los tribunales de lo contencioso administrativo para anular el cese del director del Plan Insular (considerándolo un acto arbitrario que se aparta de la ley) la pasada semana el Juzgado de Instrucción nº2 de Arrecife dictó auto en las diligencias penales por la incautación de la desaladora de Montaña Roja acordando iniciar los trámites para llevar a juicio penal al Presidente del Cabildo por "llevar a efecto su personal voluntad, apartándose de la ley", interviniendo la referida propiedad privada sin autorización judicial para ello y con asesoramiento del abogado y amigo personal del San Ginés, Ignacio Calatayud, que también trabajaba para Canal Gestión, beneficiaria directa de esa intervención.

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