INCLUYE COMO AGRAVANTE LA REINCIDENCIA, PORQUE TENÍA OTRA CONDENA ANTERIOR

Condenan a 3 años y 5 meses de cárcel a la madrastra de Verónica y absuelven a sus hermanastros

La sentencia considera probado que sometió a la joven a malos tratos habituales y que después profanó su cadáver, "como si de un animal se tratara"

9 de octubre de 2017 (22:13 CET)
Condenan a 3 años y 5 meses de cárcel a la madrastra de Verónica y absuelven a sus hermanastros
Condenan a 3 años y 5 meses de cárcel a la madrastra de Verónica y absuelven a sus hermanastros

La madrastra de Verónica, Carmen Delia Tejera, ha sido condenada a tres años y cinco meses de prisión por un delito de malos tratos habituales y otro de profanación de cadáver, sin que la causa haya servido para esclarecer cómo falleció la joven, cuyos restos fueron encontrados calcinados y ocultos dentro una bolsa en un muro de la vivienda de Tinajo donde residía. Además, la sentencia absuelve a dos hijos naturales de Carmen Delia, que también estaban acusados, al considerar que no ha quedado acreditada su participación en los hechos. 

"Obrando con completo desprecio al vínculo familiar que les une y a sus deberes de protección y respeto a su prole, con evidente intención de atentar contra su integridad física y moral, golpeaba de modo frecuente y tuvo sometida a malos tratos psíquicos a la hija de su esposo, Verónica Molina Lillo, quien sufría una minusvalía de un 68%, desde que alcanzare la mayoría de edad", en el año 2003, "hasta su fallecimiento por causa desconocida en el año 2012", señala la sentencia en los hechos probados.

Además, añade que la acusada "obligaba a su hijastra a realizar tareas domésticas y labores del campo, haciendo un completo abandono de las necesidades de higiene y salud de la misma, forzándola a permanecer oculta y encerrada en una de las dependencias anexas al domicilio, carente de las condiciones necesarias de salubridad".

Después, una vez fallecida Verónica por causas que no han podido determinarse –lo que llevó a archivar los cargos por homicidio durante la instrucción- Carmen Delia Tejera, "faltando al debido respeto a la memoria de los muertos, metió su cuerpo en bolsas, la enterró en un agujero en el jardín del domicilio familiar, y posteriormente en el mes de enero de 2013 la desenterró, quemó sus huesos, y los introdujo en una bolsa de basura dentro de una mochila que oculto en una grieta existente en las dependencias anexas a la vivienda", concluye la magistrada del Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife, Margarita Gómez Martín.

 

"Simulación" de un "deterioro cognitivo"


La sentencia también vuelve a rechazar el alegato realizado por la defensa, que ya intentó evitar el juicio sosteniendo que la acusada sufre un "deterioro cognitivo". Al respecto, la juez señala que el único informe que aportaron, de septiembre de 2017, "no objetiva patología psiquiátrica alguna que padezca la acusada, tratándose además de un informe médico inconcluso y falto de precisión".

Por eso, la juez concluye que no contradice las conclusiones del informe médico forense, "que es completo, exhaustivo, riguroso y concluyente" y establece que la acusada "no presenta alteraciones en su juicio de realidad, siendo consciente de sus actos y sus consecuencias"; y que "durante toda la entrevista manifestó sintomatología inespecífica que no se corresponde con ninguna patología psiquiátrica precisa, no pudiendo descartar que se corresponda con una simulación, que se puede definir como una forma de engaño afín a la mentira".

Así, la sentencia le impone íntegramente la pena que había solicitado el Ministerio Fiscal (3 años por malos tratos habituales y 5 meses por profanación de cadáver), con el agravante de reincidencia en el caso del primer delito. Y es que cuando Verónica era aún una niña, Carmen Delia y su marido –el padre de la joven- ya fueron condenados por un delito de abandono de familia y otro de lesiones en el ámbito familiar cometidos contra Verónica y su hermano biológico, que fue quien denunció su desaparición en el año 2013, abriendo una investigación que terminó con la localización de su cadáver. 

