LA FISCALÍA TAMBIÉN SOLICITÓ UNA INDEMNIZACIÓN DE 225.000 EUROS PARA LOS HIJOS

Rosa acepta 3 meses de cárcel por un homicidio imprudente en la construcción del Princesa Yaiza

Junto a él han sido condenados los responsables de otras dos empresas subcontratadas para las obras, en las que falleció un trabajador por falta de medidas de seguridad y "deficiencias" en la maquinaria

5 de abril de 2018 (12:52 CET)
Rosa acepta 3 meses de cárcel por un homicidio imprudente en la construcción del Princesa Yaiza
Rosa acepta 3 meses de cárcel por un homicidio imprudente en la construcción del Princesa Yaiza

El empresario Juan Francisco Rosa ha aceptado una condena de tres meses de prisión por un delito de homicidio imprudente, que tuvo lugar en julio del año 2000, cuando falleció un trabajador durante las obras de construcción del hotel Princesa Yaiza. Junto a Rosa han sido condenados los responsables de dos empresas que fueron subcontratadas para los trabajos, Juan Pablo Pazos Gil y Juan Gaspar Rodríguez Peña, que también alcanzaron este miércoles un acuerdo de conformidad para evitar el juicio que debía haberse celebrado esta semana.

Inicialmente, el Ministerio Fiscal pedía tres años de cárcel para cada uno de los acusados, además del pago de una indemnización de 225.000 euros a los dos hijos del fallecido, que eran menores de edad cuando ocurrieron los hechos. Sin embargo, al aceptar el acuerdo justo antes de iniciarse el juicio, la pena de prisión se ha rebajado a tres meses, lo que supondría que puedan evitar su cumplimiento.

En cuanto a la responsabilidad civil, se condena también a responder de ella a las compañías aseguradoras que tenían contratadas. Sobre el pago de esa indemnización, desde el Tribunal Superior de Justicia de Canarias han confirmado a La Voz que la mayor parte ya fue abonada hace años a través de esas aseguradoras y el resto se comprometieron a depositarla este mismo miércoles.

 

Una grúa "con deficiencias mecánicas y de mantenimiento"


El accidente tuvo lugar el 29 de julio del año 2000, cuando al trabajador fallecido se le encomendó la tarea de "levantar con bloques de hormigón una pared que había sido derruida por el efecto del viento" la noche anterior. "Los acusados tenían conocimiento de las condiciones de la ejecución de la obra, sin haber adoptado las medidas de seguridad y protección necesarias y legalmente previstas para llevar a efecto la misma sin riesgo para los trabajadores que operaban en ella", señalaba el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, con el que han terminado mostrando su conformidad los tres implicados en la causa.

Según ese escrito, en el accidente no solo falleció un trabajador, sino que también se puso "en riesgo" la vida de otros tres, al emplear una grúa con "deficiencias estructurales mecánicas y de mantenimiento". Además, manejando esa grúa se encontraba otro empleado que "carecía de cualificación" para ello.

Quien "encomendó" ese trabajo a un empleado sin "formación como gruista" fue otro de los acusados, Juan Gaspar Rodríguez Peña, aunque la grúa era de la empresa de Juan Francisco Rosa, Construcciones y Urbanismo Insulares SA, que según el escrito de acusación era la titular de la obra.

 

"No portaba medida alguna de protección"


"Cuando procedía a llenar una batea metálica con una carga de escombros de la pared derruida y al momento de izar la carga, la pluma de la grúa se rompió", impactando la batea en el lugar donde se encontraba el trabajador fallecido, "quien no portaba medida alguna de protección", señala la Fiscalía, en el escrito que ha sido aceptado por los acusados. A consecuencia del impacto, la víctima sufrió "un shock traumático con politraumatismos, polifracturas y destrucción de centros vitales, lesiones que produjeron el resultado de su muerte a las 13,10 horas del 29 de julio de 2000", el mismo día del accidente.

Según la acusación, la obra estaba a cargo de Construcciones y Urbanismo Insulares SA, cuyo representante legal es el propio Juan Francisco Rosa, que a su vez, subcontrató algunos trabajos a Arquitrabe SL y Construcciones Rodríguez Tena SL, cuyos representantes legales eran los otros dos acusados. Y todos ellos, según el relato que han reconocido al aceptar el acuerdo de conformidad, sabían que el trabajador que manejaba la grúa "carecía de cualificación para su manejo" y conocían las "deficiencias" de la maquinaria que se estaba empleado y la ausencia de medidas de seguridad.

Por todo ello, han aceptado una condena por un delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso con otro de homicidio imprudente, aunque la confesión y el tiempo transcurrido desde que se inició la causa, hace casi 18 años, han llevado a rebajar significativamente las penas de cárcel.

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