EL EX ALCALDE Y EL EX SECRETARIO YA ESTÁN EN PRISIÓN CUMPLIENDO OTRA CONDENA

El jefe de la Oficina Técnica de Yaiza, condenado en firme junto a Reyes y el ex secretario por "beneficiar" a Pedro de Armas

La Audiencia ha rechazado sus recursos y ha confirmado el fallo dictado hace casi dos años, que obligará a Antonio Lorenzo a dejar su puesto en el Ayuntamiento por un delito de prevaricación urbanítica

17 de septiembre de 2018 (14:30 CET)
Vicente Bartolomé Fuentes, José Francisco Reyes y Antonio Lorenzo, en el juicio en el que ya fueron condenados por conceder licencias ilegales a Pedro de Armas
Vicente Bartolomé Fuentes, José Francisco Reyes y Antonio Lorenzo, en el juicio en el que ya fueron condenados por conceder licencias ilegales a Pedro de Armas

Casi dos años después de que el Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife condenara al todavía jefe de la Oficina Técnica de Yaiza, Antonio Lorenzo, por un delito continuado de prevaricación urbanística, la Audiencia Provincial ha confirmado el fallo que le impuso, un año y 7 meses de cárcel y 9 años y 3 meses de inhabilitación, y que le obligará ahora a dejar su puesto en el Consistorio.

Junto a Lorenzo, en esta causa fueron condenados el ex alcalde de Yaiza , José Francisco Reyes, y el ex secretario, Vicente Bartolomé Fuentes, por otorgar licencias ilegales al que era compañero de partido de Reyes, Pedro de Armas, para construir villas en el Plan Parcial Playa Blanca. En el caso de Reyes y Bartolomé Fuentes ya tienen otras condenas a sus espaldas y actualmente están cumpliendo una de ellas en prisión, pero para Antonio Lorenzo es la primera firme y la que hará que tenga que dejar el Ayuntamiento, como ya ocurrió en su día con Bartolomé Fuentes.

En la sentencia de primera instancia se impuso a los tres acusados la misma pena de cárcel e inhabilitación, que ahora ha sido confirmada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas. El nuevo fallo, fechado el 12 de septiembre, rechaza los recursos que presentaron los tres condenados y solo estima parcialmente uno de los argumentos planteados por la defensa de Bartolomé Fuentes, no para rebajar la pena sino para modificar el alcance de la condena de inhabilitación.

 

Inhabilitado solo como secretario


En el fallo de primera instancia, la magistrada estableció que esa pena de inhabilitación fuera para cualquier cargo público, pero la Audiencia ha corregido esa parte en su nueva sentencia, señalando que solo se le puede inhabilitar para el cargo desde el que cometió el delito, es decir, el de secretario. Cabe recordar que tras ser apartado de ese puesto por una condena anterior, Vicente Bartolomé Fuentes comenzó a trabajar para el Cabildo de Gran Canaria, donde continuó hasta que la Audiencia ordenó su ingreso en prisión para cumplir la sentencia del caso Yate.

Como ocurre con esta nueva condena firme, la pena de Yate también era inferior a dos años de prisión, pero la Audiencia rechazó entonces suspender la ejecución del fallo por la "incuestionable gravedad" de su "conducta", por el resto de condenas y causas que aún tiene pendientes y por el riesgo de que cometiera nuevos delitos, dado que había vuelto a trabajar como funcionario para otra institución.

Cabe recordar que tanto la Fiscalía como la acusación popular, representada por Transparencia Urbanística, pidieron en el juicio la máxima pena prevista para este delito, que es de dos años de cárcel, pero la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 la rebajó a 19 meses por las dilaciones indebidas en la tramitación de esta causa, que comenzó en el año 2009 y estuvo paralizada entre septiembre de 2013 y el año 2015 sin practicarse diligencias.

 

De Armas ganó 800.000 euros en un día con la compraventa


La denuncia se interpuso en el año 2009 por parte de Transparencia Urbanística pero los hechos ocurrieron en el año 2005, cuando Reyes autorizó la construcción de 66 villas en el Plan Parcial Playa Blanca, con dos licencias distintas para dos parcelas vinculadas a Pedro de Armas.

En uno de los casos, la licencia se le otorgó directamente a él, a través de Marivista Lanzarote SL. En el otro, la beneficiaria fue la empresa a la que De Armas acababa de venderle el terreno. Tal como puso de relieve otra causa penal, De Armas compró y vendió esa parcela en el mismo día, obteniendo un beneficio de 800.000 euros en la operación, sin siquiera "salir de la notaría". Justo después, Reyes otorgó la licencia ilegal para urbanizar esa parcela.

Tanto el Juzgado de lo Penal como la Audiencia consideran que Reyes y los dos funcionarios eran plenamente conscientes de la ilegalidad de esas licencias, que se otorgaron en un Plan Parcial que estaba extinguido, apartándose de la ley para "satisfacer los intereses de los promotores, en detrimento del resto de ciudadanos de la Isla de Lanzarote".

En cuanto al alegato de las defensas de que "en la fecha de los hechos la normativa urbanística no era clara", la sentencia recuerda que "fueron apercibidos desde diversas instancias", concretamente el Cabildo y el Gobierno de Canarias, que "advirtieron de la ilegalidad". Sin embargo, "lejos de atender tales requerimientos, con amparo en un informe jurídico emitido por el abogado de los promotores (Ignacio Díaz de Aguilar) desatendieron los mismos, acordando continuar desarrollando el plan en beneficio de los promotores y en contravención de la legislación aplicable".

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