En cuanto a esa primera condena, la acusada no llegó a ingresar en prisión al ser inferior a dos años de cárcel, concretamente de un año y 9 meses. Cuando sí entró en Tahíche fue tras ser detenida al hallarse los restos mortales de Verónica. Ahí pasó un año y casi dos meses en prisión provisional, que ahora serán descontados del tiempo que se le ha impuesto de condena, una vez que la sentencia, contra la que aún cabe recurso, sea firme.

 

El hermanastro, "una víctima más" según la defensa


En cuanto a uno de los hijos de Carmen Delia, que estaba acusado de un delito de malos tratos por omisión, la juez considera que "no se ha acreditado que fuera consentidor pasivo de la situación padecida por Verónica, ni que la pudiere haber subsanado o evitado". Al respecto, señala que sí consta que vivía en el domicilio familiar mientras ocurrían los hechos -aunque "de forma intermitente o esporádica" en el último año-, pero "no parece acreditado que ostentara condición de garante del bienestar físico y psíquico de Verónica". Además, recuerda que su defensa sostuvo que fue "una víctima más, pues fue también maltratado", y que fue declarado en "situación de riesgo" en 1998 junto al resto de sus hermanos y hermanastros.

En la misma línea, subraya que cuando comenzaron los hechos que se juzgaban en esta causa, en el año 2002, "Zeus tenía 13 años de edad, (5 años menos que Verónica) y en el año 2012", cuando la joven falleció, tenía 22 años. "Durante la minoría de edad y adolescencia no se puede presuponer ni se acredita que tuviere formada la personalidad o la madurez requerida para exigirle el comportamiento que la acusación le imputa haber omitido, lo cual cabe igualmente predicar – en cuanto a la falta de prueba- una vez alcanzó la mayoría de edad , sin que tampoco conste probado que el acusado se hubiere constituido en su cuidador o hubiere asumido su guarda o fuere la única persona que pudiere atenderla", señala la sentencia.

Respecto a la hermanastra, que había abandonado años antes el domicilio familiar, estaba acusada por un delito de profanación de cadáveres, por su presunta participación en la ocultación de los restos mortales de Verónica. Sin embargo, la juez concluye que tampoco se han aportado pruebas de esa participación, aunque sí conociera y relatara en fase de instrucción lo que había hecho su madre con el cadáver. Según esa declaración, fue el padre de Verónica quien le quitó la vida, y después su madre se encargó de ocultar el cuerpo.

 

"Como si de un animal se tratara"

"La conducta detestable de la acusada, que para comprobar si Verónica estaba o no viva le propinó patadas y golpes no es sino una muestra más de las agresiones y malos tratos habituales que ejercía sobre Verónica y demuestran el desprecio y la falta de respeto que le tenía. Viendo que no reaccionaba la metió en una bolsa y la dejó en una carretilla en el garaje para después, sin darle adecuada sepultura, enterrarla en el jardín interior de la casa, como si de un animal se tratara", señala la magistrada, que recuerda que "así se encontraron al menos una veintena de cuerpos de animales, entre perros, cabras y otros animales, enterrados en las tierras aledañas pertenecientes a la familia".

Respecto a la muerte de la joven, pone en duda la versión de la madrastra y sus hijos, que culparon al padre de Verónica, que falleció poco después de ser detenido. Sin embargo, antes de morir sí llegó a prestar declaración ante los agentes, negando que hubiera violado, dejado embarazada, matado o descuartizado a su hija, y que "no entendía" por qué su mujer le atribuía esos hechos.

Al respecto, la juez subraya las "distintas versiones" que durante la instrucción de la causa dio Carmen Delia sobre la muerte de la joven, y también cuestiona que el padre tuviera capacidad para cometer un crimen en las fechas en las que ocurrió. "Lo expuesto desvirtúa lo manifestado por Carmen Delia, que da a entender que en la fecha en que fallece Verónica, mayo-junio de 2012, su marido rebosaba salud cuando era todo lo contrario, puesto que padecía cáncer terminal por el que fallece el 25 de febrero de 2013", apunta.

En cualquier caso, concluye que las circunstancias de la muerte han quedado fuera de la causa al archivarse los cargos por homicidio, ya que "el resultado negativo de los informes de balística, de los estudios lofoscopicos y de las pruebas forenses y genéticas que se realizaron no permitían determinar la causa de la muerte de la perjudicada, no pudiendo concluirse que lo hubiere sido por muerte violenta o natural", dado el estado en el que se encontró su cadáver.

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