LA AUDIENCIA DE MADRID NOMBRA LA CONDENA DEL SUPREMO EN LA PIEZA DE BATLLORI

Las sentencias del caso Unión ya se citan como jurisprudencia en otros fallos en España

La mayor causa de corrupción abierta en Lanzarote tiene ya cuatro condenas, tres de ellas firmes, y varias piezas listas para ir a juicio

24 de enero de 2017 (22:28 CET)
Las sentencias del caso Unión ya se citan como jurisprudencia en otros fallos en España
Las sentencias del caso Unión ya se citan como jurisprudencia en otros fallos en España

Siete años y medio después de que estallara la Operación Unión, la causa cuenta ya con cuatro sentencias condenatorias, tres de ellas firmes, e incluso los fallos han empezado a ser citados como jurisprudencia por otros tribunales. Así lo hizo la Audiencia Provincial de Madrid en una sentencia fechada el pasado 26 de noviembre, en la que condenó a tres personas por malversación, prevaricación y falsedad documental, por el pago de facturas por servicios no prestados desde el Ayuntamiento de Humanes de Madrid, en ese caso a una autoescuela.

En su fallo, la Audiencia madrileña hace referencia a la sentencia del Tribunal Supremo por los pagos de Inalsa y el Ayuntamiento de Arrecife a Francisco Rodríguez Batllori por servicios no prestados, que fue la primera pieza del caso Unión en ir a juicio. Y lo hace para rebatir los argumentos de las defensas, concluyendo que "la ausencia de reparo o control por parte del órgano concernido que interviene en el pago, no borra la arbitrariedad del pago efectuado, sólo patentiza la falta de efectividad en la fiscalización del mismo". Así, tras citar varias sentencias del Supremo, se refiere también a ésta "más reciente" del caso Unión, fechada el pasado 26 de abril de 2016.

"En los hechos probados se declara que hubo un concierto de los acusados para que el señor Francisco Rodríguez Batllori, que por su condición de funcionario público no podía contratar con otras Administraciones Públicas, obtuviera beneficios de fondos públicos, por servicios no prestados, y sin que se realizara por el Ayuntamiento de Arrecife ni por Inalsa expediente alguno de contratación", señalaba aquella sentencia, en uno de los párrafos que reproduce la Audiencia Provincial de Madrid.

Ese fallo fue dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que rebajó las penas con respecto a la sentencia de primera instancia -al cambiar en algunos casos el delito de malversación por el de prevaricación-, pero ratificó los hechos probados y los argumentos expuestos en el primer fallo, dictado por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, formada en ese momento por Emilio Moya, José Luis Goizueta y Carlos Vielba.

 

El Juzgado 5 ya ha cerrado la instrucción de todas las piezas


Pese a la complejidad del caso Unión, del que llegaron a separarse hasta 13 piezas, y a los obstáculos que ha afrontado durante este tiempo, la instrucción ya está cerrada por parte del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Arrecife. Sólo queda pendiente una pieza que hace años se derivó a otro juzgado, y que se centra en el presunto blanqueo de capitales por parte de Dimas Martín, a través de varios supuestos testaferros con los que habría ocultado un patrimonio millonario.

En cuanto al resto de las piezas, a pesar de los retrasos acumulados por la propia magnitud del procedimiento y por la falta de medios -con varios periodos en los que se denegaron refuerzos al Juzgado-, cuatro han sido ya juzgadas, y en las demás se ha ordenado la apertura de juicio oral y solo están pendientes de que se celebre la vista. Y todo ello, después de la intensa actividad desplegada por los acusados, que han intentado sin éxito que se invalidara todo el procedimiento y las pruebas que existían contra ellos, con cascadas de recursos, denuncias y hasta ataques en medios de comunicación contra los jueces instructores, la Fiscalía, los agentes de la UCO y todos los que han intervenido en la mayor causa de corrupción abierta en Lanzarote.

 

Tres condenas firmes


Sin embargo, la instrucción no solo ha sido avalada por los distintos tribunales que han tenido que pronunciarse, sino que ya ha dado lugar a tres condenas firmes. La primera se dictó en diciembre de 2014, contra el ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes. En aquel caso no llegó siquiera a celebrarse juicio porque Reyes, que era el único acusado en esa pieza, mostró su conformidad con el escrito del fiscal y aceptó una condena de seis meses de prisión y 12 años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, al conceder licencias ilegales para la construcción del chalet de Carlos Morales y Alexia de Grecia. 

La segunda fue la de Batllori, que sí fue a juicio y terminó con la condena de las seis personas que se sentaron en el banquillo. Y además de haber sido ya ratificada por el Supremo, también se rechazaron los recursos que presentaron después dos de los acusados, que insistían en que debía anularse. Ahora, aunque fue condenado a dos años y 9 meses de prisión, esa sentencia sigue pendiente de ejecutarse para Batllori, ya que solicitó un indulto y la Audiencia aceptó suspender su ingreso en prisión hasta que el Consejo de Ministros resuelva su solicitud.

La tercera condena firme se conoció hace dos semanas, con el fallo del Tribunal Supremo en la pieza de Proselan. En este caso, también fueron condenados los cuatro acusados que se sentaron en el banquillo, por los pagos que realizó el Ayuntamiento de Arrecife al empresario José Daniel Hernández por trabajos no realizados. Entre ellos se encuentra el todavía interventor del Consistorio, Carlos Sáenz, que aún tiene otros juicios pendientes en el caso Unión y en el caso Montecarlo, y que será apartado de su cargo cuando se ejecute esta primera sentencia, que además de 4 años y medio de cárcel le impuso 8 años de inhabilitación.

 

Una cuarta condena no firme y otras piezas listas para ir a juicio


La cuarta sentencia condenatoria dictada hasta ahora, que aún no es firme a la espera de que se pronuncie el Supremo, es la de la pieza del Teatro Insular. En ella fueron condenados el ex alcalde de Arrecife, Enrique Pérez Parrilla, el ex concejal de Urbanismo, Ubaldo Becerra, y el ex consejero de Cultura del Cabildo, Rubén Placeres, por un delito de prevaricación administrativa. El fallo de primera instancia les impuso una condena de 7 años y medio de inhabilitación para empleo o cargo público, al considerar probado que los tres permitieron la celebración de dos conciertos en el teatro insular "a sabiendas" de que carecía de licencia y de que había informes negativos que advertían de deficiencias en la seguridad de la instalación.

Además, la pasada semana se ordenó por parte de la juez instructora, Silvia Muñoz, la apertura del juicio oral en una de las piezas principales, centrada en la etapa de María Isabel Déniz en la Alcaldía de Arrecife. Y también está pendiente de juicio la pieza que dio origen a la causa, por el presunto intento de soborno de Luis Lleó para desbloquear la construcción en la parcela de Costa Roja, y la que investiga el pago de sobornos y la malversación de fondos en Arrecife entre los años 2007 y 2009.

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