LE CAUSÓ HASTA 18 LESIONES EN UNA AGRESIÓN QUE DURÓ "AL MENOS" NUEVE HORAS

Condenado a 6 años y medio de prisión por maltratar a su mujer y someterla a "un calvario" durante dos años

El Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife ha impuesto la pena máxima a Nicolás Leandro Caldas y la jueza destaca que es el caso de malos tratos "mas grave y brutal" que ha juzgado 

4 de enero de 2019 (12:43 CET)
Condenado a 6 años y medio de prisión por maltratar a su mujer y someterla a "un calvario" durante dos años
Condenado a 6 años y medio de prisión por maltratar a su mujer y someterla a "un calvario" durante dos años

El Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife ha condenado a seis años y medio de prisión a un hombre acusado de maltratar a su mujer en Lanzarote durante dos años, la cual sufrió numerosas lesiones, así como violencia psíquica y amenazas siendo sometida a un "verdadero calvario". "Éste es el caso de malos tratos hacia una mujer más grave y brutal que esta juzgadora ha enjuiciado a lo largo de su ejercicio profesional", señala la magistrada Aitziber Oleaga en la sentencia. 

Los hechos tuvieron lugar entre 2015 y 2017 y sobre el acusado ya había recaído sentencia condenatoria en diciembre de 2017. Sin embargo, ésta fue anulada por la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante un nuevo fallo el 6 de febrero de 2018, que acordó la repetición del juicio con juez diferente, vista que se celebró el pasado 11 de septiembre. 

En la sentencia se considera probado que, desde el inicio de la relación, Nicolás Leandro Caldas venía manteniendo "una conducta dominante y humillantes hacia su pareja, dirigiéndole expresiones e insultos vejatorios" y ejerciendo sobre ella "un control social y familiar, por cuanto le reprochaba que pudiera relacionarse con otras personas". Igualmente, "rompía el mobiliario familiar, lanzaba comida a las paredes, la empujaba, dirigía gestos intimidatorios hacia ella y hacia los animales domésticos, habiendo fallecido finalmente dos de ellos". 

 

Una agresión que duró "al menos" nueve horas y que le causó 18 lesiones 


Además, durante los dos años se produjeron "tres episodios relevantes", uno de ellos en los que la víctima llegó a sufrir hasta 18 lesiones como consecuencia de una agresión por parte del acusado que se extendió durante "al menos" nueve horas y que la jueza califica de "verdadero calvario". Y es que, según se señala en la sentencia, la víctima sufrió "cachetazos, patadas, mordeduras y agarrones de pelo" durante toda una noche, hasta que "pudo salir del domicilio como pudo". 

En cuanto a los otros dos episodios, en uno de ellos el ahora condenado "le propinó un puñetazo en el ojo" mientras que, en el otro, empujó "violentamente" una puerta "contra el pie derecho de ella", después de que ambos discutieran y la mujer se metiera en su habitación "a fin de zanjar la discusión". 

En la sentencia, la jueza destaca que el solo relato de la víctima ya constituye "verdadera prueba de cargo" y señala que éste fue "sobrecogedor". Un relato que, a juicio de la magistrada, fue dado "sin fisuras" y en el, además de "la humillación, las vejaciones, la violencia física y verbal" a la que fue sometida, narró "cómo sus animales enfermaron de repente, llegando a fallecer" uno de sus perros y una gata "de forma repentina", habiéndole explicado el veterinario "que podrían haber sido envenenados". 

 

Fue una vecina quien denunció los hechos


Además, la reconstrucción de los hechos que la mujer recordaba fueron "corroborados por los testimonios de familiares y allegados", entre ellos el de una vecina, que fue la que decidió interponer denuncia ante la Guardia Civil, después de que la víctima acudiese en una ocasión a su domicilio "para que la auxiliara" con "magulladuras y un ojo morado", ante el temor de que "le pudiera suceder algo peor". Y es que, la agredida nunca llegó a denunciar y "ocultaba" a los terceros "la verdad de sus agresiones". También resalta la jueza el relato "descorazonador" de la tía de la víctima y la declaración "desgarradora" de su prima, que narraron como ésta se fue "deteriorando física y psicológicamente" y "se fue consumiendo" llegando a pasar de 70 kilos a 40.

Además, como colorario de todo lo anterior, la magistrada apunta que "basta con ver las fotografías que se le tomaron". "Estas imágenes hablan por sí solas, de la brutalidad ejercida por el encausado en el cuerpo de la víctima", señala la jueza, que añade los expresado por el instructor del atestado, según el cual "solo se puede calificar de calvario durante los dos días que aproximadamente la tuvo detenida controlando incluso sus comunicaciones e indicándoles cómo tenía que actuar si alguien le preguntaba por las lesiones, llegando incluso a obligarla a maquillarse para así poder ocultarlas". 

 

Condenado a las penas máximas: "Merece la máxima contundencia"


El acusado reconoció parte de los hechos durante el juicio, pero solo los manifestados por tres testigos en fase de instrucción que, según la magistrada, fueron justamente los que "no conocen o no vieron nada de lo sucedido", como fue una psicóloga que atendía a la víctima, pero a la que ésta "no contó nada". Así, la magistrada ha rechazado la tesis mantenida por la defensa, que interesaba solo la pena de 24 meses de prisión y de 200 días de trabajo en beneficio de la comunidad, y ha decidido imponerle las penas máximas.

En concreto, Nicolás Leandro Caldas ha sido condenado por un total de cinco delitos, uno de maltrato habitual por el que se le ha impuesto la pena de dos años y medio de prisión, y tres delitos de maltrato y uno leve de amenazas, por los que ha sido condenado a un año de prisión por cada uno de ellos, sumando un total de seis años y medio de cárcel, que es lo que solicitaba el Ministerio Fiscal. 

"Se imponen las penas máximas o cercanas al límite máximos, porque los hechos probados no merecen otro reproche que la máxima contundencia a un maltrato que ha durado al menos dos años", apunta la jueza en la sentencia, en la que señala que "basta ver el estado de extrema delgadez y de estrés y trastorno psicológico de la víctima". 

 

Medidas cautelares hasta que la sentencia sea firme


Además, se le impone la prohibición de acercase a la víctima a menos de 500 metros y comunicarse con ella durante un total de 13 años y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante el mismo tiempo. 

Asimismo, se ha acordado mantener la medida cautelar de protección integral a favor de víctima que se acordó tras la denuncia de los hechos, así como el dispositivo telemático impuesto por el Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife hasta que la sentencia sea firme, ya que contra la misma cabe recurso de apelación, que deberá ser resuelto por la Audiencia Provincial de Las Palmas. 

LO MAS LEÍDO