DIEZ AÑOS DESPUÉS DE LA TRAGEDIA, PIDIÓ PARAR LA EJECUCIÓN PARA NEGOCIAR

El Gobierno sigue sin indemnizar a los padres de Ginés y el TSJC ordena la "ejecución forzosa" del fallo

Diez años después de la tragedia de Los Silos, en la que perdió la vida el joven lanzaroteño Ginés Ramírez, el Ejecutivo regional pidió que se suspendiera la ejecución del fallo para "negociar" con las familias...

23 de diciembre de 2016 (07:56 CET)
El Gobierno sigue sin indemnizar a los padres de Ginés y el TSJC ordena la ejecución forzosa del fallo
El Gobierno sigue sin indemnizar a los padres de Ginés y el TSJC ordena la ejecución forzosa del fallo

Cuando están a punto de cumplirse diez años de la muerte del lanzaroteño Ginés Ramírez Alemán en la Galería de Piedra de Los Cochinos, ubicada en el municipio tinerfeño de Los Silos, el Gobierno de Canarias sigue sin asumir su responsabilidad en esta tragedia. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias acaba de ordenar la "ejecución forzosa" de la sentencia que, en diciembre de 2015, condenó al Ejecutivo regional a indemnizar con cerca de 1 millón de euros a las familias de los seis fallecidos.

En aquel fallo, el TSJC consideraba probado que el Gobierno canario tuvo responsabilidad en esas muertes, que podrían haberse evitado si se hubieran adoptado unas "elementales medidas de seguridad" en los accesos a esa galería, que ni siquiera estaba señalizada. Cinco meses después, el mismo Tribunal declaró firme la sentencia, ya que el Gobierno no la recurrió. Sin embargo, pese a que desde el mes de mayo tenía tres meses para pagar las indemnizaciones, a día de hoy sigue sin hacerlo.

Por eso, los padres de Ginés Ramírez, que llevan años luchando porque se depuren responsabilidades, tuvieron que acudir de nuevo a los Tribunales, exigiendo la ejecución forzosa de la sentencia. Y una vez más, el TSJC ha vuelto a darles la razón.

 

El Gobierno quería ahora "negociar"


Ante la solicitud de Ginés José Rafael Ramírez y Malena Alemán, el Gobierno de Canarias respondió solicitando al Tribunal que "suspendiera" la ejecución de la sentencia, "para llegar a un acuerdo o someter el asunto a una mediación". Así, una década después del accidente y cuando los padres han logrado una sentencia judicial firme, el Ejecutivo pretendía "negociar" el pago de la indemnización, que ya se fijó en el fallo de noviembre de 2015, después de una larga batalla judicial.

En el caso de los padres de Ginés, deberán ser indemnizados con 200.000 euros, más los intereses legales que se sigan generando hasta que se haga efectivo el fallo, aunque la propia sentencia ya señalaba que es "imposible cuantificar económicamente el dolor que supone la pérdida de un hijo".

Respecto a la pretensión que planteaba ahora el Gobierno de Canarias, el auto dictado por el TSJC el pasado 29 de noviembre recuerda que sí es posible "llegar a acuerdos entre las partes", incluso en fase de ejecución de sentencia, pero siempre que todos los implicados estén de acuerdo. Y esto no ocurre en este caso. Por eso, el Tribunal ordena la ejecución forzosa de la sentencia y da dos meses de plazo al Gobierno para que realice los trámites o las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para afrontar el pago.

En cuanto a la otra codemandada, la Comunidad de Aguas Heredamiento de Daute, que era la propietaria de La Galería, el auto señala que no se ha presentado la correspondiente demanda ejecutiva contra ella, por lo que aún no se puede ordenar la ejecución. Cabe recordar que en la sentencia de 2015, el TSJC también condenaba a esta sociedad, que debe responder solidariamente del pago de las indemnizaciones. No obstante, el Tribunal recuerda que "los demandantes se pueden dirigir contra la administración y contra la comunidad de aguas de forma coetánea o solo contra cualquiera de las partes" para exigir la ejecución. Y en el caso del Gobierno canario, tras este nuevo auto, el TSJC señala que tiene la "obligación inexcusable de acordar el pago".

 

Una galería sin salida y sin oxígeno


La tragedia de Los Silos tuvo lugar en febrero del año 2007, cuando un grupo de jóvenes realizaba una excursión en esa zona. Lo que pretendían era cruzar de un barranco a otro a través de un túnel, pero los guías se equivocaron de camino y acabaron adentrándose en una antigua galería de agua, que no estaba señalizada y ni siquiera tenía salida. Cuando llevaban caminando más de 45 minutos, según recogía la sentencia, los jóvenes "comenzaron a sentir los efectos de la pérdida de oxígeno y de falta de ventilación, lo que determinó que seis de los excursionistas falleciesen en el interior de la gruta, mientras los restantes pudieron salir en unos casos y en otros ser rescatados del interior aún con vida".

"Esta sala tiene la convicción de que el cumplimiento de elementales medidas de seguridad que exige la elemental lógica y sentido común, incluso sin cumplir las obligaciones propias de la legislación de seguridad minera, hubieran evitado el suceso", sostenía la sentencia, subrayando que la galería no solo carecía de "cualquier cierre", sino que tampoco tenía ningún cartel ni señal advirtiendo del peligro. Y todo ello pese a que, según el TSJC, la "prueba" sobre su peligrosidad es "abrumadora". 

De hecho, señalaba que "en todos los informes y documentos relacionados con la galería de aguas se hace especial referencia a la falta de ventilación, ausencia de extractor de gases y peligros de desprendimientos y derrumbes". Sin embargo, ni la propiedad adoptó medidas, ni tampoco las exigió el Gobierno de Canarias, que es quien la sentencia considera acreditado que tenía las competencias en esta materia.

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