LA PRENSA NO PUDO ACCEDER A LA SEGUNDA JORNADA PARA PROTEGER A LAS VÍCTIMAS

Visto para sentencia el juicio contra los dos acusados de abusar sexualmente de dos amigas en Arrecife

El Ministerio Fiscal elevó sus conclusiones provisionales a definitivas manteniendo la solicitud de penas de tres y once años de prisión, aunque la segunda jornada de la vista oral se celebró a puerta cerrada sin que la prensa pudiera acceder

5 de junio de 2019 (21:44 CET)
Visto para sentencia el juicio contra los dos acusados de abusar sexualmente de dos amigas en Arrecife
Visto para sentencia el juicio contra los dos acusados de abusar sexualmente de dos amigas en Arrecife

El juicio contra los dos jóvenes acusados de abusar de dos amigas en Arrecife en 2017 quedó este martes visto para sentencia, tras una segunda jornada que se celebró a puerta cerrada y en la que el Ministerio Fiscal elevó sus conclusiones provisionales a definitivas manteniendo así la solicitud de penas de tres y once años de prisión para los procesados. 

Como informó La Voz, la vista oral arrancó el lunes con las declaraciones de los acusados y este martes estaba previsto que prestarán testimonio las denunciantes y los testigos. Sin embargo, al contrario de lo ocurrido en el primer día de juicio, la Sección Primera de la Audiencia Provincial decidió que la segunda jornada no fuera pública, impidiendo así el acceso a los medios de comunicación. Una medida que suele tomarse en algunos juicios penales para proteger la intimidad de las víctimas.

No obstante, según han confirmado fuentes judiciales, la vista oral transcurrió como estaba previsto, quedando vista para sentencia. Además, la Fiscalía no introdujo ningún cambio en sus conclusiones y mantuvo la petición de pena de tres años de cárcel para Luis Alberto Varela por un delito de abusos sexuales no consentidos y de once años de prisión para Abraham Hendrick García al atribuirle dos delitos de abusos sexuales no consentidos, uno de ellos con acceso carnal. 

Asimismo, el Ministerio Fiscal solicita que se les imponga a los acusados la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de las víctimas en cualquier lugar en el que se encuentren así como a sus domicilios, lugares de trabajo o cualquier otro frecuentados por ellas, en el caso de Luis Alberto durante tres años y en el caso de Abraham a seis años, tres por cada delito que se le imputa.

De igual forma, en caso de ser condenados, pide que se les imponga libertad vigilada tras el cumplimiento de las penas consistente "en la obligación de participar en programas de educación sexual, con una duración de dos años para Luis Alberto y de siete años para Abraham. 

LO MAS LEÍDO