LA AUDIENCIA HA DESESTIMADO UN RECURSO DE LA DEFENSA, RATIFICANDO EL FALLO

Condenado a 1 año y 9 meses de prisión tras protagonizar una persecución policial entre Arrecife y Soo

El acusado estuvo a punto de atropellar a un policía y condujo "a gran velocidad" y "en sentido contrario", ademas de dar positivo en consumo de cannabis 

16 de septiembre de 2018 (22:29 CET)
Condenado a 1 año y 9 meses de prisión tras protagonizar una persecución policial entre Arrecife y Soo
Condenado a 1 año y 9 meses de prisión tras protagonizar una persecución policial entre Arrecife y Soo

La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha ratificado una condena a un año y nueve meses de prisión a un hombre que protagonizó una persecución entre Arrecife y Soo tras saltarse un control policial y que dio positivo en consumo de cannabis. 

Según se recoge y se considera probado en la sentencia, los hechos tuvieron lugar sobre las 19 horas del 11 de septiembre de 2017, cuando el acusado circulaba por la calle Tanganillo de Arrecife conduciendo un vehículo todoterreno "pese a haber consumido sustancias estupefacientes que mermaban notablemente sus capacidades psicofísicas". 

Al percatarse de la presencia de un control policial y ser requerido por los agentes para que detuviera su vehículo, el acusado "eludió el control" y emprendió la huida "tras dar un volantazo a gran velocidad", lo que provocó que un agente que estaba cerca "tuviera que saltar" para "evitar ser atropellado". El acusado huyó además conduciendo "en sentido contrario al de la vía, poniendo en grave peligro la seguridad de los demás usuarios". 

 

A 150 kilómetros por hora y haciendo rotondas en sentido contrario


Se emprendió entonces por parte de seis agentes una persecución en dos vehículos policiales distintos, "que le dieron el alto haciendo uso de dispositivos acústicos y luminosos sin que el acusado se detuviera en ningún momento". Según se indica en el fallo, el procesado condujo "a gran velocidad", a "una media de 120 kilómetros por hora en vías urbanas", donde "estaba limitada la velocidad a 40 ó 60 kilómetros por hora, llegando en algunas ocasiones a superar este límite hasta llegar incluso a los 150". 

La sala señala que invadió "la línea continua en algunos tramos de la calzada" y que llegó "a tomar las rotondas en sentido contrario para lograr escapar de los agentes, creando una situación de riesgo para la integridad del resto de usuarios" de la carretera hasta llegar a Soo, donde finalmente fue interceptado por los agentes que lo perseguían "habiendo recorrido unos 25 a 30 kilómetros en un tiempo de unos 25 minutos en total desde Arrecife". 

Al observar en él "síntomas evidentes de hallarse bajo los efectos de sustancias estupefacientes, tales como un comportamiento nervioso, olor a marihuana, habla dificultosa, lenta y mal articulada, pupilas dilatadas y reacción pupilar a la luz enlentecida", los agenttes le realizaron las correspondientes pruebas de detección de consumo de drogas, "arrojando éstas un resultado positivo de consumo de cannabis"

 

El acusado alegó que no vio el control policial 


El acusado ya fue condenado en primera instancia por el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, pero presentó un recurso de apelación alegando que no había verdadera prueba de cargo contra él, pretensión que ha sido desestimada por la Audiencia Provincial, que "comparte totalmente la ejemplar conclusión probatoria de la juzgadora de instancia". 

En concreto, la defensa del acusado insistió en que éste "no se apercibió del control y la presencia policial". Sin embargo, la sala cree que "lo cierto es que los testimonios policiales permiten descartar con toda seguridad dicho argumento". Asimismo, la Audiencia considera que tampoco pueden prosperar las objeciones de la defensa sobre la velocidad excesiva alcanzada por el acusado, "pues tanto aquella como las maniobras antirreglamentarias y objetivamente peligrosas para la seguridad vial que se imputan al conductor vienen perfectamente establecidas de acuerdo a los testimonios claros y determinantes de los agentes policiales actuantes". 

"Todo ello sin que tales datos inculpatorios suministrados por los testigos vengan prudentemente contradichos con planteamientos genéricos y gratuitos como que el modelo con el que circulaba el acusado no es apto por sus características -todoterreno- para alcanzar las velocidades detectadas -de 100 a 150 kilómetros/hora frente a los 40 a 60 kilómetros /hora permitidos- o realizar algunas de las maniobras imputadas", añade el tribunal. 

De esta forma, la Audiencia Provincial concluye que "no cabe pues apreciar error en la valoración de la prueba porque la que efectúa la juzgadora es sensata y ecuánime, ni contravención del derecho fundamental a la presunción de inocencia porque hay prueba de cargo suficiente contra el acusado" y, por ello, desestima su recurso y ratifica la condena que se le impuso en primera instancia. 

En concreto, el acusado ha sido condenado a un año y nueve meses de prisión por los delitos de conducción temeraria y desobediencia y a tres años de privación del derecho a conducir vehículos, así como al abono de las costas. 

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