LA JUSTICIA ESTIMA OTRA DEMANDA POR SU "CAMPAÑA DE DESPRESTIGIO" CONTRA LA CAUSA

Chavanel suma su tercera condena por sus afirmaciones "falsas" e "injuriosas" sobre el caso Unión

El periodista y la productora de su programa de radio deberán indemnizar con 20.000 euros a Antonio Hernández por el "ataque injustificado contra su honor"

6 de febrero de 2018 (21:15 CET)
Chavanel suma su tercera condena por sus afirmaciones falsas e injuriosas sobre el caso Unión
Chavanel suma su tercera condena por sus afirmaciones falsas e injuriosas sobre el caso Unión

El periodista Francisco Chavanel acaba de sumar su tercera condena por otro atentado contra el honor con sus informaciones "falsas" e "injuriosas" sobre el caso Unión. Así lo sostiene una nueva sentencia, que esta vez da la razón al empresario y ex presidente del PIL, Antonio Hernández, a quien Chavanel se llegó a referir como un "testigo protegido" de los investigadores, intentando además establecer falsos vínculos entre ellos.

Tanto en su programa de radio como en artículos de opinión que publicó en el diario Canarias 7 en el año 2014, el periodista habló incluso de favores económicos por parte del empresario hacia el fiscal que inició la causa, como el préstamo de un coche o un alquiler gratuito de una vivienda, que ha quedado demostrado que no existieron.

"Con base en tales informaciones no contrastadas y cuya falsedad ha quedado acreditada a la vista de los hechos probados, el señor Chavanel ofrece al público una visión en cierto modo novelada de los hechos", sostiene la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Arrecife y fechada el pasado 31 de enero, que condena al periodista y a la productora de su programa de radio, Escorpión de Jade S.L., a abonar una indemnización de 20.000 euros a Antonio Hernández por el "daño moral".

 

Otras dos condenas por sus ataques a Stampa y Pamparacuatro


Con esa "visión novelada" que describe la sentencia, Francisco Chavanel ha pasado años planteando que todo el caso Unión fue una especie de turbia "conspiración" de determinados jueces, fiscales, políticos, agentes de la UCO e incluso altos cargos estatales. 

En esa campaña para desacreditar la mayor causa contra la corrupción llevada a cabo en Lanzarote –que ya tiene cinco sentencias y todas son condenatorias, cuatro de ellas firmes- Chavanel dirigió sus mayores ataques contra el primer juez instructor, César Romero Pamparacuatro, y contra el fiscal con el que se inició el caso, Ignacio Stampa. Ambos habían interpuesto también demandas contra el periodista y en los dos casos resultó condenado, al considerarse acreditado que atentó contra su honor difundiendo informaciones falsas.

Ahora, la demanda de Antonio Hernández ha dado lugar a una tercera condena. Y es que en sus ataques a los investigadores, Chavanel incluyó también al que fue durante un tiempo presidente del PIL, intentando vincularlo con ellos con datos falsos y planteando así que podría haber recibido un trato de favor. Según la sentencia, eso supuso "un ataque injustificado al derecho al honor" de Antonio Hernández.

 

"Pretendía transmitir la idea de que eran datos objetivos"


En su defensa, Chavanel alegaba que tanto sus afirmaciones en la radio como los artículos que publicó en Canarias 7 eran solo opiniones, intentando así eludir su responsabilidad. Sin embargo, la sentencia concluye que sí se le debe exigir veracidad a lo que difundió, ya que empleando "diversos recursos radiofónicos y literarios", lo que pretendía era "transmitir a la audiencia una apariencia de verosimilitud, pues los hechos que se afirman se presentan como fruto de pesquisas y averiguaciones periodísticas". 

Por eso, dado que el periodista transmitía "la idea de lo que dice son datos objetivos", concluye que debieron haber sido contrastados. Además, la sentencia agrega que a partir de esas informaciones falsas, el periodista "hilvanaba luego distintas ideas, lanzando al aire preguntas y conjeturas" que "vienen a sembrar en la audiencia dudas injustificadas acerca de la honorabilidad del comportamiento del señor Antonio Hernández".

En cuanto a lo que el fallo sí considera opiniones, también concluye que el periodista "excedió con mucho el límite de lo admisible", ya que empleó expresiones "completamente gratuitas y alejadas de la opinión que se pretendía exponer, siendo formal y materialmente injuriosas" y viniendo a imputar al demandante "la realización de conductas no éticas e incluso delictivas".

 

Exime de responsabilidad a Canarias 7


La demanda también se dirigía contra la empresa editora de Canarias 7, donde Chavanel publicó artículos durante dos años "de forma gratuita", pero en este caso no ha resultado condenada. La sentencia considera que lo que publicó este diario sí eran artículos de opinión, ya que en ellos "predominan las suposiciones y los juicios de valor", por lo que sostiene que de su "veracidad ha de responder únicamente el autor del artículo", y no cabe exigirle responsabilidad al diario por no haber supervisado debidamente su contenido. 

Así, aunque apunta que esos artículos sirven "para reforzar la propia responsabilidad subjetiva del periodista" y "resultan indicativos de la causación de un mayor daño moral" al demandante, exime de responsabilidad Canarias 7, condenando solo al propio Chavanel y a su productora de radio. Cabe recordar que la empresa editora de Canarias 7 sí fue condenada en la sentencia por la demanda que interpuso el juez César Romero Pamparacuatro, tanto por los artículos que publicó Chavanel contra el magistrado en ese diario como por otro firmado por el periodista Carlos Inza. Además, aquel fallo condenó también a Lancelot.

En este último juicio, el periodista fue defendido por el controvertido abogado Juan David García Pazos, que ha estado vinculado a dos asociaciones que también han sido acusadas de intentar entorpecer el caso Unión y otras causas contra la corrupción abiertas en Lanzarote: la Asociación de Juristas Jiménez de Asúa y la supuesta asociación ecologista Jacón. Por su parte, el letrado Francisco Torres representaba al demandante, Antonio Hernández, a quien el Juzgado ha dado la razón. Ahora, además de abonarle una indemnización, Chavanel deberá leer durante tres días consecutivos en su programa el encabezamiento y el fallo de la sentencia.

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